Conceptos Fundamentales del Derecho Civil y Evolución Legislativa en México

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Conceptos y Evolución del Derecho

1. Sentidos de la palabra Derecho

El término derecho puede entenderse desde diversas perspectivas:

  • Objetivo: Conjunto de normas creadas por un órgano constitucional facultado para regular la conducta y buscar el bien común.
  • Subjetivo: Facultad emanada de la norma jurídica.
  • Ciencia: Disciplina que estudia las ramas del derecho y sus diversas áreas.
  • Aspiración: Entendido como el ideal de alcanzar la justicia.

2. El Ius Civile y su relación histórica

El ius civile corresponde al derecho de gentes (ius gentium), el cual contiene los principios jurídicos comunes a todos los pueblos.

3. Ordenamientos legales de procedencia hispana en la Nueva España

Durante la época colonial, la legislación aplicada en la Nueva España incluyó:

  • Legislación de las Indias.
  • Recopilaciones como la Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias.
  • La Copulata de Leyes de Indias y las leyes generales del reino.

4. Evolución del Código Civil para el Distrito Federal

Hitos importantes en la legislación civil y familiar:

  • 1914: Ley del Divorcio Vincular (permite disolver el vínculo para contraer matrimonio nuevamente).
  • 1917: Ley de Relaciones Familiares (regula lo relativo a la familia, reconoce la adopción y la separación de bienes).
  • 1917: Expedición de la actual Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • 1928: Se expide el nuevo Código Civil para el D.F., el cual entró en vigor en 1932.

5. La costumbre en la Ley Federal del Trabajo

El artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo establece que la costumbre y la equidad son fuentes del derecho; este es un ejemplo claro de costumbre delegada.

6. Contratos de arrendamiento en moneda extranjera

Si un cliente acude a un despacho para elaborar un contrato de arrendamiento y desea pagar en dólares, el notario o abogado debe redactar una cláusula de conformidad con el artículo 7 del Código Civil. Esta debe ser en términos claros y precisos para que no quede duda de que se está renunciando al pago de la renta en moneda nacional.

7. Límites a la aplicación del Derecho Extranjero

No se aplica el derecho extranjero cuando las disposiciones de este, o el resultado de su aplicación, sean contrarios a los principios o instituciones fundamentales del orden público mexicano.

8. El Acto Jurídico Unilateral

El acto jurídico es unilateral cuando consiste en manifestaciones de la voluntad encaminadas a la creación de derechos por una sola de las partes.

9. Elementos de existencia: Manifestación de la voluntad

Respecto a la manifestación de la voluntad como elemento de existencia del acto jurídico, en el contexto planteado, la respuesta es: ninguna de las anteriores.

10. Hecho Jurídico y Convenio

Hecho Jurídico en sentido amplio

Es cualquier acontecimiento del hombre o de la naturaleza que produce consecuencias de derecho, independientemente de si existe la intención de producirlas.

Hecho Jurídico en sentido estricto

Acontecimiento que genera consecuencias jurídicas pero donde no interviene la voluntad humana para su creación o, si interviene, no busca específicamente dichas consecuencias.

Convenio

Es el acuerdo de voluntades destinado a modificar, extinguir o crear derechos y obligaciones.

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