La Constitución de 1845: Fundamentos del Liberalismo Moderado en España
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Presentación de la Constitución de la Monarquía Española
El presente texto recoge una serie de artículos de la Constitución de 1845. Se trata de una fuente primaria de naturaleza jurídica y de autoría colectiva, realizada por las Cortes Constituyentes convocadas al inicio del reinado efectivo de Isabel II. Su destinatario es el público general para su aplicación en toda la nación española.
La Constitución de 1845 responde a los principios ideológicos del liberalismo moderado, el cual evolucionará hacia ideas más conservadoras. Representa la ideología del partido que gobernará durante el reinado de Isabel II, siendo una carta magna que estará vigente durante todo este periodo histórico.
Estudio de los Contenidos Constitucionales
Como idea principal, la Constitución de 1845 responde al pensamiento del liberalismo moderado. El documento se presentó como una reforma de la Constitución de 1837 y, como se señala ya en el preámbulo, la iniciativa no partía de la nación ni de su soberanía, sino que era fruto de la doble voluntad: la de la Reina y la de las Cortes. En este sentido, la soberanía era compartida por la monarquía y la nación, representada en las Cortes.
Los artículos propuestos permiten profundizar en la ideología moderada a través de los siguientes puntos clave:
Estructura de los Poderes del Estado
El Poder Legislativo
El poder legislativo recae en las Cortes con el Rey (art. 12). Las Cortes son bicamerales, compuestas por el Senado y el Congreso de los Diputados, tal como establecía la Constitución de 1837. Sin embargo, la diferencia fundamental radica en que el Senado cuenta ahora con un número ilimitado de senadores, nombrados por el Rey con carácter vitalicio (artículos 14 y 17). El Senado, por tanto, quedó configurado como una cámara controlada directamente por la Corona.
El Poder Ejecutivo
Respecto al poder ejecutivo, al monarca le correspondía en exclusividad el nombramiento y destitución de los ministros.
Unificación Legal y Centralismo
Se defendía la unificación legal por medio de Códigos (art. 4), lo cual refleja el sistema político centralista que caracteriza al reinado de Isabel II. Este principio tendría su desarrollo posterior en el Código Penal de 1848 y el Código Civil de 1851.
Religión y Relaciones Iglesia-Estado
Finalmente, sobre la religión, la Constitución se manifestaba a favor de la religión católica, estableciendo el compromiso del Estado de sufragar los gastos del culto y el clero (art. 11). Este acuerdo quedaría refrendado posteriormente con la firma del Concordato de 1851, lo que significaría un estrecho acercamiento a la Iglesia Católica.
Contexto Histórico: El Ascenso del Moderantismo
En 1843, un levantamiento acaba con la regencia de Espartero y permite el acceso al poder de los moderados, pocos meses después de iniciar Isabel II su reinado efectivo. Con este evento, se abría en España una etapa larga de gobiernos moderados conocida como la Década Moderada, donde destaca como figura líder el general Narváez.
Durante su primer gobierno, se tomaron diversas iniciativas legislativas para convertir a España en un modelo de liberalismo moderado bajo un sistema centralista, cuyo máximo exponente y ejemplo jurídico es la Constitución de 1845.