Conducta Humana, Normas Jurídicas y Morales: Elementos y Criterios
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La Conducta Humana
- Actos del Hombre: Son aquellos actos en los cuales no intervienen las facultades propias del individuo. Se trata de actos reflejos y aquellos que, tras un aprendizaje previo, se realizan de manera inconsciente. También incluyen actos indeliberados e irreflexibles, que, aunque suponen un aprendizaje, se ejecutan inconscientemente.
- Actos Humanos: Son aquellos actos que las personas realizan a través de su libre albedrío. Es la facultad de dirigir el pensamiento según el dictado de la razón.
Elementos de los Actos Humanos
- Conocimiento: Viene dado por la luz de la razón.
- Libertad: Autodeterminación.
- Física: Ausencia de impedimentos físicos para realizar el acto.
- Moral: Forma de actuar y de pensar.
- Psicológica: La forma de ser y de pensar.
Elementos de la Estructura de la Norma Jurídica
- Supuesto de Hecho: Es una hipótesis de conducta que, de producirse, traerá consecuencias jurídicas.
- Consecuencia Jurídica: Efecto causado por la subsunción de la conducta humana en el supuesto de hecho normativo.
- Cópula: Núcleo rector del artículo.
Sanciones de la Norma Jurídica
La norma jurídica ordena y regula el comportamiento humano, confiriendo derechos y deberes. Cuando se establecen deberes, las sanciones generalmente se encuentran dentro y al final de las normas, para ser aplicadas por la autoridad en caso de incumplimiento. Dichas sanciones pueden ser:
- Pecuniarias (multas establecidas en unidades tributarias o montos preestablecidos).
- Trabajo comunitario (dependiendo de la regulación de cada país).
- Privativas de libertad (en caso de delitos graves).
Norma Jurídica y Norma Moral
Norma Jurídica | Norma Moral |
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Características de la Norma Jurídica
- Exterioridad: Abarca fines colectivos.
- Coercibilidad: Existe una presión por parte del Estado para su cumplimiento.
- Heteronomía: Obligación entre el Estado y el individuo.
- Bilateralidad: Dirigida a dos o más partes.
Características de la Norma Moral
- Interioridad: Busca el perfeccionamiento del individuo.
- Incoercibilidad: Es voluntaria del individuo.
- Autonomía: Propia del ser humano.
- Unilateralidad: Dirigida solo al individuo.
Teoría de la Subsunción
También llamada teoría clásica de la aplicación del derecho, es una operación lógica por la cual la conducta de un sujeto se inserta en la hipótesis de una norma general.
Subsumir: Introducir un hecho particular en una hipótesis general.
Caso Práctico de la Teoría de la Subsunción
Si alguien falsifica un documento, debe ser castigado (Norma Jurídica y Premisa Mayor).
José falsificó su cédula de identidad (Hecho concreto de la Conducta Humana y Premisa Menor).
José debe ser castigado (Subsunción).
Criterios de la Norma Jurídica
- De Orden Público y de Orden Privado
- Orden Público: Su cumplimiento es de estricta necesidad para el Estado, quien tiene interés en su observancia.
- Orden Privado: Regulan las relaciones del Estado con los particulares (contratos).
- Rígidas o Flexibles
- Rígidas: No dejan margen al juez para su aplicación; no pueden ser modificadas.
- Flexibles: Dan ciertos márgenes al juez para su aplicación.
- Imperativas y Dispositivas
- Imperativas: Propias del Orden Público (imponen).
- Dispositivas: Propias del Orden Privado (disposición del vínculo jurídico).
- Normas Legales y Sub-Legales
- Legales: Han pasado por todas las formalidades de la ley.
- Sub-Legales: Tienen fuerza de ley en sentido material, pero su creación es distinta a la legislativa (ordenanzas municipales).