Los condicionantes de la actividad agraria en España: naturales y humanos
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Los condicionantes de la actividad agraria en España
Condicionantes naturales
1. El relieve
La topografía facilita o dificulta la práctica agrícola. La altitud modifica las condiciones de humedad y temperatura. Las pendientes y desniveles afectan a la formación y al grado de estabilidad de los suelos, a las condiciones y formas de laboreo. Hay que añadir la importancia del relieve y del roquedo en el origen y evolución de los suelos.
2. El clima
Condiciona los tipos de paisajes agrarios. Está presente a través de las temperaturas, precipitaciones... El régimen climático de influencia más intensa es el mediterráneo. Los climas españoles, sobre todo el mediterráneo, presentan mucha irregularidad de unos años a otros.
3. Los suelos
Condiciona la agricultura por su distinta naturaleza, estructura, composición... Tal cantidad de factores explican que los paisajes agrarios no puedan clasificarse sin recurrir al mapa de suelos.
4. La vegetación
En ocasiones se ha eliminado para lograr la total ocupación agrícola; otras veces se conserva con grandes rasgos de pureza (paisajes de dehesa).
Condicionantes humanos
Estos condicionantes son los responsables de la ordenación y usos del espacio agrario de la expresión de las condiciones sociales, económicas, técnicas, políticas, etc.
Condicionantes históricos
Roma hace la primera ordenación agraria del territorio peninsular. Sus sistemas agrarios se basan en la trilogía mediterránea y la gran explotación. Reconquista y repoblación cristianas dan lugar a dos procesos con repercusiones en el agro español:
- Uso y ordenación de la tierra basado en coexistencia de aprovechamientos cerealista y ganaderos.
- Sistema de posesión de la tierra que será el responsable de grandes desigualdades de sociedades pasadas y base de la consideración de la tierra como problema.
Condicionantes sociales y económicos
1. El régimen de propiedad de la tierra
La propiedad, consiste en el derecho a gozar, disponer libremente y aprovechar la tierra sin más limitaciones que las contenidas en las leyes. La propiedad dominante en España es la propiedad privada, que acusa una notable dualidad.
A este problema estructural se añade la fragmentación de la tierra en multitud de parcelas, que es un inconveniente para la explotación.
La propiedad pequeña y muy atomizada es dominante en la mitad septentrional, en el Levante y en la franja mediterránea; las grandes fincas tienen, en cambio, una mayor implantación en el sur, particularmente en Extremadura, Castilla-La Mancha y Andalucía occidental.
Históricamente existieron 3 tipos de propiedad:
- La propiedad colectiva cuya titularidad correspondía a las villas y a los municipios (bienes comunales/bienes de propios).
- La superficie perteneciente a la Iglesia y a la nobleza constituía la propiedad estamental. La mayor parte de las tierras pertenecientes a la nobleza integraban los señoríos.
- Los titulares de ambos tipos de propiedad estaban en manos muertas.
La desamortización afectó a los bienes propiedad del clero y de los municipios; la 1ª fue la de Mendizábal en 1836. La desamortización civil tuvo lugar más tarde y se llevó a efecto al aplicar la Ley de Madoz.
El resultado de estos procesos fue una concentración notable de la propiedad.
2. El régimen de explotación de la tierra
La noción de explotación agraria hace referencia a las condiciones técnicas. Guarda relación con la propiedad, se caracteriza por la dicotomía existente entre los minifundios y los latifundios.
3. El régimen de tenencia de la tierra
3.1. Régimen de explotación directa y régimen de explotación indirecta. El primero consiste en que el titular de la explotación agraria, con independencia de que trabaje físicamente en ella o no, es propietario de la tierra.
La explotación indirecta resulta cuando el titular de la explotación y el propietario de la tierra no es la misma persona.
El arrendamiento, es un alquiler y se establece mediante el pago de una renta.
La aparcería es una sociedad a la que el dueño aporta la tierra y el aparcero, el trabajo; los gastos se satisfacen a medias y los beneficios o productos de la cosecha se reparten en la proporción establecida.
La sociedad española hasta mediados del siglo XX fue rural y agrícola. Las innovaciones técnicas también favorecieron al campo. El ingreso de España en la U.E. ha influido en la actividad y espacio agrario, pues ha supuesto la ampliación de los mercados agrarios…