Conceptos Fundamentales del Derecho: Natural y Positivo

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Derecho Natural

Es el conjunto de principios intrínsecamente justos, derivados de la razón divina y descubiertos por la inteligencia del hombre, que por encima del derecho positivo regulan la actividad humana.

Características del Derecho Natural

  1. Bilateralidad: Relación jurídica entre dos o más personas, conformada por un sujeto activo y un sujeto pasivo.
  2. Imperatividad: La norma jurídica impone un deber.
  3. Obligatoriedad: Es de obligatorio cumplimiento por encima y en contra de la voluntad de una persona.
  4. Exigibilidad: Es la obligación que tienen las partes de exigir el cumplimiento de las cláusulas contractuales.

El Derecho Positivo

Es un conjunto de normas o principios creados por el hombre que, en un momento y lugar determinado, rigen con carácter de obligatoriedad la conducta de los integrantes del grupo social.

Subclasificación del Derecho Positivo

  1. Derecho Positivo Vigente

    Es el derecho que, en un momento determinado de la historia, es de obligatorio cumplimiento por parte de la comunidad. Es obligatorio una vez que ha sido promulgado por el Poder Público en la Gaceta Oficial, tal y como lo establece el Código Civil, Art. 1.

    • Eficaz: El Derecho Positivo es eficaz cuando los hombres, en la práctica, observan o cumplen las normas que lo integran.
    • Ineficaz: El Derecho Positivo es ineficaz cuando, aun habiéndose dictado la norma, esta no es acatada por los ciudadanos.
  2. Derecho Positivo Derogado

    Es el conjunto de normas jurídicas que ha sido sustituido por otras y, en razón de ello, pasa a formar parte del llamado Derecho Histórico.

  3. Derecho Positivo Público

    Es el que regula las relaciones de los órganos del Estado entre sí, y de estos con los particulares, siempre y cuando el Estado actúe revestido de su potestad o imperio.

    El Derecho Penal se ubica dentro del Derecho Público; es el Estado el que establece las conductas antijurídicas.

  4. Derecho Positivo Privado

    Es el que regula las relaciones jurídicas entre los particulares entre sí, y de estos con el Estado, siempre que el Estado se manifieste despojado de su potestad o imperio.

  5. Derecho Positivo Sustantivo

    Es aquella parte de la disciplina jurídica que establece las obligaciones y los derechos o facultades de los sujetos vinculados por un ordenamiento jurídico.

    Ejemplos de Derechos Sustantivos:

    • Código Civil
    • Código Penal
  6. Derecho Positivo Adjetivo

    Es aquella parte de la disciplina jurídica que sirve de garantía para que los deberes y derechos establecidos en el Derecho Sustantivo puedan hacerse valer.

    ¿Cuáles son esos procedimientos que vamos a seguir en los casos en que el Derecho Sustantivo sea violado?

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