Conceptos Esenciales del Estatuto Administrativo Chileno
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Estatuto Administrativo: Conceptos Fundamentales
El Estatuto Administrativo rige a la generalidad de las personas que se desempeñan en la función pública en Chile.
Tipos de Nombramiento
Planta
Es aquel en el cual el funcionario es nombrado para un cargo de carácter permanente.
- Titular: Es el funcionario nombrado para el cargo de planta.
- Suplente: Es un reemplazo transitorio que no debe superar los 15 días.
- Subrogante: Es un reemplazo inmediato que debe superar los 15 días de reemplazo.
Contrata
Son designaciones transitorias que efectúa el jefe superior de un servicio. Su duración máxima es hasta el 31 de diciembre, salvo prórroga.
Remuneración en la Función Pública
La remuneración es un derecho reconocido por la Constitución Política de la República.
Características de la Remuneración
- Son Inembargables: Solo se puede embargar hasta un 50% judicialmente por pensión alimenticia, fisco o su misma institución.
- Son Indeducibles: Los descuentos no pueden superar el 15% y deben estar autorizados por el funcionario.
- No Anticipables: No se pueden recibir pagos por adelantado.
- Son Irrenunciables: El funcionario no puede renunciar a su derecho a la remuneración.
- Se Devengarán: La remuneración se devenga desde el día en que el servidor asume el cargo.
Tipos de Descuentos
- Descuentos Obligatorios: Constituidos por los impuestos, las cotizaciones de seguridad social y los demás establecidos expresamente por las leyes.
- Descuentos Voluntarios: Incluyen los dispuestos por las asociaciones de funcionarios y otros de cualquier naturaleza.
Conceptos Relacionados con la Remuneración
Tope Imponible
Límite máximo establecido en Unidades de Fomento (UF) que se aplica para el cálculo de las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, salud y ley de accidentes del trabajo. Se reajusta anualmente.
Imponible
Son aquellos emolumentos afectos a cotizaciones previsionales y de salud, las que son la base para la obtención de beneficios de esa índole. Las cotizaciones previsionales son de cargo de los trabajadores; el empleador solo tiene la obligación de deducirlas y enterarlas en la institución previsional respectiva.
No Imponible
Comprende a todos aquellos emolumentos que por expreso mandato de la ley no están afectos a cotizaciones previsionales y de salud.
Asignaciones en el Sector Público
Algunas asignaciones comunes incluyen:
- Asignación Profesional
- Gastos de Representación
- Asignación Única Tributable
- Incremento Previsional
- Asignación Sustitutiva (que sustituye, entre otras, la asignación de colación y movilización)
- Asignación de Responsabilidad Superior
Otras asignaciones o beneficios no imponibles pueden ser:
- Colación
- Movilización
- Asignación Familiar
- Asignación Licencia Médica
- Caja
- Herramienta
- Viático
Asignación Familiar
¿Quiénes se consideran causantes de esta asignación?
- La cónyuge y el cónyuge inválido.
- Los hijos y los adoptados hasta los 18 años; los mayores de edad y hasta los 24 años, solteros, que sigan cursos regulares en la enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidas por este.
- Hijastros e inválidos de cualquier edad.
- Los nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por estos, en las mismas condiciones que en el punto anterior.
- La madre viuda.
- Los ascendientes (padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, etc.) mayores de 65 años.
- Los niños huérfanos o abandonados (en las mismas condiciones que los hijos) y los inválidos que estén a cargo de instituciones del Estado o reconocidas por este, para su crianza y mantención.
- Los menores que hubiesen sido confiados al cuidado de personas naturales en virtud de una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
Normas Internas sobre Remuneración
Las normas internas pueden regular aspectos como:
- Las horas en que empieza y termina el trabajo y las de cada turno.
- Si el trabajo se efectúa en equipos.
- Los descansos.
- Los diversos tipos de remuneración.
- El lugar, día y hora de pago de las remuneraciones.
- La designación de los cargos ejecutivos o dependientes del establecimiento ante quienes los trabajadores deben plantear sus peticiones, reclamos, consultas y sugerencias.
Forma de Pago de Remuneraciones
Las remuneraciones deben pagarse en moneda de curso legal. Solo a solicitud del trabajador se pueden pagar con cheque o vale vista bancario a su nombre. El legislador obliga al empleador a que las remuneraciones se paguen en dinero efectivo, y solo a requerimiento del propio trabajador se puede hacer con cheque o vale vista. Así, el empleador no podría imponer una modalidad distinta al pago en efectivo, salvo que por escrito el trabajador solicite el pago en cheque o vale vista bancario.