Conceptos Esenciales de Accidentes Laborales, Incapacidades y Prestaciones de Seguridad Social

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Accidente de Trabajo

Accidente In Itinere

Es el que sufre el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo. Las sentencias judiciales han matizado los requisitos:

  • Debe ocurrir en el camino de ida o vuelta al domicilio habitual o laboral.
  • No deben producirse interrupciones entre el fin del trabajo y el accidente.
  • El recorrido realizado por el trabajador sea el habitual.
  • El medio utilizado por el trabajador sea un medio adecuado para ir al trabajo.

Supuestos Asimilados a Accidente de Trabajo

  • Cargo sindical: Los ocurridos por el desempeño de funciones de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o volver de ejercitar esas funciones.
  • Tareas distintas: Los ocurridos realizando tareas que, aun siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecute el trabajador.
  • Actos de salvamento: Los ocurridos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando tengan conexión con el trabajo.

Enfermedades del Trabajo

Son las enfermedades que contrae el trabajador con motivo de la realización de su trabajo.

Consecuencias del Accidente

  • Las consecuencias del accidente y las complicaciones derivadas del mismo.
  • Las enfermedades o defectos padecidos anteriormente que se agraven como consecuencia del accidente.

Casos No Considerados Accidente de Trabajo

No se consideran accidentes de trabajo:

  • Los que sean debidos a fuerza mayor extraña al trabajo. lo son la insolación, el rayo y otros fenómenos parecidos de la naturaleza.
  • Los que sean debidos a imprudencia temeraria o dolo (intencional) del trabajador.

Técnicas de Prevención de Riesgos Laborales

  • Seguridad: Evita los accidentes de trabajo.
  • Higiene industrial: Previene las enfermedades profesionales.
  • Ergonomía: Trata de evitar la fatiga en el trabajo.
  • Psicosociología: Es una técnica de lucha contra la insatisfacción laboral.
  • Medicina del trabajo: Son las técnicas médicas que tratan de prevenir la pérdida de salud.

Incapacidad Temporal

La incapacidad temporal es la baja laboral que impide temporalmente asistir al trabajo.

Requisitos

  • Estar afiliado y de alta en la Seguridad Social.
  • Para las enfermedades comunes se requiere haber cotizado previamente 180 días en los 5 años anteriores a la baja.

Duración

  • Máximo 12 meses del INSS, con posibilidad de prórroga de hasta otros 6 meses si se prevé su curación.
  • Transcurridos los 18 meses, en los 3 meses siguientes hay que valorar si se da incapacidad permanente, si se le da de alta o bien se prevé una mejora y se le otorga otra prórroga de otros 6 meses hasta llegar a los 24 meses.

Incapacidad Permanente

Incapacidad Total y Absoluta

  • Incapacidad Total: Produce que el trabajador no pueda realizar las tareas fundamentales de su puesto de trabajo habitual, pero que puede realizar otro trabajo.
    • Se cobra una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora.
    • Los trabajadores mayores de 55 años cobrarán el 75%.
  • Incapacidad Absoluta: No permite realizar al trabajador ningún tipo de trabajo.
    • Se cobra una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora.

Incapacidad Parcial y Gran Invalidez

  • Incapacidad Parcial: Produce en el trabajador una disminución de al menos el 33% sin que le impida realizar sus tareas fundamentales.
  • Gran Invalidez: Requiere de la asistencia de una tercera persona.
    • La pensión vitalicia es del 100%, y se aumenta con un porcentaje mínimo del 45%, pudiendo llegar hasta el 75%.

Pensiones por Fallecimiento

Pensión de Viudedad

Es una pensión vitalicia para el cónyuge de un trabajador o pensionista que ha fallecido, la cual es compatible con las rentas del trabajo.

  • Como regla general se cobra un 52% de la base reguladora.

Pensión de Orfandad

  • Tienen derechos los hijos menores de 21 años del fallecido. Se amplía a 25 años si el huérfano no trabaja o sus ingresos son inferiores al SMI anual.
  • Se cobra una pensión del 20% de la base reguladora. Si no quedase viudo o viuda, el porcentaje puede variar.
  • Si la orfandad fuese debida a violencia de género sobre la mujer, se cobraría como una orfandad absoluta el 70%.

Prestación por Desempleo

Requisitos y Situación Legal

Requisitos

  • Haber cotizado un mínimo de 360 días.
  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Suscribir un compromiso de actividad.
  • Solicitar la prestación en los 15 días hábiles siguientes.

Situación Legal de Desempleo

  • Por despido de la empresa, sin necesidad de impugnarlo.
  • Por muerte, jubilación o invalidez del empresario.
  • Por terminación de la duración del contrato.

Duración y Cuantía del Desempleo

  • Días cotizados: de 360 a 539.
  • Días de paro: 120 días.

Porcentaje de la Base Reguladora

  • Los primeros 180 días se cobra un 70% de la base.
  • A partir del día 181 hasta el final se reduce al 50% de la base.

En concreto, se cotiza un 4,7% por Contingencias Comunes (CC).

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