Conceptos Fundamentales en Prevención de Riesgos Laborales y Equipos de Protección Individual

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Acto Inseguro

Un acto inseguro es la violación u omisión de una norma o procedimiento por parte del trabajador que aumenta las posibilidades de que ocurra un accidente. Ejemplos:

  • No prestar la atención debida o no asegurar correctamente el equipo.
  • Trabajar sin el equipo de protección individual (EPI) adecuado.
  • Impacientarse o apresurarse innecesariamente en la realización del trabajo.

Condición Insegura

Una condición insegura es una situación intrínseca en nuestro ambiente de trabajo que aumenta la posibilidad de que ocurra un accidente. Ejemplos:

  • Equipo, material o aparatos defectuosos.
  • Limpieza pobre o deficiente en el lugar de trabajo (desorden, derrames, etc.).

Conceptos Clave: Peligro, Riesgo y Daño

Peligro

El peligro es la propiedad o aptitud intrínseca de algo (por ejemplo, materiales, equipos, métodos de trabajo y prácticas laborales) para ocasionar daños a la salud o integridad física de los trabajadores.

Riesgo

El riesgo es la probabilidad de que un peligro se materialice en unas determinadas condiciones de utilización o exposición, y produzca daños. Se suele valorar combinando la probabilidad de ocurrencia del suceso peligroso y la severidad del daño.

Riesgo Laboral

El riesgo laboral es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.

Daños Derivados del Trabajo

Los daños derivados del trabajo son las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

Accidente de Trabajo

Un accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o como consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

Clasificación de Riesgos

Los riesgos laborales se pueden clasificar según diversos criterios:

  • Directos: Generados por y en la ejecución del trabajo mismo.
  • Indirectos: Generados por la organización del trabajo, la ordenación del espacio o sus deficiencias.
  • Específicos: Propios y característicos de determinados trabajos o sectores concretos.
  • Evitables: Aquellos que pueden eliminarse o controlarse mediante la aplicación de medidas preventivas y de protección.
  • No evitables (o difícilmente evitables): Aquellos inherentes a ciertos procesos que, a pesar de las medidas, no pueden eliminarse completamente, aunque sí gestionarse.
  • Residuales: Aquellos que persisten después de haber implementado todas las medidas de prevención y protección posibles, indicando que la protección es deficiente o que existe un nivel de riesgo aceptado.

Identificación y Origen de Riesgos

Los riesgos pueden proceder de diversas fuentes, y su identificación es el primer paso para su control:

  • Procedentes del exterior de la obra o centro de trabajo:
    • Edificios colindantes: desprendimientos, derrumbes.
    • Climatología adversa: calor extremo, frío intenso, lluvia, viento.
    • Instalaciones cercanas: riesgos eléctricos por líneas aéreas, fugas de sustancias peligrosas.
    • Carreteras o vías adyacentes: atropellos, sobrecargas, vibraciones.
  • Riesgos procedentes de la propia obra o actividad laboral:
    • Explosiones o incendios.
    • Caídas a distinto nivel (desde alturas) o al mismo nivel (tropiezos, resbalones).
    • Golpes contra objetos móviles o inmóviles.
    • Choques y colisiones con vehículos o maquinaria.
    • Atrapamientos por o entre objetos, o por vuelco de máquinas.
  • Riesgos procedentes de decisiones o indecisiones (factores organizativos y de gestión):
    • Deficiencias en la planificación de la seguridad y salud.
    • Errores en la planificación de la obra o del proceso productivo.
    • Problemas derivados del diseño de puestos de trabajo o instalaciones.
    • Falta de formación o información a los trabajadores.

Evaluación de Riesgos

La evaluación de riesgos es un proceso sistemático dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.

