Conceptos Fundamentales del Derecho Tributario y Auditoría Impositiva
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Cuestionario Impositivo (Parte I)
1. ¿Quiénes son sujetos de la relación jurídica tributaria?
R. Sujeto activo, sujeto pasivo, solidaridad y efectos, terceros responsables.
2. ¿Cuál es la clasificación de los ilícitos tributarios?
R. Contravenciones y delitos.
3. Indicar 4 contravenciones tributarias.
R.
- Omisión de pago.
- Contrabando.
- Incumplimiento de otros deberes formales.
- Las establecidas en leyes especiales.
4. ¿Cuál es el domicilio tributario de los no inscritos?
R. El lugar donde ocurre el hecho generador.
5. Mencionar las clasificaciones de los tributos.
R. Impuesto, tasa, contribuciones especiales.
6. Escribir el significado de la sigla DYM.
R. Declaración de Mercaderías de Importación.
7. Nombrar las etapas de la auditoría impositiva.
R.
- Etapa de planificación.
- Etapa de ejecución.
- Etapa de finalización.
8. Explicar qué es la fiscalización integral.
R. Es la verificación de todos los impuestos a los que se encuentra sujeto el contribuyente por periodos equivalentes.
9. Escribir el significado de la sigla DUI.
R. Declaración Única de Importaciones.
10. Describir la fórmula de la DT.
R. DT = TO + I + MV + MULTA
Cuestionario de Gabinete de Auditoría Impositiva (Parte II)
Asignatura: Gabinete Auditoría Impositiva
1. ¿El Código Tributario se aplica a todos los tributos de carácter?
R. Nacional, departamental, municipal y universitario.
2. ¿Cómo se computan los plazos en años, según el Código Tributario?
R. Los plazos en años se entenderán siempre como años calendario.
3. ¿Cómo se computan los plazos en meses, según el Código Tributario?
R. Los plazos en meses se computan de fecha a fecha.
4. ¿Cómo se computan los plazos en días, según el Código Tributario?
R. Los plazos en días se computan en días hábiles administrativos, siempre que no excedan de 10 días. En caso de que sean más de 10 días, se tomarán por días corridos.
5. Indicar la prelación de las fuentes del derecho tributario.
R.
- La Constitución Política del Estado.
- Los Convenios y Tratados Internacionales aprobados por el Poder Legislativo.
- El presente Código Tributario.
- Las Leyes.
- Los Decretos Supremos.
- Resoluciones Supremas.
- Las demás disposiciones de carácter general dictadas por los órganos administrativos competentes.
6. ¿Qué son los tributos?
R. Son tributos las obligaciones en dinero que el Estado, en ejercicio de su poder de imperio, impone con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.
7. ¿Cómo se clasifican los tributos?
R. Los tributos se clasifican en: impuestos, tasas, contribuciones especiales; y las patentes municipales.
8. ¿Qué es el impuesto?
R. Es el tributo cuya obligación tributaria tiene como hecho generador una situación prevista por Ley, independientemente de toda actividad estatal relativa al contribuyente.
9. ¿Qué son las tasas?
R. Las tasas son tributos cuyo hecho generador consiste en la prestación de servicios o la realización de actividades sujetas a normas de Derecho Público individualizadas en el sujeto pasivo, ejemplo: tasa de alumbrado público.
10. ¿Qué son las contribuciones especiales?
R. Son los tributos cuya obligación tributaria tiene como hecho generador, beneficios derivados de la realización de determinadas obras o actividades estatales y cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la financiación de dichas obras o actividades que constituyen el presupuesto de la obligación.
11. ¿Qué es el hecho imponible?
R. Es el presupuesto de naturaleza jurídica o económica expresamente establecida por Ley.
12. ¿Quiénes son los sujetos de la relación jurídica tributaria?
R. Sujeto activo, sujeto pasivo.
13. ¿Quién es el sujeto activo de la relación jurídica tributaria?
