Conceptos Fundamentales del Derecho Laboral

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El Sindicato

El Sindicato es la asociación permanente de personas que ejercen cierta actividad profesional para la representación y mejora de sus intereses profesionales y de sus condiciones de vida.

Excepciones al Derecho de Sindicación

Se exceptúa del derecho de sindicación a los miembros de las Fuerzas Armadas y de los institutos armados de carácter militar, los jueces, magistrados y fiscales (mientras estén en activo). Los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad que no tengan carácter militar se regirán por su normativa específica.

Sindicatos Más Representativos

En el ámbito estatal, deben contar con un mínimo del 10% de delegados de personal y de los miembros de comité de empresa y órganos de administraciones públicas. En el ámbito de Comunidades Autónomas, son más representativos los sindicatos que acrediten más de un 15% de los delegados de personal y los representantes de los trabajadores.

Representación de los Trabajadores

Representación de los Empleados Públicos

Todos los funcionarios públicos están representados por:

  • Delegados de Personal (Empleados Públicos)

    Se eligen en las unidades que tengan más de 10 funcionarios y menos de 50. También puede existir en trabajos con entre 6 y 10 trabajadores.

  • Junta de Personal (Empleados Públicos)

    Se constituyen cuando los centros de trabajo cuentan con un mínimo de 50 funcionarios.

Representación de los Trabajadores en General

  • Delegados de Personal (Empresa Privada)

    Existirán en centros de trabajo que tengan entre 11 y 49 trabajadores:

    • Hasta 30 trabajadores: 1 delegado
    • De 31 a 49 trabajadores: 3 delegados

    En centros con entre 6 y 10 trabajadores puede haber uno. Actúan de forma conjunta por decisiones adoptadas por la mayoría.

  • Comité de Empresa

    Es el órgano representativo y colegiado del conjunto de trabajadores en los centros de trabajo que cuenten con un mínimo de 50 trabajadores:

    • De 50 a 100 trabajadores: 5 miembros
    • De 101 a 250 trabajadores: 9 miembros
    • De 251 a 500 trabajadores: 13 miembros
    • De 501 a 750 trabajadores: 17 miembros
    • De 751 a 1000 trabajadores: 21 miembros
    • A partir de 1000 trabajadores: 2 por cada mil o fracción, con un máximo de 75 miembros.
  • Secciones Sindicales

    Son agrupaciones de los trabajadores afiliados a un sindicato en los centros de trabajo. Hay tres tipos:

    • Sin presencia en los órganos de representación unitaria.
    • Con presencia en los órganos de representación unitaria.
    • Secciones sindicales de los sindicatos más representativos.

    Derechos de las últimas dos (con presencia y más representativas):

    • Disponer de un tablón de anuncios.
    • Disponer de un local.
    • Participar en la negociación colectiva.

    Número de miembros de las secciones sindicales (para sindicatos con presencia en el comité y más representativos, según el número de trabajadores 'T'):

    • No han obtenido el 10% de los votos: 1 miembro.
    • Más del 10% de votos:
      • De 250 a 750 T: 1 miembro.
      • De 751 a 2000 T: 2 miembros.
      • De 2001 a 5000 T: 3 miembros.
      • De 5001 en adelante: 4 miembros.

Derechos y Deberes de los Trabajadores

Derechos Básicos

  1. Derecho al trabajo y a la libre elección de la profesión u oficio.
  2. Derecho a la libre sindicación.
  3. Derecho a la negociación colectiva.
  4. Derecho a adoptar medidas de conflicto colectivo.
  5. Derecho de reunión.
  6. Derecho a la participación en la empresa a través de sus órganos de representación.
  7. Derecho a la ocupación efectiva.

Derechos en las Relaciones de Trabajo

  1. Derecho a la promoción y a la formación profesional en el trabajo.
  2. Derecho a un trato igual y no discriminatorio.
  3. Derecho a la integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
  4. Derecho al respeto de la intimidad personal.
  5. Derecho al descanso.

Deberes de los Trabajadores

  1. Obligación de cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo.
  2. Respetar y cumplir las medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
  3. Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario.
  4. No realizar competencia desleal.
  5. Otras obligaciones que se deduzcan del contrato de trabajo.

Potestades y Deberes del Empresario

Potestades del Empresario

  1. El poder de dirección.
  2. Poder de dirección extraordinario.
  3. Poder disciplinario.

Deberes del Empresario

  1. Respetar los derechos de los trabajadores.
  2. Deber de cumplir con la normativa laboral en todos sus aspectos.

Convenios Colectivos

Los Convenios Colectivos son acuerdos escritos relativos a las condiciones de trabajo y de empleo, celebrados entre empresarios y trabajadores. Sus ámbitos de aplicación son:

  • Ámbito de aplicación: personas afectadas por el convenio.
  • Ámbito territorial: espacio geográfico en que produce efectos el convenio.
  • Ámbito funcional: sector o rama de actividad.
  • Ámbito personal: personas afectadas.
  • Ámbito temporal: duración del convenio.

Conflictos Colectivos

Los Conflictos Colectivos surgen entre empresario y trabajador o sus representantes. Hay dos tipos:

Tipos de Conflictos Colectivos

  • Jurídicos: Surgen a propósito de la interpretación o aplicación de una norma preexistente y tienen por objeto determinar el alcance y contenido de la norma controvertida con vistas a su aplicación.
  • Económicos: Sobre la regulación de una determinada materia laboral.

Medidas de Solución de Conflictos Colectivos

Las medidas de solución de los conflictos colectivos son la huelga y el cierre patronal.

Procedimientos de Solución de Conflictos Colectivos

Los procedimientos de solución de conflictos colectivos pueden ser:

  • Procedimientos no jurisdiccionales: negociación, conciliación, mediación, arbitraje.
  • Procedimiento jurisdiccional: el juez interviene.

En España, para resolver el conflicto, existen dos vías: la administrativa (conciliación y arbitraje) y la judicial.

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