Conceptos Fundamentales de FOL: Salario, Nóminas y Marco de Derechos Laborales
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Conceptos Clave en la Administración de Recursos Humanos (RRHH)
Otra tarea que forma parte de la función de **administración de personal** es la realización de todos los trámites que hacen referencia a las **nóminas** y los **seguros sociales**.
El Salario y su Composición
El **salario** es la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de sus servicios laborales por cuenta ajena. En ningún caso, el salario en especie podrá superar el **30%** de las percepciones totales del trabajador.
Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
El **Salario Mínimo Interprofesional (SMI)** lo fija el Gobierno como retribución básica para los trabajadores por cuenta ajena.
Composición del Salario
El salario está compuesto por:
- Salario Base: Retribución fijada por unidad de tiempo o de obra, teniendo en cuenta lo determinado en el SMI, lo que establezcan los convenios o lo que se haya pactado en los contratos individuales.
- Complementos Salariales: Incluyen complementos personales, complementos vinculados al trabajo y complementos de vencimiento periódico superior al mes.
Pagas Extraordinarias
Los trabajadores tienen derecho al menos a **dos pagas extraordinarias** cuyo importe será el pactado en el convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes de los trabajadores. Una se hace efectiva en **Navidad** y la otra cuando se pacte. Su importe puede ser prorrateado mensualmente.
La Nómina
La **nómina** es el recibo individual justificante del pago de los salarios que se entrega al trabajador como liquidación de su retribución.
Derechos y Deberes de los Trabajadores
Los derechos y deberes de los trabajadores están recogidos en la **Constitución Española** y en el **Estatuto de los Trabajadores (ET)**, e implican correlativamente deberes y derechos para el empresario.
A. Derechos Básicos
- **Derecho al trabajo** y libre elección de profesión u oficio.
- **Libre sindicación**: El trabajador es libre para afiliarse al sindicato que desee o no afiliarse a ninguno.
- **Negociación colectiva**: Proceso encaminado a conseguir un acuerdo entre trabajadores y empresarios sobre las condiciones en que se va a desarrollar la actividad en un centro de trabajo o empresa.
- **Huelga**: Interrupción de la prestación de trabajo por parte de los trabajadores, con el fin de imponer ciertas condiciones o manifestar una protesta.
- **Reunión**.
- **Participación en la empresa** a través de sus órganos de representación.
- **Ocupación efectiva**: El empresario debe asignar al trabajador un puesto de trabajo, funciones y tareas, y poner a su disposición los medios adecuados para llevarlas a cabo.
B. Derechos Derivados de la Relación de Trabajo
- **Promoción y formación profesional** en el trabajo.
- **Trato igual y no discriminatorio**.
- **Integridad física** y adecuada política de seguridad e higiene.
- Respeto de su **intimidad** y consideración debida a su dignidad.
- **Descanso** y percepción puntual de la remuneración pactada.
- Cuantos otros derechos se deriven del contrato.
Deberes de los Trabajadores
- Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la **buena fe y diligencia**.
- Cumplir las medidas de **seguridad e higiene**.
- Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
- No realizar **competencia desleal** a la empresa.
- Contribuir a la mejora de la **productividad**.
- Todos aquellos que se deriven del contrato de trabajo.