Conceptos Esenciales del Contrato de Trabajo y Derechos Laborales

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Movilidad Funcional en el Contrato de Trabajo

La movilidad funcional se refiere a la capacidad de un trabajador para desempeñar diferentes funciones dentro de la empresa. Estas funciones dependen del grupo o categoría profesional a la que pertenece, según lo estipulado en su contrato de trabajo.

Categorías Profesionales

No se exige una causa justificada para el cambio de funciones dentro de la misma categoría profesional. Al trabajador se le garantiza el salario que estaba recibiendo.

Funciones de Categoría Superior

Mientras el trabajador ejecute funciones de una categoría superior, tendrá derecho a recibir el salario correspondiente a dicha categoría. Por ejemplo, cuando las funciones superiores le sean atribuidas y se ejecuten por un periodo de más de 6 meses durante un año.

Funciones de Categoría Inferior

Cuando se desarrollen funciones de categoría inferior a la estipulada en el contrato, solo se podrán realizar por necesidades urgentes e imprevisibles y por el tiempo imprescindible. El salario del trabajador no se puede reducir.

Movilidad Geográfica Laboral

La movilidad geográfica ocurre cuando, por razones económicas, técnicas, de producción u organizativas, el trabajador puede ser trasladado a un nuevo centro de trabajo que implique un cambio de residencia.

Traslado Definitivo

El traslado definitivo tiene carácter permanente. El trabajador no podrá optar entre aceptar el traslado definitivo o dar por finalizado su contrato con una indemnización de 20 días por año trabajado.

Desplazamiento Temporal

El desplazamiento tiene carácter temporal y no puede alcanzar una duración superior a 12 meses en un periodo de 3 años. El trabajador cobrará todos los gastos del desplazamiento (comida, alojamiento) y tendrá derecho a 4 días de permiso cada 3 meses.

Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo

La empresa, justificando razones económicas o técnicas, está autorizada a modificar sustancialmente las condiciones de trabajo, tales como:

  • Jornada de trabajo
  • Horarios
  • Régimen de trabajo a turnos
  • Sistemas de remuneración
  • Sistemas de trabajo y rendimiento
  • Funciones, cuando excedan los límites de la movilidad funcional

Suspensión del Contrato de Trabajo

La suspensión del contrato es la interrupción temporal de la prestación laboral del trabajador por una serie de causas señaladas en el Estatuto de los Trabajadores.

Causas de Suspensión

  • Mutuo acuerdo de las partes y causas consignadas en el contrato.
  • Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias.
  • Ejercicio de cargo público elegido o designado.
  • Huelga de trabajadores.
  • Cierre legal de la empresa.
  • Maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, adopción o acogimiento.
  • Incapacidad temporal.
  • Fuerza mayor temporal.
  • Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ERTE).

Excedencia Laboral: Tipos y Derechos

La excedencia es el derecho de los trabajadores a no prestar sus servicios temporalmente en la empresa durante un cierto tiempo.

Tipos de Excedencia

Excedencia Voluntaria

Puede ser solicitada por el trabajador con una antigüedad mínima de 1 año en la empresa. La duración de la excedencia voluntaria es de un mínimo de 4 meses y un máximo de 5 años. El trabajador no tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo, solo a un derecho preferente al reingreso en vacantes de igual o similar categoría.

Excedencia Forzosa

Es solicitada por trabajadores elegidos o nombrados para un cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo. Tienen derecho a la reserva de su puesto de trabajo y al cómputo de la antigüedad durante el tiempo que dure la excedencia.

Extinción del Contrato de Trabajo: Causas y Tipos de Despido

La extinción del contrato de trabajo implica la finalización de la relación laboral entre el trabajador y la empresa.

Causas de Extinción

  • Por voluntad de las partes: Mutuo acuerdo o causas señaladas en el contrato.
  • Por el paso del tiempo señalado: En contratos de duración determinada.
  • A petición del trabajador: Dimisión o voluntad del trabajador.
  • Por causas objetivas:
    • Ineptitud del trabajador.
    • Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas.
    • Necesidad de amortizar puestos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Despido Procedente

Se produce cuando el empresario aprueba la causa alegada para el despido y este es firme. El trabajador no tiene derecho a indemnización, salvo en el caso de despido por causas objetivas.

Despido Improcedente

Ocurre cuando no ha quedado probada la causa que se alega para el despido, o cuando no se han cumplido los requisitos formales establecidos. El empresario deberá optar entre la readmisión del trabajador o el pago de una indemnización.

Despido Disciplinario

Es la extinción del contrato de trabajo por decisión del empresario, ante un incumplimiento grave y culpable del trabajador. No conlleva indemnización si es declarado procedente.

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