Conceptos Fundamentales del Derecho y su Ordenamiento
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Leyes y Normas de Conducta
Leyes de la Naturaleza
Juicios enunciativos que describen ciertas relaciones y fenómenos de la naturaleza.
Normas de Conducta
Aquella ordenación de la conducta humana de acuerdo a un criterio de valor y cuyo incumplimiento trae aparejada una sanción.
Clasificación de las Normas de Conducta
- Normas de trato social: Buscan hacer agradable la vida social.
- Normas Morales: Buscan el perfeccionamiento de la persona.
- Normas Jurídicas: Regulan la conducta.
Características de las Normas Jurídicas
- Finalidad
- Alteridad o bilateralidad
- Abstracción
- Generalidad
- Coercibilidad
- Carácter estatal
Clasificación del Derecho
Derecho Objetivo
Tiene como fin mantener el orden y la paz social.
Derecho Subjetivo
Facultad o potestad de las personas.
Derecho Natural
Principios y derechos propios e inherentes a la naturaleza humana.
Derecho Positivo
Conjunto de normas jurídicas que emanan del poder estatal.
Derecho Público
Regula la organización del Estado y sus relaciones con los particulares. Incluye:
- Función Constituyente
- Función Legislativa
- Función Administrativa
- Función Judicial
Derecho Privado
Regula las relaciones entre particulares. Incluye:
- Derecho Civil: Regula aspectos fundamentales como la familia y la propiedad.
- Derecho Comercial
- Derecho Laboral
Fuentes del Derecho
Orígenes de las normas jurídicas:
- Fuentes materiales o reales: Factores históricos, políticos, sociales, económicos, culturales, religiosos, etc., que influyen en la creación del derecho.
- Fuentes formales: Procedimientos o formas mediante los cuales se crean las normas jurídicas. Incluyen:
- Potestad Constituyente (Creación, Modificación, Interpretación de la Constitución)
- Potestad Legislativa (Creación, Modificación, Interpretación de leyes)
- Potestad Reglamentaria (Dictación de reglamentos)
- Potestad normativa de los particulares (Ej: contratos, estatutos)
Tipos de Leyes y Normas Específicas
La Ley
Mandato expreso emanado de la autoridad pública competente. Características:
- Regla social obligatoria
- Emanada de la autoridad pública
- Debe ser cumplida
- Su incumplimiento puede ser sancionado por la fuerza
- General (aplicable a todos los que se encuentren en la misma situación)
- Permanente (rige hasta su derogación)
- Cierta (conocida o susceptible de ser conocida)
La Constitución
Norma fundamental del ordenamiento jurídico, basada en el principio de supremacía constitucional. Funciones principales:
- Proclamar los principios y valores del Estado
- Reconocer y delimitar derechos y libertades fundamentales
- Establecer los órganos del Estado y sus funciones
- Consagrar el procedimiento para su propia reforma
- Señalar mecanismos de solución de conflictos
Leyes Orgánicas Constitucionales (LOC)
Regulan materias específicas que la Constitución les encomienda, requiriendo un quórum especial para su aprobación, modificación o derogación.
Ley Interpretativa de la Constitución
Tienen por finalidad fijar el sentido y alcance de una disposición constitucional.
Leyes de Quórum Calificado
Requieren para su aprobación, modificación o derogación un quórum mayor al de las leyes comunes. Ejemplo: Ley que autoriza al Estado a emprender una determinada actividad económica.
Leyes Comunes u Ordinarias
Constituyen la regla general en materia legislativa y requieren mayoría simple para su aprobación.
Decreto Ley
Norma con rango de ley dictada por el poder ejecutivo en situaciones excepcionales o de quiebre institucional, generalmente cuando el poder legislativo no puede funcionar.
Decreto con Fuerza de Ley (DFL)
Norma dictada por el Presidente de la República sobre materias legales, previa delegación de facultades por parte del Congreso Nacional.
Tratados Internacionales
Acuerdos suscritos entre dos o más Estados u organismos internacionales, que generan derechos y obligaciones.
La Costumbre Jurídica
Fuente del derecho basada en la repetición constante y uniforme de una conducta por parte de la colectividad, con la convicción de que responde a una necesidad jurídica. Características:
- Puede ser anterior a la ley escrita.
- Requiere observancia constante y uniforme.
- Necesita reiteración y aceptación general (opinio iuris).
La Jurisprudencia
Conjunto de principios y doctrinas contenidos en las decisiones o fallos de los tribunales de justicia. En muchos sistemas, no es una fuente formal vinculante, pero tiene gran influencia.
La Doctrina
Comprende las opiniones, estudios y teorías sustentadas por los juristas y autores, exponiendo su criterio sobre distintas materias del derecho.
Derechos Constitucionales y Recursos
Derechos Constitucionales (Ejemplos)
- Derecho a la vida y a la integridad física y psíquica
- Igualdad ante la ley
- Derecho a la libertad personal y seguridad individual
- Derecho de reunión y asociación
- Derecho de propiedad
Recurso de Protección
Acción constitucional destinada a garantizar el legítimo ejercicio de determinados derechos fundamentales frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarios. Características generales:
- Se interpone por escrito.
- Generalmente no requiere patrocinio de abogado (verificar legislación específica).
- Procedimiento rápido y concentrado.
Proceso de Formación de la Ley
Conjunto de etapas para la creación de una ley:
- Iniciativa: Presentación de un proyecto de ley (puede ser mensaje presidencial o moción parlamentaria).
- Discusión: Estudio y debate del proyecto en comisiones y en sala (pleno) en ambas cámaras (Cámara de origen y Cámara revisora).
- Aprobación: Votación favorable del proyecto en ambas cámaras.
- Sanción Presidencial: Aprobación del proyecto por el Presidente (puede ser expresa o tácita). El Presidente también puede vetar (rechazar) total o parcialmente el proyecto.
- Promulgación: Acto formal por el cual el Presidente certifica la existencia de la ley y ordena su cumplimiento.
- Publicación: Inserción del texto de la ley en el Diario Oficial (u otro medio oficial), momento a partir del cual se presume conocida y entra en vigencia (salvo que la ley establezca otra fecha).
Flujo general: Cámara de origen -> Cámara revisora -> (Eventual) Comisión mixta (si hay desacuerdos) -> Aprobación final -> Control de Constitucionalidad (si aplica) -> Sanción Presidencial -> Promulgación y Publicación.
Tipos de Urgencia Legislativa
Mecanismos para acelerar la tramitación de un proyecto de ley (plazos pueden variar según país):
- Simple Urgencia: Plazo total aproximado de 30 días para el despacho del proyecto.
- Suma Urgencia: Plazo total aproximado de 10 o 15 días.
- Discusión Inmediata: Plazo total aproximado de 3 o 6 días.
Efectos de la Ley
- En el tiempo: La ley rige desde su entrada en vigencia (generalmente su publicación) hasta su derogación. Rige hacia el futuro (principio de irretroactividad), salvo excepciones expresas.
- Respecto a las personas: La ley es obligatoria para todos los habitantes del territorio (nacionales y extranjeros). Se presume su conocimiento por todos (nadie puede alegar ignorancia de la ley).
- En el territorio: La ley rige dentro de los límites territoriales del Estado que la dictó (principio de territorialidad), con excepciones relativas al estatuto personal o relaciones jurídicas extraterritoriales.
Relación Jurídica
Vínculo entre dos o más sujetos regulado por el derecho objetivo, del cual emanan derechos y deberes correlativos. Elementos:
- Sujeto activo: Titular del derecho subjetivo (ej: acreedor).
- Sujeto pasivo: Titular del deber jurídico correlativo (ej: deudor).
- Objeto: Prestación debida (puede ser dar, hacer o no hacer algo).
- Contenido: Conjunto de derechos y deberes que componen la relación.
Nota: Ambos sujetos deben tener capacidad jurídica o de goce (aptitud para ser titular de derechos y obligaciones).
Tipos de Personas
Personas Naturales
Todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición.
Atributos de las Personas Naturales
- Capacidad de goce: Aptitud para ser titular de derechos y obligaciones (se adquiere con el nacimiento).
- Nacionalidad: Vínculo jurídico que une a una persona con un Estado.
- Nombre: Designación oficial que individualiza a la persona.
- Estado civil: Posición jurídica de una persona en relación con la familia (soltero, casado, viudo, etc.).
- Domicilio: Lugar de residencia habitual con ánimo de permanencia.
- Patrimonio: Conjunto de derechos y obligaciones avaluables en dinero.
Personas Jurídicas
Entes ficticios creados por ley o por iniciativa privada, capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representadas judicial y extrajudicialmente.
Clasificación Principal
- De derecho público: Creadas por ley para cumplir funciones públicas (Ej: Estado, Municipalidades, Servicios Públicos).
- De derecho privado: Creadas por iniciativa de particulares para fines diversos. Pueden ser:
- Con fines de lucro: Sociedades (comerciales, civiles).
- Sin fines de lucro: Corporaciones, fundaciones.
Atributos de las Personas Jurídicas
- Nombre: Razón social o denominación.
- Nacionalidad: Determinada generalmente por el lugar de constitución o sede principal.
- Domicilio: Lugar donde tienen su administración o sede principal.
- Patrimonio: Propio y distinto del de sus miembros.
- Capacidad: Tienen capacidad de goce y ejercen sus derechos y obligaciones a través de sus representantes legales.