La Consecuencia Jurídica: Concepto, Hecho Ilícito y Sanción

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,3 KB

Capítulo 11: La Consecuencia Jurídica

1. Concepto

Es la sanción que debe imponerse a un sujeto cuando se realiza la hipótesis prevista por la norma jurídica.

2. Elementos

Los elementos de la consecuencia jurídica son el hecho ilícito y la sanción.

3. Hecho Ilícito

Es la conducta contraria a la prescrita por una norma o a la conducta prohibida por dicha norma. Existe una relación estrecha entre el hecho ilícito y la relación jurídica, ya que el hecho es lo opuesto a una conducta obligatoria. Aunque sería más justo decir que un hecho ilícito es tal porque es la condición de una sanción, pero si el legislador declara que una conducta está prohibida, pero omite autorizar una sanción, tal conducta prohibida no es un hecho ilícito.

Para la teoría tradicional es una violación o negación del derecho, un hecho contrario a este, que se encuentra fuera del derecho, definiendo el hecho ilícito como la condición de la sanción.

4. Sanción

Concepto

La consecuencia jurídica que el incumplimiento de un deber produce en relación con el obligado. Existen otras que no tienen carácter de sanción como por ejemplo:

  • El deber: impuesto a ciertos órganos estatales de aplicar sanciones señaladas en los preceptos jurídicos, y este deber de sancionar al infractor de una norma es una consecuencia de la infracción de la norma, pero no una sanción.

  • Hecho antijurídico: condiciona la existencia de determinados derechos a favor del agraviado. Ej: legítima defensa.

  • Rescisión de un contrato por causas imputables a una de las partes.

Clasificación

  • Sanciones de coincidencia con la prestación: cuando el contenido de la sanción coincide con el de la obligación condicionante, como lo es el cumplimiento forzoso.

  • Sanciones de no coincidencia con la prestación:

    • Se puede exigir al obligado que realice una prestación equivalente a la que dejó de cumplir. Ej: indemnización.

    • Al no encontrar un cumplimiento equivalente, la indemnización resulta insuficiente y así encontramos la tercera forma de sanción que es el castigo. El castigo como sanción jurídica es una sanción penal, para lograr coactivamente el cumplimiento de un deber. En forma simple se tienen las multas y en forma mixta la acumulación de sanciones cometidas por una sola persona.

Sanción Premial

Se refiere a la consecuencia inherente al cumplimiento o incumplimiento de la ley. Se afirman medidas reparatorias con función preventiva como un incentivo para hacer cumplir determinada conducta conveniente para la sociedad. Ej: El ascenso, el aumento de sueldo, etc.

Entradas relacionadas: