Conceptos Esenciales de la Seguridad Social Española: Claves para Trabajadores y Empresas
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¿Qué es el Número de Cuenta de Cotización (CCC)?
El **Número de Cuenta de Cotización (CCC)** es la asignación de un **número** al empresario por parte de la **Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)**, para su identificación numérica y para el control de sus obligaciones. Dicho **número** es considerado como el principal **Código de Cuenta de Cotización**.
Trabajador Autónomo: Definición para la Seguridad Social
A los efectos de este régimen especial, se entenderá como **trabajador por cuenta propia o autónomo** aquel que realiza de forma **habitual, personal o directa** una actividad económica a **título lucrativo**, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el **servicio remunerado** de otras personas, sea o no titular de una empresa individual o familiar.
¿Qué es un Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE)?
Un **Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE)** es aquel que realiza una actividad económica o profesional a **título lucrativo** y de forma **habitual, personal, directa y predominante** para una persona física o jurídica, denominada cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el **75% de sus ingresos** por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales.
Bonificaciones y Reducciones de Cuotas a la Seguridad Social
Las **bonificaciones** y **reducciones de cuotas** a la **Seguridad Social** son deducciones que resultan de la aplicación de determinados porcentajes en la cuota y que tienen como finalidad la **reducción de los costes de Seguridad Social** de las empresas y la **potenciación del acceso de determinados colectivos al mercado laboral**.
Prestaciones No Contributivas de la Seguridad Social
Las **prestaciones no contributivas** son aquellas que la Seguridad Social otorga a ciudadanos que, aun no habiendo cotizado nunca o lo suficiente, se encuentran en una situación de necesidad protegible. No requieren un periodo mínimo de cotización previo. Incluyen, entre otras, las **pensiones no contributivas de incapacidad permanente y jubilación**, **complementos a mínimos** de las pensiones de la Seguridad Social, y otras **prestaciones familiares** reguladas en la **LGSS** (Ley General de la Seguridad Social).
El Alta de Pleno Derecho en la Seguridad Social
El **alta presunta o de pleno derecho** se produce en aquellos supuestos en los que, aun dándose una prestación de trabajo efectiva y, por lo tanto, una situación de **alta real**, la empresa hubiese incumplido con la obligación de afiliar, dar de alta y cotizar por el trabajador en la **Seguridad Social**.
Definición de Enfermedad Común y Requisitos de Cotización
Una **enfermedad común** es aquella alteración de la salud que no tiene su origen en un accidente de trabajo ni en una enfermedad profesional. Para tener derecho a una prestación por incapacidad temporal derivada de enfermedad común, se requiere haber cotizado como mínimo **180 días** dentro de los **cinco años anteriores** a la **baja médica**.
El Pago Delegado de la Prestación por Incapacidad Temporal
El **pago delegado** de la prestación por **incapacidad temporal (IT)** es el sistema por el cual la empresa abona directamente al trabajador la prestación económica por IT, en nombre y por cuenta de la **Seguridad Social**, para luego compensar dicho importe en las liquidaciones de cuotas. Este mecanismo facilita que el trabajador reciba su prestación de forma más ágil.
Nota: El texto original proporcionado ("Indemnización equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora de la prestación de incapacidad temporal") no corresponde a la definición de pago delegado, sino que describe una indemnización o compensación económica diferente, posiblemente relacionada con despidos o situaciones específicas de incapacidad permanente, no con el abono de la prestación de IT por parte de la empresa.
¿Qué es la Base Reguladora en la Seguridad Social?
La **base reguladora** es un factor clave que se utiliza para determinar el importe de las **prestaciones económicas** a las que se tiene derecho a percibir por parte de la **Seguridad Social**. Se calcula en función de las **bases de cotización** de un determinado periodo, variando su cálculo según el tipo de prestación (jubilación, incapacidad, maternidad, etc.).