R. Es el Estado, cuyas facultades de recaudación, control, verificación, valoración, inspección previa, fiscalización, liquidación, determinación, ejecución y otras establecidas en el Código Tributario son ejercidas por la administración tributaria nacional, departamental y municipal dispuesta por Ley.
14. ¿Quién es el sujeto pasivo de la relación jurídica tributaria?
R. El contribuyente o sustituto del mismo, quien debe cumplir las obligaciones tributarias establecidas conforme dispone este Código y las Leyes.
15. Defina contribuyente, según el Código Tributario.
R. Es el sujeto pasivo respecto del cual se verifica el hecho generador de la obligación tributaria.
16. Defina sustituto, según el Código Tributario.
R. La persona natural o jurídica, genéricamente definida por disposición normativa tributaria, quien en lugar del contribuyente debe cumplir las obligaciones tributarias, materiales y formales, de acuerdo con las siguientes reglas:
17. Defina terceros responsables, según el Código Tributario.
R. Son terceros responsables las personas que sin tener el carácter de sujeto pasivo deben, por mandato expreso del presente Código o disposiciones legales, cumplir las obligaciones atribuidas a él.
18. ¿Cuál es el domicilio de las personas naturales?
R.
- El lugar de su residencia habitual o vivienda permanente.
- El lugar donde desarrolle su actividad principal, en caso de no conocer su residencia.
- El lugar donde ocurra el hecho generador, en caso de no existir domicilio.
19. ¿Cuál es el domicilio de las personas jurídicas?
R.
- El lugar donde se encuentra su dirección o administración efectiva.
- El lugar donde se halla su actividad principal, en caso de no conocerse dicha dirección o administración.
- El señalado en la escritura de constitución, de acuerdo al Código de Comercio.
- El lugar donde ocurra el hecho generador, en caso de no existir domicilio en los términos de los numerales precedentes.
20. ¿Cuál es el domicilio de los no inscritos?
R. El lugar donde ocurra el hecho generador.
21. ¿Qué es la base imponible?
R. Es la unidad de medida, valor o magnitud, obtenidos de acuerdo a las normas legales respectivas, sobre la cual se aplica la alícuota para determinar el tributo a pagar.
22. Señalar los métodos de determinación de la base imponible.
R. La base imponible podrá determinarse por los métodos sobre base cierta y sobre base presunta.
- La determinación sobre base cierta, toma en cuenta los documentos e informaciones que permitan conocer en forma directa e indubitable los hechos generadores del tributo.
- Sobre base presunta, en mérito a los hechos y circunstancias que, por su vinculación o conexión normal con el hecho generador de la obligación, permitan deducir la existencia y cuantía de la obligación.
23. Mencionar los medios para la determinación sobre base presunta.
R.
- Aplicando datos, antecedentes y elementos indirectos que permitan deducir la existencia de los hechos imponibles en su real magnitud.
- Utilizando aquellos elementos que indirectamente acrediten la existencia de bienes y rentas, así como de los ingresos, ventas, costos y rendimientos que sean normales.
- Valorando signos, índices, o módulos que se den en los respectivos contribuyentes según los datos o antecedentes que se posean en supuestos similares.
24. ¿Qué es la alícuota?
R. Es el valor fijo o porcentual establecido por Ley, que debe aplicarse a la base imponible para determinar el tributo a pagar.
25. Explique brevemente el privilegio de la deuda tributaria.
R. Privilegio respecto de las acreencias de terceros, con excepción de los señalados en el siguiente orden:
- Los sueldos, salarios y aguinaldos devengados de los trabajadores.
- Los beneficios sociales de los trabajadores y empleados, las pensiones de asistencia familiar, aportes patronales y laborales de seguridad social.
- Los bienes garantizados con registro ante DDRR anteriores a la notificación de la Resolución Determinativa.
