Conceptos Fundamentales del IVA: Hecho Imponible, Sujeto Pasivo y Tipos Impositivos
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IVA: Hecho Imponible y Conceptos Clave
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto que grava tres clases de operaciones:
- Las entregas de bienes y las prestaciones de servicios que realizan empresas o profesionales.
- Las adquisiciones intracomunitarias de bienes que procedan de otros países de la Unión Europea (UE).
- Las importaciones de bienes realizadas por empresarios, profesionales o particulares.
Sujeto Pasivo
Son los empresarios o profesionales que realizan las operaciones que constituyen el hecho imponible de este impuesto. Sin embargo, no soportan realmente el impuesto, ya que este es un impuesto neutral para ellos.
Operaciones No Sujetas al Impuesto
Existen ciertas operaciones que, aunque podrían parecer gravables, no están sujetas al IVA:
- La transmisión de la totalidad del patrimonio a favor de un solo adquirente cuando este continúe una actividad.
- Las entregas de muestras u objetos cuando se realicen como promoción.
- Los servicios prestados por trabajadores a empresas.
- Operaciones de autoconsumo, cuando el sujeto pasivo no hubiera deducido el IVA.
- La prestación de servicios realizados por entes públicos.
Operaciones Exentas
Son operaciones que, estando dentro del hecho imponible del impuesto, no deben ser gravadas. Se distinguen dos tipos:
- Exenciones Plenas: Cuando el empresario o profesional que realiza la operación no repercute el impuesto, pero se le permite deducir el IVA soportado.
- Exenciones Limitadas: Son similares a las plenas, pero no se le permite deducir el IVA soportado.
Ejemplos de operaciones exentas incluyen: operaciones médicas y sanitarias, educación, operaciones financieras y seguros, operaciones inmobiliarias, exportaciones.
Devengo del Impuesto
El impuesto se devenga cuando se efectúan las operaciones gravadas. Específicamente:
- Entrega de bienes: Cuando se efectúen conforme a la legislación que les sea de aplicación.
- Prestaciones de servicios: Cuando se presten o ejecuten las operaciones gravadas.
- Supuestos de autoconsumo: Cuando se efectúen las operaciones gravadas.
- Arrendamientos, suministros y operaciones de carácter continuado: Cuando resulte exigible la parte del precio.
- Operaciones que originen pagos anticipados: En el momento de realizarse estos.
- Adquisiciones intracomunitarias e importaciones: En el momento de su realización o despacho, según corresponda.
Base Imponible
La base imponible es el importe sobre el cual se aplica el tipo impositivo para calcular la cuota del IVA.
Elementos que se incluyen en la Base Imponible:
- El importe de la contraprestación.
- Los gastos de comisiones, transportes y seguros.
- Tributos y gravámenes que recaigan sobre las operaciones.
- El importe de envases y embalajes.
Elementos que NO se incluyen en la Base Imponible:
- Descuentos y bonificaciones que se den antes del momento de la operación.
- Las cantidades pagadas en nombre y por cuenta de un cliente (suplido).
Modificación de la Base Imponible
La base imponible puede ser modificada en los siguientes supuestos:
- Cuando la contraprestación se haya fijado provisionalmente.
- Cuando se devuelvan los envases y embalajes.
- Cuando se hagan descuentos después de realizar la operación.
- Cuando se altere el precio de las operaciones después del momento de realizarse.
- Cuando el destinatario no haya pagado las cuotas repercutidas por el sujeto pasivo.
Tipo Impositivo
Existen principalmente dos tipos impositivos de IVA:
- Tipo General: Es el que se aplica a la mayoría de las operaciones.
- Tipos Reducidos: Son más bajos que el tipo general y se aplican a determinados bienes y servicios de carácter básico o esencial.
Ambos tipos pueden ser modificados a través de los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Ejemplos de tipos impositivos históricos o ilustrativos incluyen: 16%, 7%, 4%.