Conceptos Fundamentales de Retribución y Prestaciones de la Seguridad Social

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Retribución y Estructura Salarial

1. Definición de Salario

Totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por el trabajo realizado. La retribución en especie no podrá superar el 30% del total de las percepciones salariales.

2. Salario en Dinero y en Especie

  • En dinero: Se abona en moneda de curso legal, pudiendo realizarse el pago en efectivo, talón bancario o transferencia.
  • En especie: Consiste en bienes o servicios (no dinero), como, por ejemplo, vehículos de empresa, servicio de comedor, seguros médicos, etc.

3. Percepciones Salariales y No Salariales

  • Salariales: Tienen naturaleza retributiva. Incluyen el salario base, los complementos salariales, las gratificaciones extraordinarias y el salario en especie.
  • No salariales: Son compensaciones por los gastos ocasionados al trabajador por el desempeño de su actividad laboral (indemnizaciones, suplidos, dietas, etc.).

4. Salario Base y Gratificaciones Extraordinarias

  • Salario base: Es la retribución fijada en el convenio colectivo para un grupo o nivel profesional determinado.
  • Gratificaciones extraordinarias: Son percepciones recibidas en un período superior a un mes. Se abonan de forma semestral o anual, siendo habituales dos al año: una en Navidad y otra en el mes que el empleador y el trabajador hayan acordado (generalmente en verano).

6. Definición de Complementos Salariales

Son cantidades que se añaden al salario base y que se cobran mientras dura la situación que los genera. Se deben a diversas circunstancias:

  1. Circunstancias personales del empleado: Por ejemplo, conocimientos especiales (idiomas, titulaciones) o antigüedad.
  2. Por el puesto de trabajo: Como peligrosidad, toxicidad, penosidad o nocturnidad.
  3. Por cantidad o calidad del trabajo realizado: Como primas de productividad, puntualidad o incentivos por trato con el personal.
  4. Por la situación o resultados de la empresa: Como participación en beneficios o incentivos ligados a objetivos empresariales.

7. Límites Legales de Cotización de los Gastos de Locomoción y Dietas

  • Gastos de locomoción: Se consideran exentos de cotización 0,19€ por kilómetro recorrido, si el trabajador utiliza vehículo propio.
  • Dietas (Gastos de manutención y estancia):
    • En España: 53,34€/día con pernocta, y [valor no especificado en el original] €/día sin pernocta.
    • En el extranjero: 91,35€/día con pernocta y 48,08€/día sin pernocta.

Prestaciones del Sistema de Seguridad Social

9. Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes

Es un subsidio que el trabajador cobra durante la baja por enfermedad común o accidente no laboral. Los primeros quince días de baja la responsabilidad del pago recae en la empresa (pago delegado), y a partir del día dieciséis, en la entidad gestora (INSS o Mutua).

  • Del 1º al 3er. día: El trabajador no cobra nada (salvo mejora por convenio).
  • Del 4º al 20º día: Cobra el 60% de la base reguladora.
  • A partir del 21º día: Cobra el 75% de la base reguladora.

10. Incapacidad Temporal por Contingencias Profesionales

Es un subsidio que cobra el trabajador que ha sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. El responsable del pago desde el primer momento es la entidad gestora o la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social (MATEPSS).

  • Día de la baja: El salario íntegro es pagado por la empresa.
  • Siguientes días: El 75% de la base reguladora.

13. Prestación por Riesgo en el Embarazo

Consiste en la percepción del 100% de la base reguladora de contingencias profesionales. Se reconoce cuando existe riesgo para el embarazo o para el feto, y no es posible reubicar a la trabajadora en otro puesto compatible con su estado, siendo médicamente desaconsejable continuar con su trabajo habitual.

14 y 15. Prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor (Maternidad y Paternidad)

Tanto la madre biológica como el otro progenitor reciben el 100% de la base reguladora por contingencias comunes durante 16 semanas cada uno. Tras el parto, las 6 semanas obligatorias de descanso se abonan en ese momento. El tiempo restante puede disfrutarse por semanas acumuladas o de forma ininterrumpida hasta que el bebé cumpla 12 meses.

16. Incapacidad Permanente

Es la situación en la que el trabajador, tras haber recibido el tratamiento médico y el alta, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral. Se clasifica en cuatro tipos, según el grado de afectación: parcial, total, absoluta y gran invalidez.

17. Concepto de Jubilación y Requisitos

Es una pensión vitalicia que se le reconoce al trabajador al alcanzar una determinada edad legal (actualmente, 67 años o 65 si se cumplen ciertos requisitos de cotización).

Los requisitos generales son:

  1. Haber cotizado un mínimo de 15 años en total, dos de los cuales deben haber sido trabajados dentro de los quince años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación.
  2. A partir del año 2027, la edad ordinaria de jubilación será de 67 años, o de 65 años siempre que se hayan cotizado en total 38 años y seis meses.

18. Prestación Contributiva por Desempleo

La prestación por desempleo la recibe quien se encuentra en situación legal de desempleo, está inscrito como demandante y en búsqueda activa de empleo, y haya cotizado al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación de desempleo.

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