Conceptos Fundamentales del Derecho Penal: Violencia, Honor, Lesiones y Autoría

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 5,16 KB

Diferencias entre el Artículo 153 y el Artículo 173 del Código Penal

Artículo 153 CP: Violencia de Género y Violencia Doméstica

Introducción del "género" como motivo de discriminación en la agravante genérica del artículo 22.4.ª.

Ampliación de la medida de libertad vigilada (nuevo artículo 156 ter).

Suspensión de la pena: el término "delitos relacionados con la violencia de género" se sustituye por "delitos contra la mujer".

Modificación del artículo 153 del CP en cuanto a las conductas.

Artículo 173 CP: Violencia Habitual Doméstica y de Género

Ejercer violencia física o psíquica de forma habitual sobre alguna de las personas del entorno de convivencia del sujeto, independientemente de los actos violentos que individualmente se habrán de castigarse.

Elementos:

  • Número de actos de violencia.
  • Proximidad temporal de los actos.
  • Pertenencia de la víctima o víctimas a la unidad familiar (artículo 173.2).

La Calumnia: Conducta Típica

La calumnia guarda alguna similitud con el delito de injuria, plasmado este en una imputación deshonrosa, que puede ser falsa o verdadera. En cambio, la calumnia responde necesariamente a la imputación falsa de una conducta típica.

Y es de la esencia de la calumnia que la conducta imputada o atribuida debe ser perfectamente determinada, lo cual significa que el delito de calumnia no se tipifica cuando se llama a alguien "ladrón", "terrorista", "cohechador", sino acusándolo concretamente de un hurto, de terrorismo, de cohecho, etc.

Y que además, la imputación ha de ser concreta, ser precisa como autor, coautor, cómplice, determinador, y aunque no se identifique con estos términos exactos, insisten los tratadistas en que se debe señalar siempre a la persona supuestamente culpable, la clase de conducta atribuida y el grado de realización de la misma.

La Eficacia Justificante del Consentimiento en el Delito de Lesiones

  • Trasplante de órganos (fomento y desarrollo del derecho a la salud): cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa complementaria (Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplantes de órganos).
  • Esterilizaciones (derecho al libre desarrollo de la personalidad).
  • Cirugía transexual (derecho al libre desarrollo de la personalidad).

La Exceptio Veritatis en la Injuria y la Calumnia

Injuria (Art. 210 CP):

  • El sujeto de injuria quedará exento de responsabilidad probando la verdad de las imputaciones cuando estas se dirijan contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos.
  • El sujeto queda exento de pena cuando se trata de salvaguardar intereses legítimos colectivos.
  • La exceptio veritatis resolverá el conflicto a través del ejercicio legítimo de los derechos a la libertad de expresión e información reconocidos en el artículo 20.1 de la CE.
  • La exceptio veritatis en las injurias a las Cortes Generales y a altas Instituciones del Estado son admitidas, pero no las injurias al Rey y allegados.

Caso Práctico: Responsabilidad Penal en Agresión Sexual

Planteamiento: Dos sujetos montan en un coche a una chica conocida para comprar tabaco y la llevan a un descampado y la violan, uno de ellos solo mira. ¿Cuál es la responsabilidad penal de cada uno de ellos?

Resolución: Nos encontramos en un caso de abuso sexual con consentimiento viciado regulado en el artículo 181.3 CP, en el que interviene el engaño a la víctima.

Al chico que presencia la agresión sexual se le atribuye la comisión por omisión del delito que se juzga en el caso.

La pena de prisión sería la comprendida entre uno y tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.

Autoría Mediata en Homicidio o Asesinato: Casos de Inducción al Suicidio y Error

Distinción de la autoría mediata (homicidio o asesinato): casos de error en el móvil o motivo del suicidio.

Ejemplos:

  • Error en los motivos: se le hace creer que su compañero ha muerto y que en esas condiciones lo mejor es suicidarse (inducción al suicidio). El error en los motivos, aquí, es irrelevante.
  • Error acerca del sentido de la acción: sujeto que bebe una sustancia haciéndole creer que con ella caerá en coma hasta que se descubra el remedio a su enfermedad y en realidad es un veneno que pone fin a sus dolores (autoría mediata de homicidio).
  • Casos de crear la voluntad en un inimputable: autoría mediata.

Culpabilidad:

Solo cabe la comisión dolosa (dolo directo: quiere crear la resolución para que se suicide).

Participación:

No caben "participaciones en la participación". En los casos de "doble suicidio por amor" o "pactos suicidas" donde la inducción es recíproca, se ha de castigar al superviviente (si lo hay, claro).

Tentativa:

No es punible la tentativa.

Entradas relacionadas: