Conceptos Esenciales de FOL: Contratación, Retribución y Estructura Organizacional
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Organización Formal
La organización formal es aquella establecida por la dirección de la empresa. Las relaciones se marcan por la posición jerárquica, las actividades son definidas por la dirección y la comunicación sigue canales y jerarquías preestablecidos.
Organización Informal
La organización informal surge espontáneamente. Las relaciones se establecen por amistad, afinidad, etc. Las actividades se realizan voluntariamente y no tienen por qué seguir los fines de la empresa. Los grupos se forman por amistad, afinidad, etc., y la autoridad puede ser ejercida por personas a las que sus compañeros consideran líderes.
Documentos Clave del Expediente Laboral
Los documentos que forman parte de un expediente laboral son esenciales para la gestión de personal. Entre ellos se incluyen:
- Carta de solicitud de empleo
- Currículum Vitae (CV)
- Ficha de datos personales
- Resultados de pruebas de selección a las que fue sometido el candidato
- Títulos de otros estudios realizados
- Otros documentos relevantes para la relación laboral
Retribución de Horas Extraordinarias
La retribución de las horas extraordinarias deberá ser pactada en el convenio colectivo o en el contrato individual de trabajo. Para ello, se podrá optar entre varias opciones:
- Retribución económica: En ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria.
- Compensación: Por el tiempo equivalente de descanso retribuido.
Tipos de Contrato Laboral
Contratos Indefinidos
- Ordinarios: Contratos sin límite de tiempo, que constituyen la regla general en la contratación.
- Fomento de la Contratación Indefinida: Dirigidos a colectivos específicos para incentivar su incorporación al mercado laboral, tales como:
- Jóvenes de 16 a 30 años.
- Personas desempleadas de larga duración.
- Mujeres desempleadas (cuando se contraten para prestar servicios profesionales en sectores con menor índice de empleo femenino).
- Mayores de 45 años.
- Personas con discapacidad.
- Transformación de contratos temporales en indefinidos.
Contratos Temporales
- De Duración Determinada:
- Contrato por obra o servicio determinado.
- Contrato eventual por circunstancias de la producción.
- Contrato de interinidad (sustitución).
- Formativos:
- Contrato para la formación en alternancia.
- Contrato en prácticas.
Trabajo a Tiempo Parcial
Esta modalidad de contrato puede ser temporal o indefinida, e incluye figuras como el contrato fijo-discontinuo y el contrato de relevo.
Otras Modalidades de Contratación
- Contrato de sustitución por anticipación de edad de jubilación.
- Contrato de trabajo a domicilio.
- Contrato de trabajo en grupo.
Contratos Formativos en Detalle
Contrato en Prácticas
- Objetivo: Facilitar la inserción laboral de jóvenes sin experiencia que posean un título universitario o de formación profesional de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, para el ejercicio profesional.
- Duración: Mínimo de 6 meses y máximo de 2 años. Se permiten hasta dos prórrogas, no inferiores a 6 meses cada una. La jornada puede ser completa o a tiempo parcial.
- Retribución: No podrá ser inferior al 60% o al 75% del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto, durante el primer y segundo año, respectivamente.
Contrato para la Formación en Alternancia
- Objetivo: Adquisición de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño de un oficio o puesto de trabajo. Puede celebrarse con personas mayores de 16 años y menores de 30 años.
- Duración: Mínimo de 3 meses y máximo de 2 años, en ningún caso superior a 3 años si se incluyen prórrogas.
- Retribución: Será fijada en convenio colectivo, sin que pueda ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Colectivos a los que no se les aplica el límite de edad para el contrato para la formación en alternancia:
- Personas con discapacidad.
- Personas en situación de exclusión social.
- Participantes en programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo.
- Personas desempleadas que lleven más de dos años sin actividad laboral.
- Extranjeros desempleados durante los dos primeros años de vigencia de su permiso de trabajo.