Conceptos Esenciales de Sindicatos y Contratación Colectiva en el Ámbito Laboral

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Sindicato

El sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.

Coalición

La coalición es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores o de patrones para la defensa de sus intereses comunes.

Pueden formar parte de los sindicatos los trabajadores mayores de catorce años.

Prohibiciones para los Sindicatos

  • Intervenir en asuntos religiosos.
  • Ejercer la profesión de comerciantes con ánimo de lucro.

Disolución de los Sindicatos

  • Por el voto de las dos terceras partes de los miembros que los integran.
  • Por transcurrir el término fijado en los estatutos.

Organización Sindical Superior

Los sindicatos pueden formar Federaciones, que son las agrupaciones de sindicatos. Las Federaciones, a su vez, pueden formar Confederaciones, las cuales se regirán por las disposiciones de la Ley en lo que sean aplicables.

Tipos de Sindicatos

Sindicatos de Trabajadores

  • Gremiales: Son los formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad.
  • De empresa: Son los formados por trabajadores que presten su servicio en una misma empresa.
  • Industriales: Son los formados por trabajadores que presten su servicio a dos o más empresas de la misma rama industrial.

Sindicatos de Patrones

Pueden ser de una o varias ramas de actividades de distintas Entidades Federativas.

Contrato Colectivo de Trabajo

El Contrato Colectivo de Trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con el objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

Obligación de Celebrar Contrato Colectivo

El patrón que emplee trabajadores miembros de un sindicato tendrá la obligación de celebrar con este, cuando lo solicite, un contrato colectivo. Si el patrón se niega a firmar el contrato, los trabajadores podrán ejercitar el derecho de huelga.

Revisión del Contrato Colectivo

La solicitud de revisión deberá hacerse, por lo menos, sesenta días antes de:

  1. El vencimiento del contrato colectivo por tiempo determinado, si este no es mayor de dos años.
  2. El transcurso de dos años, si el contrato por tiempo determinado tiene una duración mayor.
  3. El transcurso de dos años, en los casos de contrato por tiempo indeterminado o por obra determinada.

Terminación del Contrato Colectivo de Trabajo

El contrato colectivo de trabajo termina por:

  1. Mutuo consentimiento.
  2. Terminación de la obra.
  3. Cierre de la empresa o establecimiento, siempre que en este último caso, el contrato colectivo se aplique exclusivamente en dicho establecimiento.

Contrato Ley

El Contrato Ley es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con el objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una rama determinada de la industria.

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