Conceptos Fundamentales del Derecho del Trabajo Argentino y la LCT

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Evolución y Conceptos Clave del Derecho del Trabajo

LCT: Ley de Contrato de Trabajo

La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) es el cuerpo normativo principal del derecho individual del trabajo en Argentina. Rige todo lo concerniente al contrato de trabajo, ya sea celebrado en el país o en el exterior, siempre que se ejecute en nuestro territorio.

El Contrato de Trabajo

El Contrato de Trabajo se define como la actividad lícita que se presta en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración. Su principal objeto es la actividad productiva y creadora del ser humano.

Trabajos Excluidos del Ámbito del Contrato Laboral

Ciertas formas de trabajo quedan fuera del alcance de la Ley de Contrato de Trabajo debido a sus características particulares:

  • Trabajo benévolo: Se presta de forma desinteresada, sin buscar beneficio propio. Un ejemplo claro es el trabajo comunitario.
  • Trabajo familiar: Se refiere a las labores realizadas entre cónyuges o por hijos bajo la patria potestad de sus padres.
  • Trabajo autónomo: A diferencia del trabajo benévolo, este es retribuido, pero no implica la nota típica de la dependencia. El trabajador autónomo opera por su cuenta y riesgo (por ejemplo, el dueño de un local comercial), no está sometido a una organización ajena, trabaja de forma independiente y asume los riesgos económicos, pudiendo obtener ganancias significativas, escasas o nulas.

El Trabajador en Relación de Dependencia

El trabajador en relación de dependencia es una persona humana sometida a directivas o instrucciones que se le imparten. Trabaja bajo el riesgo de otro que recibe la tarea y la dirige, por lo tanto, no asume riesgos económicos. Este tipo de trabajador está protegido por la Constitución Nacional (artículo 14 bis) y por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

El Derecho del Trabajo: Definición y Divisiones

Definición de Derecho del Trabajo

El Derecho del Trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones que surgen del hecho social del trabajo dependiente, así como las relaciones emanadas de las asociaciones profesionales entre sí y con el Estado.

Divisiones del Derecho del Trabajo

El Derecho del Trabajo se subdivide en varias ramas para abordar las distintas facetas de las relaciones laborales:

  • Derecho individual del trabajo: Se ocupa de las relaciones entre los sujetos individualmente considerados: el trabajador y el empleador.
  • Derecho colectivo del trabajo: Regula las relaciones de los sujetos colectivos, como las asociaciones profesionales de trabajadores, los grupos o entidades representativas de los empleadores, y las relaciones de estos con el Estado.
  • Derecho internacional del trabajo: Está constituido por los tratados internacionales celebrados entre los distintos Estados, la legislación referida a la integración regional, y por los convenios y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
  • Derecho administrativo y procesal del trabajo: Se ocupa del procedimiento en la órbita judicial ante los tribunales del trabajo y del procedimiento administrativo relacionado con las cuestiones laborales.

El Principio Protectorio del Derecho del Trabajo

El Derecho del Trabajo posee un carácter protectorio fundamental. Este principio surge de la realidad de que el trabajador es la parte más débil en la relación laboral. Mientras los empleadores suelen contar con los recursos suficientes para imponer determinadas condiciones contractuales, los trabajadores, a la hora de negociar, solo disponen de su fuerza de trabajo. Es en este contexto de desigualdad donde nace y se justifica el principio protectorio, buscando equilibrar la balanza y salvaguardar los derechos del empleado.

El Orden Público Laboral

El Orden Público Laboral es el conjunto de valores morales, éticos, sublimes y superlativos que rigen en una sociedad en un momento determinado. Es un concepto dinámico que evoluciona con el tiempo. Al establecerse un contrato entre el empleador y el trabajador, es imperativo respetar este orden público laboral, ya que establece límites inderogables a la autonomía de la voluntad de las partes en beneficio de la protección del trabajador y del interés social.

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