26. ¿Cuáles son las formas de extinción de la obligación tributaria?
R. La obligación tributaria se extingue por: pago, compensación, confusión, condonación y prescripción.
27. ¿Cuáles son las formas de extinción en materia aduanera?
R. La obligación tributaria se extingue por: pago, compensación, confusión, condonación y prescripción.
28. Mencionar 5 facultades específicas de la administración tributaria.
R.
- Control, comprobación, verificación, fiscalización e investigación.
- Determinación de tributos.
- Recaudación.
- Cálculo de la deuda tributaria.
- Ejecución tributaria.
29. Explique brevemente la confidencialidad de la información, según el Código Tributario.
R. Tendrán carácter reservado y solo podrán ser utilizados para la efectiva aplicación de los tributos o procedimientos cuya gestión tenga encomendada y no podrán ser informados.
30. Explique brevemente la presunción a favor del sujeto pasivo.
R. Se presume que el sujeto pasivo y los terceros responsables han cumplido sus obligaciones tributarias cuando han observado sus obligaciones materiales y formales hasta que, en debido proceso de determinación, de prejudicialidad o jurisdiccional, [se demuestre lo contrario].
31. Explique brevemente las excepciones a la obligación de informar.
R.
- Cuando la declaración sobre un tercero, importe violación del secreto profesional, de correspondencia epistolar o de comunidades privadas, salvo orden judicial.
- Cuando su declaración estuviera relacionada con hechos que pudieran motivar la aplicación de penas privativas de libertad de sus parientes hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, salvo los casos en que estuvieran vinculados por alguna actividad económica.
32. Indicar las medidas coactivas, según el Código Tributario.
R.
- Intervención de la gestión del negocio del deudor, correspondiente a la deuda.
- Prohibición de celebrar el deudor actos o contratos de transferencia o disposición sobre determinados bienes.
- Retención de pagos que deban realizar terceros privados, en la cuantía estrictamente necesaria para asegurar el cobro de la deuda tributaria.
- Prohibición de participar en los procesos de adquisición de bienes y contratación de servicios en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 1178.
- Otras medidas previstas por Ley, relacionadas directamente con la ejecución de deudas.
- Clausura del o de los establecimientos, locales, oficinas o almacenes del deudor, hasta el pago total de la deuda tributaria. Esta medida solo será ejecutada cuando la deuda tributaria no hubiera sido pagada por efecto de la aplicación de las medidas coactivas previstas en los numerales precedentes o por no ser posible su aplicación.
33. Explique la acción de repetición.
R. Es aquella que pueden utilizar los sujetos pasivos y/o directos interesados para reclamar a la Administración Tributaria la restitución de pagos indebidos o en exceso efectuados por cualquier concepto tributario.
34. Explique el financiamiento de la Superintendencia Tributaria.
R. Las actividades de la Superintendencia Tributaria se financiarán con:
- Hasta el 1% del total de las recaudaciones tributarias de dominio nacional percibidas en efectivo, que se debitará automáticamente, según se disponga mediante Resolución Suprema.
- Otros ingresos que pudiera gestionar de fuentes nacionales o internacionales.
35. ¿Cuál es la composición de la Superintendencia Tributaria?
R. Está compuesta por un Superintendente Tributario General con sede en la ciudad de La Paz y cuatro Superintendentes Tributarios Regionales en las capitales de los Departamentos de Chuquisaca, La Paz, Santa Cruz y Cochabamba.
36. Explique brevemente los requisitos para ser designado Superintendente Tributario.
R.
- Ser de nacionalidad boliviana.
- Tener reconocida idoneidad en materia tributaria.
- Tener como mínimo título universitario a nivel de licenciatura y 10 años de experiencia profesional. A estos efectos se tomará en cuenta el ejercicio de la cátedra, la investigación científica, títulos y grados académicos, cargos y funciones que denoten amplio conocimiento de la materia.