Proceso de Evaluación de Riesgos:

  1. Obtener la información necesaria:
    • Características de la organización, del centro de trabajo y de los puestos.
    • Complejidad y características de las tareas realizadas.
    • Maquinaria, equipos de trabajo, herramientas y sustancias utilizadas.
    • Medios auxiliares y materiales empleados.
    • Características de los trabajadores (formación, experiencia, capacidades, estado de salud, etc.).
  2. Determinar los elementos peligrosos (fuentes de peligro) presentes en el entorno laboral.
  3. Identificar los riesgos asociados a dichos peligros y los trabajadores expuestos a ellos.
  4. Valorar los riesgos: Estimar la probabilidad y las consecuencias de cada riesgo identificado, utilizando criterios objetivos para determinar su magnitud.
  5. Análisis y planificación de la acción preventiva:
    • Determinar si los riesgos son tolerables o si se requieren medidas adicionales.
    • Definir e implementar medidas preventivas y de protección (colectivas e individuales).
    • Priorizar la eliminación de los riesgos en origen y, si no es posible, su control.
  6. Revisión y actualización: La evaluación debe ser revisada periódicamente, cuando cambien las condiciones de trabajo o se detecten daños a la salud.

Metodología para la Valoración de Riesgos

Una metodología común para valorar los riesgos implica estimar la probabilidad de que ocurra un daño y la severidad de dicho daño.

1. Lesiones (Severidad del Daño)

Se refiere a la gravedad potencial del daño que puede causar el riesgo. Se clasifica considerando las partes del cuerpo afectadas y la intensidad del daño:

  • Calificación:
    • Leves: Daños superficiales (pequeños cortes, magulladuras), irritaciones leves (ojos, piel), dislocaciones leves, molestias. Generalmente no requieren baja laboral o esta es de corta duración.
    • Graves: Heridas profundas, quemaduras de segundo grado, fracturas de huesos menores, conmociones, esguinces graves, dermatitis severas. Suelen requerir baja laboral y pueden generar una incapacidad temporal o, en algunos casos, una incapacidad permanente parcial.
    • Muy graves (o mortales): Lesiones que causan daños irreparables, amputaciones, fracturas de huesos mayores, intoxicaciones agudas, quemaduras de tercer grado, enfermedades crónicas o agudas graves. Pueden generar incapacidad permanente (total, absoluta, gran invalidez) o ser mortales.

2. Probabilidad de Ocurrencia

Se refiere a la frecuencia o posibilidad de que el daño ocurra si se materializa el peligro:

  • Calificación:
    • Remota (Baja): Es muy improbable que ocurran los daños; rara vez suceden o solo en circunstancias excepcionales.
    • Posible (Media): Los daños podrían ocurrir; suceden ocasionalmente o en algunas circunstancias.
    • Cierta (Alta): Los daños ocurrirán con seguridad o con alta probabilidad; suelen ocurrir con frecuencia o es casi seguro que sucederán si no se toman medidas preventivas eficaces.

EPI (Equipo de Protección Individual)

Un EPI es cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.

Exigencias de los EPI

Un EPI debe cumplir con las siguientes exigencias fundamentales:

  • Ser adecuado a los riesgos de los que haya que protegerse, sin suponer de por sí un riesgo adicional.
  • Responder a las condiciones existentes en el lugar de trabajo.
  • Tener en cuenta las exigencias ergonómicas y el estado de salud del trabajador.
  • Ajustarse correctamente al portador, tras los necesarios ajustes.
  • En caso de riesgos múltiples que exijan la utilización simultánea de varios EPI, estos deberán ser compatibles entre sí y mantener su eficacia.
  • Ser cómodo y permitir la realización del trabajo.
  • Poder quitarse y ponerse fácilmente.
  • Llevar el marcado CE, que acredita su conformidad con las exigencias esenciales de salud y seguridad que le son de aplicación.

Definición y Propósito de los EPI

  • Son aquellas prendas o equipos que se emplean individualmente por el trabajador para su protección personal o de alguna parte de su organismo frente a riesgos específicos.
  • Van colocados sobre el trabajador o son sujetados por él.
  • Solo deben utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.
  • Los EPI no eliminan ni disminuyen la situación de riesgo en su origen, sino que actúan sobre la persona, eliminando o minimizando las consecuencias lesivas para el trabajador en caso de que el riesgo se materialice.

