Conceptos Fundamentales de las Obligaciones Jurídicas y su Clasificación
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Las Obligaciones Jurídicas
El estudio de las obligaciones requiere la comprensión de los diferentes tipos de derechos que rigen las relaciones entre individuos.
Tipos de Derechos
- Las obligaciones en general
- Derecho Real: Es aquel que gravita directa e inmediatamente sobre una cosa determinada, y que exige de todos un respeto igual, pero puramente pasivo.
- Derecho de Crédito o Personal: Consiste en una relación especial entre dos individuos determinados, de los cuales uno puede exigir al otro una prestación determinada que, según el derecho común, le es debida.
Ejemplos de Derechos
Un derecho real es el derecho a la propiedad. Un derecho de crédito es una suma de dinero que nos es debida en virtud de un préstamo.
Definición y Elementos de la Obligación
- La Obligación: Es un vínculo de derecho que nos constriñe a la necesidad de pagar algo. El acreedor es el sujeto activo de la relación y el deudor, el pasivo. El acreedor espera o confía en que su deudor cumpla con lo que se ha comprometido para con él.
- Elementos de la Obligación: La obligación tiene dos sujetos, uno activo y otro pasivo. Esto significa que la obligación tiene el efecto de sujetar en cierta medida a una persona a la otra, quitándole algo de su libertad natural y haciendo adquirir a la otra una cierta ventaja. La persona ligada es el debitor o reus (deudor), y la dueña del lazo es el creditor (acreedor).
- Objeto Directo: Es la acción de dar, de hacer o de suministrar.
- Objeto Indirecto (la cosa): Siempre debe ser apreciable en dinero con el fin de que, si el deudor no cumpliera con lo prometido, no quede insatisfecho el derecho del acreedor y se le pueda indemnizar.
Fuentes de las Obligaciones
Las fuentes de las obligaciones son los hechos jurídicos que les dan origen.
- Clasificación de las Fuentes: Las fuentes se dividen en cuatro clases, pues nacen de un contrato, de un delito, como de un contrato o como de un delito:
- Contrato: Supone una convención o un acuerdo de voluntades.
- Delito: Supone un daño causado injustamente.
- Como de un Contrato (Cuasicontrato): Nace cuando tiene su causa en un hecho lícito distinto de la convención.
- Como de un Delito (Cuasidelito): Nace cuando su causa es un hecho ilícito que no ha sido calificado como delito.
División y Clasificación de las Obligaciones
Según la Naturaleza de su Vínculo
- Obligaciones Civiles, Pretorias, del Derecho de Gentes y Naturales: En las obligaciones civiles, la parte activa o acreedor siempre cuenta con una acción para que la parte pasiva pueda ser coaccionada y le preste la conducta prometida o debida.
Clasificación según el Contrato
- Obligaciones Sinalagmáticas Imperfectas: Ocurren cuando al celebrarse el contrato contraía solo obligación el deudor y, a veces, por el desarrollo del contrato, podía verse también obligado el acreedor.
- Obligaciones Sinalagmáticas Perfectas: Eran aquellas en las que, al perfeccionarse el contrato, surgían obligaciones para ambas partes.
- Obligaciones de Derecho Estricto: Son aquellas que provenían de negocios del antiguo derecho quiritario, en las cuales el deudor se encontraba obligado a lo contratado sin que razones de justicia o de equidad pudieran aumentar o disminuir el contenido de su deber.
- Obligaciones de Buena Fe: Se perfeccionaban bien re (por la entrega del objeto), o bien por el simple consentimiento de las partes. El alcance de la obligación es susceptible de ser aumentado o disminuido por razones de justicia o de equidad o por la interpretación del juez para fijar responsabilidades entre las partes.
- Obligaciones Perfectas: Son aquellas provistas de acción, lo cual permitía al acreedor obligar judicialmente al deudor a su cumplimiento.