- No haber sido sancionado con pena privativa de libertad o destituido por procesos judiciales o administrativos con resolución ejecutoria. Si dicha sanción fuese impuesta durante el ejercicio de sus funciones como Superintendente Tributario, por hechos ocurridos antes de su nombramiento, tal situación dará lugar a su inmediata remoción del cargo.
- No tener Pliego de Cargo ni Nota de Cargo ejecutoriado pendiente de pago en su contra.
- No tener relación de parentesco de consanguinidad hasta el cuarto grado, en línea directa o colateral, o de afinidad hasta el segundo grado inclusive, con el Presidente o Vicepresidente de la República, las máximas autoridades de la Administración Tributaria, o entre Superintendentes Tributarios.
37. ¿Cómo se clasifican los ilícitos tributarios?
R. En contravenciones y delitos.
38. ¿Quiénes son los responsables directos del ilícito tributario?
R. Las personas naturales o jurídicas que cometan las contravenciones o delitos previstos en este Código, disposiciones legales tributarias especiales o disposiciones reglamentarias.
39. ¿Qué es el arrepentimiento eficaz?
R. Quedará automáticamente extinguida la sanción pecuniaria por contravención de omisión de pago, cuando el sujeto pasivo o tercero responsable pague la deuda tributaria hasta el décimo día de notificada la Vista de Cargo o Auto Inicial, o hasta antes del inicio de la ejecución tributaria de las declaraciones juradas que determinen tributos y no hubiesen sido pagados totalmente.
40. Mencionar las clases de sanciones por contravención tributaria.
R.
- Multa.
- Clausura.
- Pérdida de concesiones, privilegios y prerrogativas tributarias.
- Prohibición de suscribir contratos con el Estado por el término de 3 meses a 5 años. Esta sanción será comunicada a la Contraloría General de la República y a los Poderes de Estado que adquieran bienes y contraten servicios, para su efectiva aplicación bajo responsabilidad funcionaria.
- Comiso definitivo de las mercaderías a favor del Estado.
- Suspensión temporal de actividades.
41. Mencionar la clasificación de las contravenciones tributarias.
R.
- Omisión de inscripción en los registros tributarios.
- No emisión de factura, nota fiscal o documento equivalente.
- Omisión de pago.
- Contrabando (Valor igual o menor a 200.000,00 UFV).
- Incumplimiento de otros deberes formales.
- Las establecidas en leyes especiales.
42. ¿Cuál es la sanción por la no inscripción en los registros tributarios?
R. Será sancionado con la clausura del establecimiento hasta que regularice su inscripción.
43. Explique la sanción por la no emisión de factura.
R.
- Multas.
- Recargos.
- Cierre temporal del negocio.
- Implicaciones penales.
44. ¿Cuál es la sanción por la omisión de pago?
R. Será sancionado con el 100% del monto calculado para la deuda tributaria.
45. ¿Cuáles son las 2 responsabilidades, en caso de delito tributario?
R. Una penal tributaria para la investigación del hecho, su juzgamiento y la imposición de las penas o medida de seguridad correspondiente, y una responsabilidad civil para la reparación de los daños y perjuicios emergentes.
46. ¿Cuáles son las penas en un delito tributario?
R. Pena Principal: Privación de libertad.
47. ¿Cuáles son las penas accesorias en un delito tributario?
R. Penas accesorias:
- Multa.
- Comiso de las mercancías y medios o unidades de transporte.
- Inhabilitación especial.
48. Mencionar la clasificación de los delitos tributarios.
R.
- Defraudación tributaria.
- Defraudación aduanera.
- Instigación pública a no pagar tributos.
- Violación de precintos y otros controles tributarios.
- Contrabando.
- Otros delitos aduaneros tipificados en leyes especiales.
49. ¿Cuáles son los recursos administrativos que dispone un contribuyente?
R. Recurso de Alzada y Recurso Jerárquico.