Conceptos Fundamentales de FOL: Salario, Nóminas y Marco de Derechos Laborales

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Conceptos Clave en la Administración de Recursos Humanos (RRHH)

Otra tarea que forma parte de la función de **administración de personal** es la realización de todos los trámites que hacen referencia a las **nóminas** y los **seguros sociales**.

El Salario y su Composición

El **salario** es la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de sus servicios laborales por cuenta ajena. En ningún caso, el salario en especie podrá superar el **30%** de las percepciones totales del trabajador.

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

El **Salario Mínimo Interprofesional (SMI)** lo fija el Gobierno como retribución básica para los trabajadores por cuenta ajena.

Composición del Salario

El salario está compuesto por:

  • Salario Base: Retribución fijada por unidad de tiempo o de obra, teniendo en cuenta lo determinado en el SMI, lo que establezcan los convenios o lo que se haya pactado en los contratos individuales.
  • Complementos Salariales: Incluyen complementos personales, complementos vinculados al trabajo y complementos de vencimiento periódico superior al mes.

Pagas Extraordinarias

Los trabajadores tienen derecho al menos a **dos pagas extraordinarias** cuyo importe será el pactado en el convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes de los trabajadores. Una se hace efectiva en **Navidad** y la otra cuando se pacte. Su importe puede ser prorrateado mensualmente.

La Nómina

La **nómina** es el recibo individual justificante del pago de los salarios que se entrega al trabajador como liquidación de su retribución.

Derechos y Deberes de los Trabajadores

Los derechos y deberes de los trabajadores están recogidos en la **Constitución Española** y en el **Estatuto de los Trabajadores (ET)**, e implican correlativamente deberes y derechos para el empresario.

A. Derechos Básicos

  1. **Derecho al trabajo** y libre elección de profesión u oficio.
  2. **Libre sindicación**: El trabajador es libre para afiliarse al sindicato que desee o no afiliarse a ninguno.
  3. **Negociación colectiva**: Proceso encaminado a conseguir un acuerdo entre trabajadores y empresarios sobre las condiciones en que se va a desarrollar la actividad en un centro de trabajo o empresa.
  4. **Huelga**: Interrupción de la prestación de trabajo por parte de los trabajadores, con el fin de imponer ciertas condiciones o manifestar una protesta.
  5. **Reunión**.
  6. **Participación en la empresa** a través de sus órganos de representación.
  7. **Ocupación efectiva**: El empresario debe asignar al trabajador un puesto de trabajo, funciones y tareas, y poner a su disposición los medios adecuados para llevarlas a cabo.

B. Derechos Derivados de la Relación de Trabajo

  1. **Promoción y formación profesional** en el trabajo.
  2. **Trato igual y no discriminatorio**.
  3. **Integridad física** y adecuada política de seguridad e higiene.
  4. Respeto de su **intimidad** y consideración debida a su dignidad.
  5. **Descanso** y percepción puntual de la remuneración pactada.
  6. Cuantos otros derechos se deriven del contrato.

Deberes de los Trabajadores

  1. Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la **buena fe y diligencia**.
  2. Cumplir las medidas de **seguridad e higiene**.
  3. Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
  4. No realizar **competencia desleal** a la empresa.
  5. Contribuir a la mejora de la **productividad**.
  6. Todos aquellos que se deriven del contrato de trabajo.

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