Conceptos Fundamentales del Estado, Legitimidad y Derechos Humanos en la Teoría Jurídica

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Conceptos Clave sobre la Estructura y Legitimidad del Estado

Clasificación de Estados según su Funcionalidad

  • Estado Fallido: No consigue garantizar la seguridad ni los derechos de sus ciudadanos porque existen bandas o grupos que no se controlan.
  • Estado Bandido: Funciona, pero no respeta sus propias leyes, ya sea por abuso hacia el pueblo o por incumplimiento del derecho internacional.

La Perspectiva de Max Weber sobre el Poder Estatal

Max Weber reclama el monopolio de la violencia física como característica definitoria del Estado.

Elementos a Considerar del Estado

Es fundamental tener en cuenta los siguientes aspectos:

  1. Reclamo del Monopolio de Violencia Física: El Estado pretende ser el único con derecho a ejercer la fuerza dentro de un territorio para perseguir y capturar a los delincuentes y para organizar un ejército.
  2. Uso Legítimo de la Violencia:
    1. Puede imponer un orden a la población mediante la amenaza del uso de la fuerza.
    2. La población acepta este uso como legítimo dentro de ese territorio.

Posibilidades de Legitimación según Weber

Weber identifica tres fuentes principales de reconocimiento de la legitimidad del poder:

  • Legitimidad Tradicional: Basada en creencias y costumbres arraigadas del pueblo.
  • Legitimidad Carismática: El pueblo aclama a un líder al que otorga su confianza incondicional.
  • Legitimidad Racional-Legal: El poder se ejerce conforme a las leyes fijadas previamente.

Legitimidad de las Normas: Tres Puntos de Vista

La validez de una norma puede evaluarse desde tres ópticas:

  1. Eficacia: Si es respetada por la mayoría de la población.
  2. Legalidad: Si ha sido aprobada y publicada por las autoridades competentes sin ser suspendida por los tribunales o por una ley superior.
  3. Legitimidad (Moral): Si la norma es percibida como justa y moralmente aceptable.

Fundamento Filosófico del Deber y la Norma

Fuentes del Deber

Los fundamentos filosóficos del deber se basan en:

  1. Tradición de Tipo Social: Costumbres de cada pueblo en cada época, con origen remoto y sin justificación explícita (ejemplos: prejuicios machistas o racistas, que son inherentemente discriminatorios).
  2. Razón: La inteligencia del ser humano utilizada para argumentar. Los deberes derivados de la razón son razonados y razonables.
  3. Creencias Religiosas: Basadas en textos sagrados.
  4. Convenciones y Ética:
    • Convención Social y Política: Un acuerdo general (ejemplos: la moneda, las normas de tráfico vehicular, la nacionalidad).
    • Ética: Principios fundamentales como el respeto a la vida de las personas.

Normas y Códigos

El proceso implica pasar algo espontáneo y momentáneo a fijo y permanente.

  • Norma: Conjunto de deberes específicos.
  • Código: Conjunto organizado de normas (ejemplos: los mandamientos cristianos, el Código Penal, el Código Civil).

Derechos de las Personas: Corrientes Doctrinales

Iusnaturalismo Clásico

Las leyes, para ser justas, deben basarse en la naturaleza y en las jerarquías y fines inherentes a todos los seres del mundo (mineral-vegetal-animales-seres humanos-dioses). Se habla de derechos de la orden natural.

Positivismo Jurídico

La legislación es fruto de la decisión del Estado; no son derechos naturales. Se enfocan en los derechos fundamentales, entendidos como la base esencial sobre la cual se construyen las leyes.

Iusracionalismo

La legislación es fruto de la razón, buscando organizar la convivencia conforme a principios universales, como la dignidad de la persona. Implica exigencias morales que son razonables.

Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU (1948)

Los derechos humanos reconocidos en esta declaración poseen características esenciales:

  • Universales: Reconocen a todos los seres humanos; la exigencia es que sean reconocidos y protegidos globalmente.
  • Prioritarios: Tienen preferencia sobre otros derechos, como los comerciales.
  • Inalienables: No se pueden vender, ceder ni traspasar a otros bajo ningún concepto.
  • Imprescriptibles: No caducan, salvo en circunstancias muy específicas relacionadas con ciertos delitos.
  • Indivisibles, Interdependientes e Innegociables: No se pueden suprimir, excepto en situaciones de emergencia declarada (ejemplo: la restricción temporal de movimiento para perseguir a un terrorista).

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