Conceptos Fundamentales del Derecho: Subjetivo y sus Fuentes

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4) Derecho Subjetivo

Facultades que una persona tiene para obrar lícitamente con el fin de conseguir un bien asegurado. Toda persona puede elegir ejercerlo o no. Es correlativo de una obligación de otros sujetos y pertenece a una persona individual o colectiva.

Puede adoptar la forma de:

  • Poder jurídico: Encierra la posibilidad de realizar los actos para los cuales la persona tenga capacidad.
  • Pretensión: Encierra la facultad de exigir a sujetos el cumplimiento de un deber jurídico establecido por la norma jurídica.

Clasificación del Derecho Subjetivo

Según el sujeto titular:

  • Derecho subjetivo público: Se da cuando interviene el Estado y exige el cumplimiento de la obligación.
  • Derecho subjetivo privado: Se hacen valer entre particulares sin intervención estatal.

Según contra quién se tengan:

  • Derecho subjetivo absoluto: Derechos correlativos a un deber general de respeto y se tienen contra todos.
  • Derechos subjetivos relativos: Corresponden a un deber en particular, y su contenido implica una obligación de dar, hacer o no hacer.

Según sea su contenido patrimonial o no:

  • Derechos subjetivos patrimoniales: Tienen un contenido en dinero.
  • Derechos subjetivos extrapatrimoniales: No tienen contenido patrimonial.

5) Fuentes del Derecho

En sentido material, hace referencia a acontecimientos o hechos que provocan la aparición o transformación de una norma que determina su contenido. Y en sentido formal, hace referencia a los medios por los cuales las nuevas normas se incorporan al derecho positivo.

Principales Fuentes del Derecho

  • La Ley: Norma jurídica escrita emanada de autoridad competente, y sus características son: obligatoriedad, generalidad, estabilidad, se reputa conocida, irretroactividad. El procedimiento de creación legal incluye: Iniciativa, discusión, sanción y promulgación. La publicación no forma parte del proceso legal de formación de una ley.
  • La Costumbre: Repetición constante de actos realizados por la generalidad de las personas. Es un derecho no escrito, espontáneo. Se compone de dos elementos: Elemento material, que es la repetición de actos observados por la generalidad de las personas en un tiempo prolongado; y Elemento psicológico, que es la convicción de la obligatoriedad de esos actos que se realizan.
  • La Jurisprudencia: Conjunto de sentencias dictadas por los jueces sobre una misma cuestión jurídica. Contribuye a interpretar y aclarar el sentido de una ley.
  • La Doctrina: Conjunto de opiniones de uno o varios juristas sobre cuestiones jurídicas. Su valor depende del respeto y la autoridad del jurista que la emite.

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