Conceptos Fundamentales de la Derogación e Interpretación Jurídica
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Principios de la Derogación Jurídica
La derogación es un proceso fundamental en el derecho que determina la validez y vigencia de las normas. A continuación, se abordan aspectos clave de la derogación expresa formal y sus implicaciones temporales.
Condiciones y Efectos de la Derogación Expresa Formal
Sea E2 una disposición derogatoria que declara derogado un enunciado jurídico E1. Para que un día T sea el día de la derogación expresa formal de E1, NO es condición necesaria que: E2 sea posterior a E1.
Sea E2 una disposición derogatoria formal que declara derogado un enunciado jurídico E1. Para la derogación expresa formal de E1, es necesario que: El tiempo del efecto de E2 sea posterior al tiempo del efecto de E1.
Sea E2 una disposición derogatoria formal que declara derogado en T un enunciado jurídico E1. T puede ser el día de la derogación expresa formal de E1 si T es: Anterior a la fecha de entrada en vigor de E1.
Sea E una disposición derogatoria que declara derogado un enunciado jurídico E. Para que un día T sea el día de la derogación expresa formal de E, no es condición necesaria que: T coincida con la fecha de entrada en vigor de la propia E.
A veces ocurre que el tiempo del efecto de una disposición derogatoria formal es:
- Posterior a la fecha de entrada en vigor de la propia disposición derogatoria.
- Anterior a la fecha de entrada en vigor de su objeto de derogación.
El día de la derogación de un enunciado jurídico nunca es anterior: Al inicio de su intervalo de validez.
Aplicación e Interpretación de Enunciados Jurídicos
La aplicación del derecho implica la interacción entre enunciados normativos y decisiones judiciales, mientras que la interpretación es clave para comprender su alcance.
Relación entre Enunciados y Decisiones Judiciales
Si E es un enunciado jurídico secundario y D, una decisión jurídica que aplica dicho enunciado E, entonces: E es metalingüístico respecto a D.
Para que una decisión judicial aplique un enunciado jurídico E (primario o secundario): La teoría del silo.
Una de las razones por las que una decisión judicial D, que aplica un enunciado jurídico secundario penal E, no es deducible de E (ni de E en conjunción con otro enunciado) es la siguiente:
- La decisión D y el enunciado E tienen distintos destinatarios.
- La decisión D y el enunciado E ordenan realizar acciones distintas.
Sea E un enunciado jurídico primario que establece que el comprador de una cosa está obligado a pagar su precio: Silo.
En la interpretación del derecho, el enunciado interpretado siempre es un enunciado: Jurídico.
Una disposición derogatoria se refiere solo a enunciados: Jurídicos.
Las disposiciones derogatorias y las negaciones externas de prescripciones se asemejan en que unas y otras son enunciados: Cualificatorios.
Conceptos Temporales y Tipos de Enunciados
¿Cómo se denomina el intervalo temporal al que se refiere la consecuencia de un enunciado jurídico?: Tiempo del efecto.
En los enunciados jurídicos retroactivos parciales, el final del intervalo de subsunción siempre es: Posterior al inicio del intervalo de validez.
Tanto para la concepción prescriptiva como para la concepción cualificatoria de las normas jurídicas de competencia, estos enunciados son: Metalingüísticos.
¿Qué teorías distinguen entre la aplicación de los enunciados jurídicos primarios y la aplicación de los enunciados jurídicos secundarios?: La concepción sintáctica.
Discrecionalidad y Teorías del Derecho
La discrecionalidad en la aplicación de normas y las distintas perspectivas teóricas son esenciales para comprender el funcionamiento del sistema jurídico.
Discrecionalidad en la Conducta Jurídica
Si C es una conducta discrecional en sentido impropio respecto a un enunciado prescriptivo E, entonces: No se sabe que la conducta C es contraria a E.
Si C es una conducta discrecional en sentido propio respecto a un enunciado prescriptivo E, entonces: La conducta C es conforme a E.
Perspectivas y Relaciones en la Teoría del Derecho
Un punto clave es que: La decisión D sea deducible del enunciado E y otro enunciado F.
Según la distinción formulada a propósito de la aplicación de los enunciados jurídicos, son enunciados jurídicos primarios: Todos los enunciados jurídicos cualificatorios.
Un rasgo común a la dogmática jurídica y a la teoría de la norma jurídica consiste en que ambas:
- Interpretan las normas jurídicas.
- Estudian el derecho desde un punto de vista interno.
La dogmática jurídica y la sociología del derecho se diferencian en: El punto de vista.
¿Qué relación existe entre la interpretación de las normas jurídicas y la filosofía del lenguaje jurídico?: La primera es anterior a la segunda.
¿Qué relación existe entre la actividad interpretativa realizada por la dogmática jurídica y la realizada por la teoría de la norma jurídica?: Son complementarias.
El estudio de las relaciones entre las normas jurídicas, en cuanto integrantes de un ordenamiento jurídico y desde un punto de vista interno y generalista: Teoría del sistema jurídico.
¿Cuál de las siguientes teorías, integrantes de la teoría general del derecho, realiza una actividad interpretativa?: La teoría de la norma jurídica.