Modelos políticos de la Guerra de Independencia: Estatuto de Bayona y Constitución de 1812

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Resumen

El documento compara los dos modelos políticos enfrentados durante la Guerra de Independencia (1808-1814): el reformismo afrancesado de José I, basado en el Estatuto de Bayona, y el liberalismo español impulsado por las Juntas, la Regencia y las Cortes de Cádiz. Explica la composición de las Cortes, los principios de la Constitución de 1812 y las medidas que pretendían acabar con el Antiguo Régimen.

Puntos clave

  • José I Bonaparte convocó la Asamblea de Bayona en julio de 1808, que aprobó el Estatuto de Bayona, una carta otorgada de reformismo moderado con poder absoluto y catolicismo como religión única.
  • Las Juntas Provinciales de Defensa, trece en total entre mayo y agosto de 1808, se unificaron en la Junta Suprema Central en Aranjuez en septiembre y después se trasladó a Cádiz, asumiendo la regencia.
  • Las Cortes de Cádiz, reunidas en septiembre de 1810 con 184 diputados en una asamblea única, se dividieron en liberales, absolutistas y jovellanistas.
  • La Constitución de 1812, conocida como “La Pepa”, se aprobó el 19 de marzo de 1812 y consta de 384 artículos, con soberanía nacional y división de poderes.
  • El sufragio era universal masculino indirecto para mayores de 25 años, y la Constitución reconocía el catolicismo como religión única y oficial.
  • La Constitución tuvo vigencia intermitente: hasta 1814, durante el Trienio Liberal (1820-1823) y en parte de la regencia de María Cristina.

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Los Modelos Políticos Enfrentados en la Guerra de Independencia (1808-1814)

Durante la Guerra de Independencia se enfrentaron dos modelos políticos fundamentales que definieron el futuro de España: el modelo reformista francés y el modelo liberal español.

1. El Modelo Reformista Francés: José I y el Estatuto de Bayona

Este modelo, establecido por José I Bonaparte, buscó legitimar su posición y obtener apoyos. En julio de 1808, convocó la Asamblea de Bayona, la cual aprobó el “Estatuto de Bayona”. Esta fue una carta otorgada de reformismo moderado.

Características del Régimen de José I

El régimen se basó en:

  • El poder absoluto.
  • El catolicismo como religión única.
  • El mantenimiento de cortes estamentales.

Reformas Impulsadas

A pesar de su carácter autoritario, el régimen impulsó reformas significativas:

  • Abolición de la Inquisición.
  • Supresión de los derechos señoriales.
  • Desamortización de bienes eclesiásticos.

José I fue consciente de la escasez de apoyos populares y de la profunda dependencia económica y militar de Francia.

2. El Modelo Liberal Español y la Soberanía Popular

La mayoría del país rechazó a José I y las Abdicaciones de Bayona. En consecuencia, el pueblo gestó y legitimó sus propios órganos de gobierno en nombre de Fernando VII, esperando su retorno.

Las Juntas de Defensa y la Regencia

Estas instituciones iniciales fueron las Juntas Provinciales de Defensa (se crearon trece entre mayo y agosto de 1808). En septiembre, se unificaron en la Junta Suprema Central en Aranjuez. Tras la entrada de Napoleón, la Junta se trasladó a Cádiz, asumiendo la regencia del país. Entre sus miembros más destacados se encontraban Floridablanca y Jovellanos.

Las Cortes de Cádiz y la Creación del Estado Liberal

En septiembre de 1810 se reunieron en Cádiz las Cortes, de carácter marcadamente constituyente. Estaban formadas por 184 diputados en una Asamblea única.

Composición Ideológica de las Cortes

Los diputados se dividieron en tres grupos ideológicos principales:

  1. Ala Izquierda (Liberales): Partidarios de cambios más radicales.
  2. Ala Derecha (Absolutistas): Partidarios del sistema tradicional y del Antiguo Régimen.
  3. Centro (Jovellanistas): Buscaban establecer un compromiso entre la nación y el rey, promoviendo un reformismo moderado.

La Constitución de 1812: “La Pepa”

La reforma política más importante fue la Constitución de 1812, cuyo objetivo principal era desmantelar el Antiguo Régimen. Fue aprobada el 19 de marzo de 1812, y es popularmente conocida como “La Pepa”. Se estructura en 384 artículos.

Principios Fundamentales de la Constitución

  • Soberanía Nacional: El poder reside en la nación.
  • División de Poderes (Modelo Montesquieu):
    • Poder Legislativo: Cortes unicamerales (con hegemonía sobre el ejecutivo).
    • Poder Ejecutivo: El Rey.
    • Poder Judicial: Tribunales.
  • Declaración de Derechos Individuales: Incluye el derecho de propiedad, libertad, igualdad jurídica e inviolabilidad del domicilio.
  • Religión: Reconocimiento del catolicismo como religión única y oficial del Estado.
  • Sistema Electoral: Establecimiento del sufragio universal masculino indirecto para mayores de 25 años.
  • Defensa: Creación de un Ejército permanente bajo la autoridad de las Cortes y la posibilidad de establecer una Milicia Nacional para la defensa del Estado Liberal.

Vigencia Histórica

La Constitución tuvo varios períodos de vigencia intermitente:

  1. Hasta la vuelta de Fernando VII (1814).
  2. Durante el Trienio Liberal (1820-1823).
  3. Durante parte de la regencia de María Cristina en el reinado de Isabel II.

Otras Medidas de las Cortes (1810-1813)

Además de la Constitución, las Cortes impulsaron otras reformas destinadas a liquidar el Antiguo Régimen:

  • Libertad de prensa.
  • Supresión del régimen señorial.
  • Abolición de la Inquisición.
  • Eliminación de las aduanas interiores.
  • Llevanza a cabo de desamortizaciones civiles y eclesiásticas.

No obstante, la Constitución y estas medidas apenas pudieron aplicarse plenamente debido a la Guerra de Independencia y la posterior restauración absolutista de 1814.

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Preguntas frecuentes

¿Qué fue el Estatuto de Bayona?

Fue la carta otorgada aprobada en la Asamblea de Bayona en julio de 1808 por iniciativa de José I Bonaparte. Era una norma de reformismo moderado que establecía un poder absoluto y el catolicismo como religión única.

¿Por qué se conoce como “La Pepa” a la Constitución de 1812?

Es el nombre popular de la Constitución de 1812, aprobada el 19 de marzo de 1812 en Cádiz, cuyo objetivo principal era desmantelar el Antiguo Régimen.

¿Cuántos diputados formaban las Cortes de Cádiz?

Las Cortes de Cádiz estaban formadas por 184 diputados en una asamblea única, reunida en septiembre de 1810.

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1. ¿Qué modelo político defendía José I Bonaparte?
2. ¿Cuándo se aprobó la Constitución de 1812?
3. ¿Cuántos artículos tenía la Constitución de 1812?
4. ¿Dónde se trasladó la Junta Suprema Central tras la entrada de Napoleón?
5. ¿Qué sistema electoral establecía la Constitución de 1812?
6. ¿Cuál era el grupo de las Cortes que buscaba un compromiso entre la nación y el rey?

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