Conceptos Fundamentales de la Relación Laboral en España

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Características de la Relación Laboral

  • Voluntaria: El trabajador firma un contrato libremente.
  • Por Cuenta Ajena: Los frutos directos del trabajo no son propiedad del trabajador, pertenecen al empresario.
  • Remunerada: El trabajador presta unos servicios a cambio de un salario que es independiente de la buena marcha de la empresa.
  • Personalísima: El trabajo debe ser realizado por el trabajador, no por otra persona en su nombre.
  • Dependiente: El empresario organiza y dirige la actividad económica y el trabajador obedece sus órdenes.

Relaciones Excluidas de la Relación Laboral

  • Funcionarios Públicos: Tienen una normativa propia, el Estatuto Básico del Empleado Público.
  • Prestaciones Personales Obligatorias: Falta de voluntad.
  • Consejeros o Miembros del Consejo de Administración: Falta de dependencia.
  • Trabajos Realizados a Título de Amistad, Benevolencia y Buena Vecindad: Falta de remuneración.
  • Trabajos Familiares: Realizados por el cónyuge, ascendientes o descendientes hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción que convivan con el empresario. Falta de remuneración.
  • Representantes de Comercio: Comisionistas mercantiles que intervienen en operaciones mercantiles. Falta de ajenidad.
  • Transportistas: Si disponen de autorización administrativa propia y vehículos de servicio público de los que sean propietarios.
  • Autónomos y Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE): Falta de ajenidad.
  • Autónomo: Persona física que realiza una actividad económica, con o sin trabajadores a su cargo, de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección de otra persona.
  • TRADE: Trabaja de forma habitual, personal, directa y para un cliente del que depende el 75% de sus ingresos.

Relaciones Laborales Especiales

  • Personal de alta dirección
  • Los trabajadores al servicio del hogar familiar
  • Presos o penados
  • Deportistas profesionales
  • Artistas en espectáculos públicos
  • Quienes intervienen en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir riesgo
  • Trabajadores con discapacidad
  • Estibadores portuarios que realizan labores de carga y descarga en puertos
  • Cualquier otro trabajo declarado especial por una ley.

Fuentes Nacionales del Derecho Laboral

  • La Constitución de 1978: Norma de mayor rango en el Estado español.
  • Ley Orgánica: Exige la mayoría absoluta del Congreso en una votación final para su aprobación, modificación o derogación.
  • Ley Ordinaria: Solo se necesita la mayoría simple.
  • Decreto Legislativo: Norma dictada por el Gobierno previa delegación expresa de las Cortes Generales.
  • Decreto-Ley: Norma dictada por el Gobierno sin necesidad de delegación previa por las Cortes.

Derechos y Obligaciones de los Trabajadores

  • Derecho al trabajo y a elegir libremente una profesión.
  • Derecho a la libre sindicación.
  • Derecho a la huelga.
  • Derecho a la negociación colectiva.
  • Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo.
  • Derecho de reunión.
  • Derecho a la participación en la empresa a través de sus representantes.

Obligaciones y Potestades del Empresario

  • Cumplir la ley.
  • Respetar los derechos de los trabajadores.
  • Respetar la igualdad del trabajador.
  • Respetar las oportunidades en el ámbito laboral.
  • Adoptar medidas dirigidas a evitar la discriminación laboral entre mujeres y hombres.

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