Conceptos Fundamentales del Derecho: Personas, Bienes, Contratos y Más
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Conceptos Fundamentales del Derecho
Derecho: Definición y Principales Ramas
El Derecho es el conjunto de principios que regulan la conducta de las personas que pertenecen a una comunidad. Se clasifica en los siguientes derechos principales:
- Naturales/Humanos
- Positivo
- Objetivo
- Subjetivo
Norma Jurídica: Características y Propósito
Una norma jurídica es cualquier precepto general cuya finalidad sea ordenar la convivencia de las personas que forman parte de una comunidad. Sus características principales son:
- Imperatividad
- Generalidad
- Coactividad
- Legitimidad
Personalidad Jurídica y Capacidad de Obrar
La personalidad jurídica es el reconocimiento legal de una persona como sujeto de derechos y obligaciones. Se adquiere en las siguientes condiciones:
- Que el feto nazca y sea capaz de vivir 24 horas.
La capacidad de obrar es la posibilidad de ejercer los derechos y obligaciones que otorga la personalidad jurídica. Se obtiene a los 18 años, a menos que la persona esté incapacitada.
Derecho Público y Privado: Diferencias y Ramas
- Derecho Público: Regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos del poder público. Incluye:
- Derecho Penal
- Derecho Administrativo
- Derecho Político
- Derecho Fiscal
- Derecho Laboral
- Derecho Privado: Se ocupa de las relaciones entre particulares, y entre particulares y el Estado cuando este actúa como particular. Incluye:
- Derecho Civil
- Derecho Mercantil
Tipos de Personas: Físicas y Jurídicas
Existen dos tipos de personas:
- Física
- Jurídica: a su vez se subdividen en:
- Corporaciones: Asociación, generalmente pública, con fines de utilidad pública.
- Fundaciones: Organizaciones sin fines de lucro.
- Asociaciones: Unión de personas que persiguen el mismo fin, sin ánimo de lucro.
- Sociedades: Conjunto de personas o entidades que actúan para lograr un desarrollo tecnológico, sociopolítico y económico.
El Empresario y las Clases de Sociedades
El empresario es la persona con capacidad legal para ejercer el comercio y que se dedica a él. Existen diferentes clases de sociedades:
- Colectiva: Sociedad mercantil tradicional en la que los socios intervienen directamente y responden personalmente frente a las deudas sociales.
- Comanditaria: Sociedad personalista con coexistencia de socios colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad.
- Sociedad Limitada (SL): Se constituye entre socios obligados al pago de sus aportaciones.
- Sociedad Anónima (SA): Sociedad mercantil en la que los titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones.
- Sociedad Cooperativa: Integrada por personas de la clase trabajadora que aportan a la sociedad únicamente su trabajo.
Bienes: Clasificación y Características
Un bien es un objeto de apropiación con valor económico dentro del comercio. Puede ser adquirido por alguien y ser de carácter público o particular. Se clasifican en:
- Inmuebles: No se pueden trasladar de un lugar a otro sin alterar su forma o sustancia.
- Muebles: Se pueden trasladar o transportar de un lugar a otro.
- Fungibles: Desaparecen con su uso.
- No fungibles: No desaparecen con su uso.
- Consumibles: Su subsistencia termina desde el momento mismo en que son utilizados.
- No consumibles: No se agotan ni extinguen por su primer uso.
- Divisibles: Su división no afecta a la validez del bien.
- No divisibles: Su división afecta a la validez del bien.
- Presentes: Existen en este momento.
- Futuros: Son predecibles.
- Públicos: Pertenecen a cualquier ente público.
- Privados: Pertenecen a una persona en particular.
- Principales: Se adhieren a otros bienes.
- Accesorios: Destinados a la ornamentación.
- Semovientes: Se trasladan de un lugar a otro moviéndose por sí mismos.
Derecho Real: Definición y Tipos
El derecho real es la relación jurídica entre una persona y una cosa. Son derechos reales: el dominio, la posesión, la servidumbre y el usufructo. Es la facultad, correlativa de un deber general de respeto, que una persona tiene de obtener directamente de una cosa todas o parte de sus ventajas. Puede ser:
- Pleno: Derecho de uso, venta e ingresos provenientes de un bien o recurso.
- Parcial: Permite a su titular utilizar una cosa ajena sin ser propietario.
El Contrato: Acuerdo de Voluntades y Requisitos
Un contrato es un acuerdo de voluntades, manifestado en común entre dos o más personas con capacidad. Genera derechos y obligaciones relativos para las partes contratantes. Sus requisitos son:
- Principio de consensualidad: Voluntad de dos o más personas en aceptar el contrato.
- Autonomía de la voluntad: Libertad de las partes.
- Objeto o prestación: El objeto tiene que ser lícito, posible y determinado.
- Causa o fin: Finalidad de las partes que intervienen en el contrato.
Nacimiento del contrato:
- Oferta
- Aceptación de la oferta
- Contraoferta
- Modificación de la oferta
Extinción del contrato:
- Cumplimiento del contrato.
- Mutuo consenso.
- Pérdida de algunas cláusulas que fijaba el contrato.
- Muerte de la figura del deudor.
El Cuasicontrato
El cuasicontrato es la obligación engendrada por un hecho lícito, o una manifestación de voluntad, realizada por un tercero donde no existe un contrato.