Conceptos Fundamentales del Derecho Laboral y sus Características
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Derecho del Trabajo
Para el Dr. Rafael Caldera, el derecho del trabajo es el conjunto de normas jurídicas que regulan el trabajo como un hecho social, para amparar la dignidad humana del trabajador y su familia como factor de desarrollo en la sociedad.
Orden Público
Se entiende por orden público el conjunto de principios y valores de la vida social que se consideran fundamentales en la organización social de un país, que pasan a integrar la consciencia jurídica y que a su vez constituyen tutelas jurídicas privilegiadas.
Principios
Los principios del derecho del trabajo son aquellas ideas fundamentales o líneas o directrices propias de ese derecho, que informan e inspiran directa o indirectamente las normas laborales y por lo general tienen dos funciones fundamentales:
- Interpretar la ley es descubrir el sentido correcto de la norma con la finalidad objetiva para determinar su verdadero alcance en cuanto a las relaciones jurídicas que ella comprende.
Relación de Trabajo
Se entiende por relación de trabajo la que surge por el hecho de la incorporación efectiva del trabajador a la prestación de los servicios en beneficio de un empleado o empleada, cualesquiera que sea el acto que le dé origen.
Para el Dr. Rafael Alfonzo Guzmán, el contrato de trabajo es aquel mediante el cual el trabajador se obliga a permanecer personalmente a disposición del patrono o empleador con el fin de prestarle sus servicios manuales o no manuales, en condiciones que le aseguren el bienestar, la salud y la vida en el trabajo a cambio de una remuneración o salario.
Características del Contrato de Trabajo
- El contrato de trabajo es consensual, se perfecciona con el consentimiento (acuerdo) libremente manifestado por la parte contratante.
- El contrato de trabajo es bilateral ya que el patrón o el trabajador se obligan recíprocamente.
- El contrato de trabajo es oneroso porque cada una de las partes trata de procurarse una ventaja mediante una equivalente.
- El contrato de trabajo es conmutativo porque cada una de las partes conoce las ventajas e inconvenientes.
- El contrato de trabajo es personalísimo en lo que respecta al trabajador y excepcionalmente al patrono en caso de sustitución.
- El contrato de trabajo es de tracto sucesivo. Se cumple día a día, semana a semana, quincena a quincena, mes a mes, año a año, de manera que sus efectos no se reducen solo al momento de contratación.
Salario
Salario Integral o Legal
Se entiende por salario la remuneración o ventaja, cualquiera que fuere su denominación o método de cálculo siempre que pueda evaluarse en moneda de curso legal, que corresponda al trabajador por la prestación del servicio.
Salario Normal
La remuneración devengada por el trabajador en forma regular y permanente durante su jornada de trabajo, sea efectiva u ordinaria, como contribución por la labor prestada.
Salario Mínimo
La remuneración mínima que le corresponde al trabajador por la contraprestación del servicio que a su vez sea capaz de satisfacer las necesidades más elementales del trabajador y su familia, tales como, alimentación, vivienda, higiene, vestido, transporte.
El salario se podrá estipular por unidad de tiempo, por unidad de obra, por pieza o a destajo, por tarea y por comisión (Art. 112).
Salario por Unidad de Tiempo
Se entenderá que el salario ha sido estipulado por unidad de tiempo, cuando se toma en cuenta el trabajo que se realiza en un determinado lapso, sin usar como medida el resultado del mismo. (Art. 113)
Salario por Unidad de Obra, por Pieza o a Destajo
Se entenderá que el salario ha sido estipulado por unidad de obra, por pieza o a destajo, cuando se toma en cuenta la obra realizada por el trabajador, sin usar como medida el tiempo empleado para ejecutarla (Art. 114)