Conceptos Esenciales de Cheques, Letras de Cambio y Pagarés

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Tipos de Cheques y sus Características

Cheque al Portador

El cheque al portador no designa ningún nombre; solo se indica 'al portador'. Este cheque puede ser cobrado por cualquier persona que lo presente.

Cheque Cruzado

El cheque cruzado es aquel que se cruza en el anverso con dos rayas transversales, con la finalidad de que no pueda ser cobrado en efectivo, sino que deba ser ingresado en una cuenta bancaria. Se distingue entre:

  • Cheque Cruzado General: Entre las dos rayas no se nombra ningún banco.
  • Cheque Cruzado Especial: Lleva escrito el nombre de una entidad bancaria específica.

Cheque Nominativo a la Orden

Son cheques que se extienden a nombre de una persona y esta puede transmitirlos por endoso.

Cheque Nominativo No a la Orden

Esta modalidad se distingue porque no se transmite mediante endoso.

Cheque para Abonar en Cuenta

Este cheque no se puede pagar en ventanilla, sino que el dinero debe ser ingresado en una cuenta bancaria.

Cheque Conformado

El cheque conformado acredita la autenticidad del cheque y la existencia de fondos suficientes en la cuenta del librador para pagar el importe del cheque.

Cheque Bancario

El cheque bancario es una forma de pago que se puede solicitar en los bancos para efectuar un desembolso. Presenta las siguientes peculiaridades:

  • Es nominativo: Lo extiende el banco a petición del titular de la cuenta.
  • El banco retira de la cuenta la cantidad del cheque en el momento de su emisión.
  • Tiene la garantía de que siempre será pagado.
  • El banco cobrará una comisión por su emisión.

Las Letras de Cambio

La Letra de Cambio es un documento de pago que sirve para realizar operaciones a crédito, permitiendo aplazar el pago hasta la fecha indicada.

Funciones de la Letra de Cambio

  • Sirve como medio de pago, sustituyendo el pago al contado.
  • Permite la concesión de crédito o aplazar un pago con la garantía de que, si no se paga, se procederá al cobro forzoso mediante acciones judiciales.
  • Permite obtener dinero y liquidez mediante su descuento.

Personas que Intervienen en la Letra de Cambio

  • Librador: Generalmente, un vendedor o acreedor que emite la letra.
  • Librado: El deudor o comprador que debe pagar la letra.
  • Tomador/Beneficiario: La persona que recibe la letra del librador para cobrarla al librado en el vencimiento.
  • Endosante: La persona que posee la letra y la transmite a otra mediante endoso.
  • Endosatario: La persona que recibe la letra mediante endoso.
  • Avalista: Quien garantiza el pago de la letra en caso de incumplimiento del librado.

El Endoso en la Letra de Cambio

El Endoso es una cláusula que se añade a la letra de cambio. Cada endoso garantiza la aceptación y el pago frente a tenedores posteriores. El endoso debe ser total (por el importe completo). La letra de cambio se transmite por endoso.

Vencimiento de la Letra de Cambio

El vencimiento determina el momento en que la letra debe pagarse. Se puede indicar de las siguientes formas:

  • Vencimiento a Fecha Fija: Vence el día señalado en el documento.
  • A un Plazo Contado desde la Fecha: Se calcula sumando los días estipulados a la fecha de emisión de la letra.
  • A la Vista: Se pagará el día de su presentación al cobro.
  • A un Plazo Contado desde la Vista: La fecha de vencimiento se fijará por el cómputo del plazo desde la fecha de aceptación o del protesto.

Pago de la Letra de Cambio

El pago de la letra de cambio requiere que sea presentada al cobro:

  • Las Letras con Vencimiento a la Vista: Se presentarán dentro del año siguiente a su fecha de emisión.
  • Las Letras de Vencimiento a Fecha Fija, a un Plazo Contado desde la Fecha y a un Plazo Contado desde la Vista: Se presentarán el día del vencimiento o en uno de los dos días hábiles siguientes.

El Pagaré

El Pagaré es un compromiso escrito mediante el cual una persona, llamada firmante, contrae la obligación de pagar a un beneficiario un importe determinado en un lugar de pago y con un vencimiento que se fija en el documento.

Personas que Intervienen en el Pagaré

  • Firmante: La persona que extiende el pagaré y se compromete a su pago.
  • Beneficiario: La persona a la que ha de pagarse el importe del pagaré.
  • Tenedor: La persona que posee el pagaré y exige el pago.
  • Endosante: Quien posee el pagaré y lo transmite a otra persona.
  • Endosatario: La persona que recibe el pagaré mediante endoso.
  • Avalista: La persona que garantiza el pago del pagaré.

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