Constitución de Empresas en España: Trámites, Impuestos y Formas Jurídicas
Trámites Iniciales para la Constitución de Empresas en España
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) y Código de Identificación Fiscal (CIF)
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) es un tributo que se paga al constituir una sociedad ante la Consejería de Economía. Grava la transmisión de patrimonio personal al patrimonio de la empresa. El porcentaje actual de este impuesto es del 1,0% del valor del capital social. Si bien, en algunas Comunidades Autónomas (CC. AA.) se puede estar exento de su pago o este puede estar subvencionado.
El CIF, o Código de Identificación Fiscal, es un número de identificación para las empresas. Se solicita en la Delegación de Hacienda a través del modelo 036 o 037. Este documento es importante porque, a través del mismo, se podrá realizar la declaración censal, un trámite general posterior.
Hacienda entrega primero un CIF provisional para que la sociedad pueda empezar a realizar operaciones de compraventa, a la espera de que llegue la tarjeta con el CIF definitivo al domicilio, lo cual puede tardar aproximadamente un mes.
Trámites en el Ayuntamiento
Al iniciar una actividad empresarial, es fundamental gestionar las licencias municipales pertinentes:
Licencia de Apertura
Es una licencia municipal que permite ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios en un inmueble, acreditando el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y uso para dicha actividad. Existen dos tipos:
- Actividades Inocuas: Aquellas que no generan molestias, impacto medioambiental ni riesgo para bienes o personas.
- Actividades Calificadas: Aquellas consideradas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas (ej., hostelería, actividades industriales, etc.).
Es preciso el pago de un proyecto técnico visado por arquitecto o ingeniero colegiado, además de las tasas municipales correspondientes.
Licencia de Obras
Necesaria en caso de realizar obras en el local. Deberá adjuntarse un presupuesto de las obras, planos del local y el visado por el arquitecto en caso de que las obras afecten la estructura del mismo.
Características del Empresario Individual
El empresario individual es la forma más habitual y simple de empresa, y no requiere un capital mínimo ni la participación de socios. Sus características principales son:
- Es la persona particular que, por su cuenta y riesgo, ejerce una actividad empresarial de forma habitual, personal y directa.
- Tiene responsabilidad ilimitada, es decir, responde con sus bienes personales, presentes y futuros, por la marcha de la empresa.
- Su patrimonio personal y el de la empresa se consideran uno solo; si la empresa tiene pérdidas, las asumirá con sus bienes personales.
Aspectos Clave al Elegir una Forma Jurídica
Al elegir una forma jurídica para tu negocio, es crucial considerar los siguientes aspectos:
- Trámites de constitución: La complejidad y duración del proceso de registro.
- Capital mínimo necesario: La inversión inicial requerida por ley.
- Número máximo y mínimo de socios: Si la actividad se realizará de forma individual o con colaboradores.
- Impuestos aplicables:
- Para el empresario individual, se aplica el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), cuyo porcentaje varía según los ingresos.
- Para las sociedades, se aplica el Impuesto de Sociedades, con un porcentaje fijo sobre los beneficios.