Categorías de EPI según el Tipo de Riesgo

Los EPI se clasifican en tres categorías en función de la gravedad del riesgo del que protegen:

  • Categoría I: Protegen contra riesgos de consecuencias mínimas o leves. Ejemplos: agresiones mecánicas de efectos superficiales, contacto con productos de limpieza de acción débil, riesgos atmosféricos que no sean excepcionales ni extremos. El fabricante puede realizar la autocertificación de conformidad.
  • Categoría II: Protegen contra riesgos de grado medio o elevado, pero no de consecuencias mortales o irreversibles. Ejemplos: la mayoría de los cascos, gafas de protección, guantes contra riesgos mecánicos. Deben superar un examen "CE de tipo" por un organismo notificado.
  • Categoría III: Protegen contra riesgos muy graves, que pueden tener consecuencias mortales o daños irreversibles para la salud. Ejemplos: equipos de protección respiratoria filtrantes contra aerosoles tóxicos, equipos de protección contra caídas de altura, equipos de protección contra riesgos eléctricos graves. Requieren examen "CE de tipo" y un control de calidad del producto final o del sistema de aseguramiento de la calidad de la producción por un organismo notificado.

Clasificación de EPI

Los EPI se pueden clasificar según diversos criterios:

1. Según la Parte del Cuerpo que Pretenden Proteger:

  • Protección integral del cuerpo (trajes de protección).
  • Protección de la cabeza (cascos).
  • Protección de la cara y los ojos (pantallas faciales, gafas).
  • Protección del tronco y el abdomen (chalecos, mandiles).
  • Protección de miembros superiores (brazos y manos: guantes, manguitos).
  • Protección de miembros inferiores (piernas y pies: calzado de seguridad, polainas).
  • Protección de los oídos (tapones, orejeras).
  • Protección de las vías respiratorias (mascarillas, equipos filtrantes o aislantes).

2. Según los Riesgos Específicos para los que están Diseñados:

  • Protección contra riesgos químicos (frente a gases, vapores, líquidos, polvos).
  • Protección auditiva (contra el ruido).
  • Protección contra riesgos térmicos (calor, fuego, proyecciones de metal fundido, frío).
  • Protección contra riesgos mecánicos (cortes, perforaciones, impactos, abrasiones, vibraciones).
  • Protección contra riesgos eléctricos (trabajos en tensión o en proximidad).
  • Protección contra riesgos biológicos (frente a microorganismos).
  • Protección contra radiaciones (ionizantes y no ionizantes: UV, IR, láser, soldadura).
  • Protección contra riesgos derivados de la intemperie (lluvia, frío, viento).
  • Protección contra caídas de altura (arneses, dispositivos anticaídas).

Obligaciones de la Empresa Respecto a los EPI

La empresa tiene las siguientes obligaciones legales y técnicas:

  • Determinar los puestos de trabajo en los que deba recurrirse a la protección individual tras la evaluación de riesgos.
  • Elegir los EPI adecuados a los riesgos detectados, que cumplan la normativa y se ajusten al trabajador, facilitando información completa sobre cada uno.
  • Proporcionar los EPI gratuitamente a los trabajadores, así como asegurar su correcto funcionamiento y estado higiénico mediante el mantenimiento, reparación y sustitución necesarios (por desgaste, caducidad, deterioro o pérdida).
  • Velar por que la utilización de los equipos se efectúe de acuerdo con las instrucciones de uso del fabricante y para los fines previstos.
  • Asegurarse de que el almacenamiento, limpieza y mantenimiento de los equipos se realizan adecuadamente.
  • Informar a los trabajadores, previamente a su uso, de los riesgos contra los que les protegen, así como de su correcta utilización y mantenimiento.
  • Proporcionar formación y entrenamiento práctico sobre el uso correcto de los EPI, especialmente si son de Categoría III.

Obligaciones de los Trabajadores Respecto a los EPI

Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, tienen las siguientes obligaciones:

  • Utilizar y cuidar correctamente los equipos de protección individual facilitados por la empresa.
  • Colocar los EPI, después de su utilización, en el lugar indicado para ello (taquillas, armarios específicos, etc.).
  • Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier defecto, anomalía o daño apreciado en los EPI que, a su entender, pueda entrañar una pérdida de su eficacia protectora.
  • Cooperar con el empresario para que este pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.
  • Participar en la formación e información sobre el uso correcto y mantenimiento de los EPI.

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