La Constitución Argentina: Estructura, Declaraciones y Derechos Clave
La Constitución Argentina: Estructura y Derechos Fundamentales
El Preámbulo Constitucional: Fundamentos y Propósitos
El Preámbulo es más que una simple introducción; es el espíritu que permea todo el texto de la Constitución Argentina, presente en cada uno de sus artículos.
- ¿Quiénes lo redactaron? Los representantes del pueblo argentino.
- ¿Por qué? Por la voluntad y elección de las provincias. Cada provincia envió dos representantes.
- ¿Para quiénes? Para los argentinos, para las generaciones futuras y para los extranjeros que habitan el suelo patrio.
- ¿Cómo? A través del Congreso General Constituyente.
- ¿Para qué? Para construir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en suelo argentino.
Declaraciones y Derechos en la Constitución
Declaraciones Constitucionales
Las Declaraciones son normas que establecen acciones que deben cumplir los poderes del Estado. Son enunciados políticos de carácter general que se refieren, entre otros aspectos, a la forma de gobierno de la Nación.
Concepto de Derecho
Un Derecho es la posibilidad o facultad que tiene una persona de hacer o no hacer algo. Estos derechos son reconocidos por el Estado y su ejercicio está enmarcado dentro de la ley.
Derechos Constitucionales
Los Derechos Constitucionales son atributos que el Estado reconoce a sus habitantes. Se expresan de dos maneras:
- Explícitos: Son aquellos que aparecen mencionados directamente en el texto constitucional.
- Implícitos: Su reconocimiento se da por supuesto, ya que surgen del espíritu de la ley suprema. Ejemplos claros son el derecho a la vida y a la salud.
Derechos Civiles
Los Derechos Civiles son esenciales a la persona, como la vida, la libertad y la igualdad. Son individuales, reconocidos a cada uno de los habitantes del país.
Artículos relevantes:
- Artículo 14: Establece el derecho a trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.
- Artículo 20: Señala que los extranjeros gozan de los mismos derechos civiles que los ciudadanos argentinos en el país.
- Artículo 15: Relacionado con la libertad y la igualdad, establece la abolición de la esclavitud.
- Artículo 16: Prohíbe cualquier tipo de privilegios y establece la igualdad ante la ley para todos los habitantes.
- Artículo 17: Consagra el derecho a la propiedad como inviolable, y nadie puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia legal.
Derechos Políticos
Los Derechos Políticos están relacionados con la libertad política. Cada uno de los ciudadanos puede elegir y ser elegido, refiriéndose al ejercicio de la participación política. Surgen como consecuencia de la teoría de la soberanía popular.
Son individuales porque sus titulares son los ciudadanos argentinos nativos o naturalizados, mayores de 16 años.
Ejemplos:
- El sufragio universal, secreto y obligatorio.
- La facultad de formar e integrar partidos políticos.
- El derecho a la resistencia contra los actos de fuerza que amenacen el orden constitucional.
Derechos Sociales
Los Derechos Sociales son reconocidos a los integrantes de determinados grupos sociales, como los trabajadores o las familias. El Estado debe garantizar acciones positivas con el objetivo de que estos derechos se cumplan efectivamente.
El Artículo 14 bis de la Constitución Nacional es fundamental en esta materia, y se divide en:
- Derechos Individuales del Trabajador:
- Condiciones dignas y equitativas de trabajo.
- Jornada limitada.
- Descanso y vacaciones pagas.
- Retribución justa.
- Salario mínimo vital y móvil.
- Igual remuneración por igual tarea.
- Participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección.
- Protección contra el despido arbitrario.
- Estabilidad del empleado público.
- Derechos Colectivos y Gremiales:
- Organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
- Concertar convenios colectivos de trabajo.
- Recurrir a la conciliación y al arbitraje.
- Derecho de huelga.
- Derechos de la Seguridad Social:
- Seguro social obligatorio.
- Defensa del bien de familia.
- Compensación económica familiar.
- Acceso a la jubilación y pensiones móviles.
- Protección integral de la familia.
- Protección económica de la vejez y la invalidez.
- Protección del trabajo en sus diversas formas.
- Protección integral de la niñez y la maternidad.