Conceptos Clave de Retribución y Cotización Laboral en España

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Estatuto de los Trabajadores: Definición de Salario

Según el Estatuto de los Trabajadores, el salario se define como la totalidad de las percepciones económicas, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena. Esto incluye tanto la retribución por el trabajo efectivo, cualquiera que sea su forma, como los periodos de descanso computables como trabajo.

Importante: En ningún caso, el salario en especie podrá superar el 30% de las percepciones salariales del trabajador, ni dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Clasificación de las Retribuciones

Medios de Pago

  • Retribuciones dinerarias
  • Retribuciones en especie

Formas de Determinación

  • Salario fijo
  • Retribuciones variables
  • Retribuciones por unidad de tiempo
  • Retribuciones por unidad de obra
  • Retribuciones mixtas

Periodicidad en el Devengo

  • Retribuciones ordinarias
  • Retribuciones extraordinarias

Principio de Compensación y Absorción Salarial

El Principio de Absorción operará la compensación y absorción cuando los salarios realmente abonados, en su conjunto y cómputo anual, sean más favorables para los trabajadores que las fijadas en el orden normativo o convencional de referencia.

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Valores actuales del SMI:

  • Diario: 37,80 €/día
  • Por hora: 8,87 €/hora
  • Mensual (14 pagas): 1.134 €/mes
  • Mensual (12 pagas): 1.323 €/mes
  • Anual: 15.876 €/año

Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)

El IPREM es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio por desempleo. Su valor influye en la cuantía de diversas prestaciones:

  • Desempleado sin hijos:
    • Prestación mínima: < 80% del IPREM
    • Prestación máxima: < 175% del IPREM
  • Desempleado con hijos:
    • Valor del subsidio: > 107% del IPREM
    • Prestación máxima (1 hijo): 200% del IPREM
    • Prestación máxima (2 o más hijos): 225% del IPREM

Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

El FOGASA es un Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

Función Principal

  • Abonar a los trabajadores el importe de los salarios pendientes de cobro en caso de insolvencia o concurso del empresario.

Exclusiones

  • Sistema especial del servicio del hogar familiar.
  • Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado y cooperativas de explotación comunitaria de la tierra.

Financiación

  • Aportaciones de los empresarios.
  • Cuotas ordinarias de la Seguridad Social (20% de las contingencias profesionales).

Procedimiento

  • Plazo: 1 año desde la fecha de la insolvencia o concurso.
  • Lugar: Unidad Administrativa del Fondo de Garantía Salarial de la provincia donde esté situado el centro de trabajo.

Dietas y Cotizaciones a la Seguridad Social

Dietas por Desplazamiento

Valores de dietas exentas de tributación (por día):

  • Pernocta en España: 53,34 €
  • Pernocta en el extranjero: 91,35 €
  • Sin pernocta en España: 26,67 €
  • Sin pernocta en el extranjero: 48,08 €

Tipos de Cotización a la Seguridad Social (Empresario y Trabajador)

A continuación, se detallan los porcentajes de cotización para las principales contingencias, desglosados entre la parte del empresario (E) y la del trabajador (T):

ConceptoEmpresario (E)Trabajador (T)
Contingencias Comunes (CC)24,18%4,82%
Contingencias Profesionales (CP)Varía según actividad económica.
Desempleo (Contrato Determinado)6,70%1,60%
Desempleo (Contrato Indefinido)5,50%1,55%
Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)0,20%0,00%
Formación Profesional (FP)0,60%0,10%
Horas Extraordinarias Normales (HE)23,60%4,70%
Horas Extraordinarias por Fuerza Mayor (HE)12,00%2,00%

Nota: Los porcentajes de Contingencias Profesionales (CP) varían en función de la actividad económica de la empresa y no se especifican aquí.

Cálculo de Retención del IRPF: Conceptos Excluidos

Para el cálculo de la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se excluyen los siguientes conceptos:

  • Indemnizaciones por despido, con los límites legalmente establecidos.
  • Gastos de locomoción, con los límites legalmente establecidos.
  • Gastos de viaje, hoteles y dietas de viaje, dentro de los límites legales.

Cargas sobre el Salario

Las principales cargas sobre el salario son las cotizaciones a la Seguridad Social y el IRPF. Adicionalmente, pueden incluirse otros conceptos como:

  • Embargos judiciales.
  • Anticipos de salario.
  • Aportaciones voluntarias del trabajador (por ejemplo, a planes de pensiones).

Bases de Cotización y Complementos Salariales

Diferencias entre Bases de Cotización

  • Base de Cotización por Contingencias Comunes (BCCC): Cubre enfermedades comunes, jubilación, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y lactancia. Se calcula sumando el salario base y los complementos salariales (excepto horas extraordinarias).
  • Base de Cotización por Contingencias Profesionales (BCCP): Cubre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Se calcula sumando la BCCC y las horas extraordinarias.

Tipos de Complementos Salariales

  • Personales: Vinculados a las características del trabajador (ej. antigüedad, títulos, idiomas).
  • De Puesto de Trabajo: Relacionados con las condiciones del puesto (ej. penosidad, toxicidad, peligrosidad, turnos, nocturnidad, residencia).
  • Por Cantidad o Calidad de Trabajo: Dependen del rendimiento (ej. incentivos, actividad, asistencia, puntualidad).

Salario en Especie

Ejemplos de salario en especie:

  • Vivienda.
  • Manutención.
  • Vehículo a disposición del trabajador.
  • Lotes de productos de la empresa.

Indemnizaciones o Suplidos

Conceptos que compensan gastos del trabajador y no tienen carácter salarial:

  • Dietas de viaje.
  • Gastos de desplazamiento y locomoción.
  • Plus de distancia y de transporte.
  • Prendas de trabajo.
  • Herramientas.
  • Quebranto de moneda.

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