El Consejo de Estado en la Monarquía Hispánica: Origen, Funciones y Evolución
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Origen y evolución: El Consejo de Estado no tuvo un origen territorial ni temático. Su creación tenía como finalidad entender en los asuntos de máxima importancia. Antes de su creación, existía el Consejo Real de la Edad Media, reorganizado en 1480. En 1521, el canciller Gattinara plantearía el Consejo de Estado como la instancia suprema de la Monarquía, donde estarían representados consejeros de Castilla, de Indias y de Guerra, antes de que los asuntos pasaran a Carlos I. Este concepto, debido a diversos problemas, no tuvo éxito. El emperador ya disponía de varios secretarios que trabajaban con él, además de reunirse con el Consejo para las cuestiones pendientes.
Funciones del Consejo de Estado
Asesorar al rey en cuestiones esenciales como la guerra y la diplomacia. No servía para gobernar, sino que su función era puramente de asesoramiento.
Organización del Consejo de Estado
El Consejo estaba presidido por el rey, aunque no era costumbre que acudiera a sus deliberaciones, delegando en un secretario o alguien de confianza. Los miembros eran aristócratas de clase alta o clero de alto grado, y también virreyes y embajadores. Los consejeros de estado solían ser, al mismo tiempo, consejeros de guerra.
Procedimiento
El Consejo era convocado por el Rey o su secretario, y se planteaba una cuestión que se debatía.
Características especiales
El Consejo tenía preeminencia, ya que teóricamente lo presidía el rey, pero ser miembro de este consejo no implicaba tener un empleo. En la práctica, en el siglo XVI perderá importancia, pero cuando haya una debilidad en la Monarquía, adquirirá más fuerza, ya que los reyes nombrarían a sus validos para presidir el Consejo de Estado, y estos llamarían a sus aliados. Durante el reinado de Carlos II, se sustituyó por una Junta de Gobierno del Estado, pero no tuvo mucho alcance. En el siglo XVIII, apenas fue convocado el consejo, pero se le da un reglamento y se organizan sus cargos en 1792, año en que Aranda potencia el Consejo de Estado, suprimiendo la Junta Suprema de Estado creada por Floridablanca, que representaba la vía gubernamentalista.
Operatividad
Durante la Edad Moderna, el Consejo tiene una evolución regresiva. A pesar de ser el más significativo de los Consejos, cada vez tiene menor importancia, ya que los personajes que lo componen van quedando desfasados.
Tipos de Consejos
Consejos territoriales
Los Consejos territoriales tenían todas las competencias sobre un territorio concreto y, por ello, en ocasiones chocaban con los Consejos temáticos. Surgieron durante el siglo XVI con la expansión europea y americana de la monarquía, ya que había que respetar la especificidad legislativa y jurídica de estos territorios. Distinguimos los siguientes consejos: Consejo de Castilla, Aragón, Italia, Indias, Portugal y Flandes.
Consejos temáticos o especializados
Los Consejos temáticos o especializados teóricamente tenían jurisdicción sobre toda la Monarquía, pero en la práctica nunca fue así. Más bien, se dividen entre los que sí afectan a distintos territorios y los que solo conciernen a Castilla. Podemos distinguir dentro de los primeros: El consejo de la Inquisición, Guerra, Cruzada. Y dentro de los segundos: El consejo de Órdenes, el consejo de Hacienda.