Conceptos Clave en Protección Infantil: Patria Potestad, Guarda, Tutela y Victimización

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 4,73 KB

Figuras de Protección del Menor

La Patria Potestad

La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que la ley reconoce a los padres sobre las personas y bienes de sus hijos mientras estos son menores de edad o están en situación de incapacidad. Tiene como objetivo fundamental velar por el interés superior de los hijos.

La Guarda

En nuestro ordenamiento jurídico, la patria potestad generalmente engloba la guarda de los hijos por vía natural. Es decir, implica la convivencia con ellos y la obligación de cuidarlos, protegerlos y asistirles. Si por causas graves los padres no pueden cuidar al menor, la entidad pública competente asumirá la guarda durante el tiempo necesario. Esta decisión se formaliza por escrito y se informa a los padres de las responsabilidades que siguen manteniendo respecto a los hijos, pues no mantener la guarda no implica necesariamente la pérdida de la patria potestad.

La Tutela

La tutela es una institución jurídica que consiste en el poder concedido por la ley a una persona física o jurídica (tutor) sobre la persona y los bienes, o solamente sobre uno u otros, de un menor o persona incapacitada (tutelado), en su beneficio y para su protección, siempre bajo control judicial. Sustituye a la patria potestad cuando esta no puede ser ejercida por los padres o cuando, aun conservándola, los poderes públicos deciden alejar al menor de su domicilio por su seguridad. En casos de desamparo, la tutela corresponde a la entidad pública encargada de la protección de menores. La tutela se extingue por causas como la emancipación, adopción o fallecimiento del tutelado, entre otras.

Victimización en Menores

Reacción de Victimización Primaria

La reacción de victimización (o victimización primaria) comprende las manifestaciones que aparecen como consecuencia directa de episodios traumáticos. Incluyen, entre otros: síndrome de estrés postraumático (TEPT), trastornos en el desarrollo, distorsiones cognitivas y emociones negativas (miedo, ira, culpa, etc.). Estas reacciones son más observables cuando la detección es precoz y la relación de violencia no se ha cronificado.

Victimización Secundaria

La victimización secundaria deriva de las vivencias negativas de la víctima durante su interacción con las diferentes instancias que intervienen tras el suceso traumático: servicios sociales, centros de salud, policía, juzgados, centros de acogida, etc. Supone un sufrimiento añadido, ya que cada una de estas interacciones puede implicar revivir situaciones traumáticas que se desean evitar o sentirse incomprendido o maltratado por el propio sistema.

Victimización Terciaria

La victimización terciaria se deriva de la manera en que la víctima afronta su situación en el contexto social (barrio, vecindario, comunidad escolar, etc.) y de la aceptación o rechazo que recibe de este entorno. El maltrato es una experiencia extremadamente vejatoria en sí misma; que el entorno conozca el caso y muestre actitudes de rechazo, estigmatización o culpabilización supone una dificultad añadida al proceso de recuperación y normalización del menor.

Recursos de Acogida

Centros de Primera Acogida

Los centros de primera acogida ofrecen una respuesta residencial transitoria de corta duración (aproximadamente 6 meses). Durante la estancia, se lleva a cabo la valoración y el estudio diagnóstico de la situación y necesidades del menor y su familia para decidir cuáles serán las medidas de protección más adecuadas a medio y largo plazo.

Centros de Acogida de Urgencia para Menores No Acompañados (MENA)

Los centros de acogida de urgencia para menores extranjeros no acompañados (MENA) son recursos específicos donde se les presta atención inmediata y cobertura de sus necesidades básicas. Durante la estancia, se valora su situación personal y familiar, se inicia el procedimiento para obtener la documentación necesaria y se comienzan los trámites para determinar la medida más adecuada, ya sea su retorno a la familia de origen en condiciones de seguridad o, si no es posible o conveniente, su integración en el sistema de protección del país de acogida, estudiando la opción más adecuada para su desarrollo.

Entradas relacionadas: