La Constitución de 1931: Transformación y Reformas de la Segunda República Española

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Las Elecciones a Cortes Constituyentes de 1931

En junio de 1931 se celebraron elecciones a Cortes Constituyentes mediante sufragio universal masculino. Por primera vez, las mujeres pudieron presentarse como candidatas y dos de ellas, Clara Campoamor y Victoria Kent, resultaron elegidas diputadas. Los grupos republicanos de izquierda y los socialistas obtuvieron una amplia victoria en casi toda España, lo que permitió impulsar un proyecto constitucional de carácter reformista.

El Debate sobre la Cuestión Religiosa

Las nuevas Cortes se reunieron en julio de 1931 y formaron una comisión encargada de elaborar el proyecto de Constitución. Uno de los debates más intensos fue el relativo a la cuestión religiosa. Finalmente, el texto constitucional estableció las siguientes medidas:

  • Disolvió la Compañía de Jesús e incautó sus bienes.
  • Prohibió a las órdenes religiosas dedicarse a la enseñanza u otras profesiones.
  • Retiró los símbolos religiosos de los centros públicos.
  • Limitó el culto al ámbito privado, quedando los actos públicos sujetos a autorización gubernamental.

Estas medidas fueron recibidas por los católicos como una agresión a sus creencias y contribuyeron a aumentar el enfrentamiento social, favoreciendo el surgimiento de una oposición cada vez más fuerte a la República. La cuestión religiosa se convirtió así en uno de los principales focos de conflicto político durante el nuevo régimen.

Derechos Civiles y el Sufragio Femenino

Entre los aspectos más destacados de la Constitución figuró el reconocimiento del derecho al voto de la mujer, defendido especialmente por Clara Campoamor, a pesar de la oposición de algunos republicanos que temían la influencia del clero sobre el electorado femenino.

Organización del Estado y Poderes Públicos

Asimismo, se reorganizaron los poderes del Estado bajo un nuevo esquema democrático:

  • Jefe del Estado: Pasó a ser el Presidente de la República, elegido por los diputados, con funciones limitadas.
  • Poder Legislativo: Residía en un parlamento unicameral.
  • Poder Ejecutivo: Recaía en el Presidente del Gobierno.
  • Tribunal de Garantías Constitucionales: Creado para velar por el cumplimiento de la ley fundamental.

La Cuestión Autonómica y los Estatutos

La Constitución también abordó la cuestión autonómica, estableciendo un procedimiento para que las regiones con características históricas y culturales comunes pudieran acceder al autogobierno. En 1932 se aprobó el Estatuto de Autonomía de Cataluña, y más tarde, durante la Guerra Civil, se tramitaron los del País Vasco y Galicia.

Derechos Sociales y Conclusiones

Por último, el texto reconoció una amplia gama de derechos individuales y sociales, tales como:

  • Derecho al trabajo.
  • Derecho a la educación.
  • Derecho a la salud.
  • Derecho a una vivienda digna.

Asimismo, limitó el derecho a la propiedad privada, permitiendo la expropiación de bienes por motivos de interés general. En conjunto, la Constitución de 1931 supuso un avance democrático y social sin precedentes, aunque también generó una fuerte oposición que contribuyó a la inestabilidad política del periodo.

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