Condiciones Laborales: Jornada, Horario, Permisos, Vacaciones y Salario

Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 6,24 KB

Jornada y Horario de Trabajo

Jornada de Trabajo

La jornada de trabajo es el total de horas realizadas de trabajo efectivo. No computan tiempos de desplazamiento, los cambios de ropa y descansos. La jornada laboral es de 40 horas semanales de media al año.

Distribución Regular

  • Tope diario de 9 horas
  • Descanso mínimo entre jornadas 12 horas, en trabajo a turno 7 horas entre turnos
  • Descanso mínimo semanal de día y medio ininterrumpido
  • Descanso mínimo dentro de jornada si son más de 6 horas un mínimo de 15 minutos y es retribuido
  • Menores de 18 años tope diario de 8 horas y descanso semanal de 2 días seguidos, descanso dentro de jornada si es más de 4:30 horas y mínimo descanso de 30 minutos

Distribución Irregular

La Reforma Laboral 2012 permite distribuir irregularmente el 10% del total de horas anuales. Es una bolsa de horas que la empresa dispone para colocarlas en periodos punta de trabajo. El trabajador debe ser avisado con 5 días de antelación. Siempre se respetarán los periodos de descanso diario y semanal.

Horario de Trabajo

El horario de trabajo son las horas concretas en que se realiza el trabajo. Una jornada de 40 horas puede tener distintos horarios.

Trabajo a Turnos

Los trabajadores van rotando. En turnos de 24 horas, no se podrá realizar más de dos semanas en turno de noche salvo voluntariedad. Los que cursen estudios oficiales tendrán preferencia para elegir. Descanso mínimo entre jornadas de 7 horas en caso de cambio de turno.

Trabajo Nocturno

Aquella que se realiza entre las 22h y las 6h estando al menos 3 horas dentro de esta franja. Tienen un plus específico. No pueden realizarlo menores de 18, embarazadas o durante la lactancia. No pueden realizar horas extra. Gozan de especial protección de su salud.

Horas Extraordinarias

Aquellas realizadas por encima de la jornada ordinaria. Se pagan con descanso (en los 4 meses siguientes). Máximo horas extras pagadas 80 por año trabajado (No se cuentan las compensadas con descanso). No pueden realizarlas los trabajadores nocturnos, menores de 18 y contratos a tiempo parcial.

Existen:

  • Horas extras voluntarias (Aceptadas voluntariamente)
  • Horas extra obligatorias (Pactadas en el convenio, contrato o por fuerza mayor)

Reducción y Adaptación de Jornada

Por cuidado de familiares, por cuidado de lactante de 9 meses, por condición de víctima de violencia de género y por causas económicas, organizativas, tecnológicas y de producción (Los famosos ERTES).

Permisos Retribuidos

  • Por matrimonio (15 días naturales)
  • Fallecimiento/enfermedad grave de familiar hasta 2º grado/intervención quirúrgica sin hospitalización (2 a 4 si necesita desplazamiento)
  • Traslado domicilio habitual (1 día)
  • Cumplir deber inexcusable público o personal (tiempo necesario)
  • Realización de técnicas prenatales (tiempo necesario)
  • Funciones sindicales (el establecido legalmente)

Vacaciones

Mínimo 30 días. Son un derecho no pueden pagarse excepto que el contrato finalice y no se hayan disfrutado. Trabajadores deben saber fechas concretas al menos 2 meses antes. Se disfrutan en el mismo año (solo en año siguiente por maternidad/paternidad o por baja laboral). Las empresas deben elaborar un calendario laboral.

Festivos

14 festivos al año. Si es domingo se pasa al lunes. Si se trabaja en festivo se compensa con 75% añadido al salario de un día ordinario o descanso de 75% añadido sobre el de jornada ordinaria.

Salario

Retribuciones que cobra el trabajador por cuenta ajena por los servicios prestados, incluyendo los periodos de descansos semanales.

Según Forma de Pago

  • Salario en dinero
  • Salario en especie

Según Forma de Cálculo

  • Salario por unidad de tiempo
  • Salario por unidad de obra
  • Salario mixto

Pago del Salario

El pago se hará de forma puntual, en la fecha y el lugar convenidos. Se pueden pedir anticipos. Los retrasos dan derecho a recibir unos intereses del 10% anual sobre esas cantidades.

En el Recibo de Salarios

Quedan reflejadas las percepciones que recibe el trabajador así como las deducciones por seguridad social y por Hacienda que realiza la empresa sobre la nómina.

Fijación del Salario

  1. El salario mínimo interprofesional (el mínimo para todas las profesiones)
  2. El salario del convenio colectivo (cogen el SMI y establecen la estructura del salario)
  3. El salario del contrato de trabajo (Se puede mejorar respecto al salario del convenio)
  4. Modificación del salario (fomentar la flexibilidad interna en las empresas)

Garantías del Salario

  • SMI no es embargable
  • Salario como crédito privilegiado
  • FOGASA (Paga Indemnizaciones - 30 días o 20 por año trabajado, máx 360 días y limite del doble del SMI/ y Salarios no pagados - máx 120 días y límite doble del SMI)

Estructura de la Nómina

  • Encabezado (¿Quién?)
  • Periodo de liquidación (¿cuántos días?)
  • Devengos (¿cuánto cobro?)
  • Deducciones (¿cuánto me va a quitar?)
  • Líquido a percibir (al final cuanto cobro)
  • Bases de cotización y Hacienda

Complementos Salariales

Salario Base

Salario base en función de su categoría profesional.

Complementos Salariales (Pluses)

Se abonan en función de una serie de circunstancias como pueden ser personales, puesto de trabajo, cantidad o calidad de trabajo, pagas extras, paga de beneficios.

Complementos Extrasalariales (Gastos por Motivo de Trabajo)

  • Transporte urbano
  • Plus de distancia
  • Dietas de viaje
  • Locomoción o kilometraje
  • Ropa de trabajo
  • Desgaste de herramientas
  • Quebranto de moneda

Entradas relacionadas: