Conceptos Clave y Principios Fundamentales del Derecho Procesal
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Límites Materiales de la Cosa Juzgada
El intento de ver plasmada la verdad en la sentencia difiere la cosa juzgada material a su motivación cuando el fallo, la parte autoritaria derivada de la jurisdicción, es la fundamental de la sentencia.
Presunción de Inocencia e Indubio Pro Reo
El principio de presunción de inocencia se perfila en el ámbito de la carga probatoria e implica que para condenar a un acusado se necesita una mínima actividad probatoria de cargo o incriminatoria. Sin embargo, el principio indubio pro reo ha de ser incardinado en la valoración de la prueba, por lo que tiene un carácter eminentemente procesal. La jurisprudencia indica que la presunción de inocencia supone un derecho constitucional imperativo, sin embargo, el indubio pro reo es un criterio interpretativo.
Artículo 67.2 LEC
Prevé las alegaciones de competencia territorial como accesorias en un proceso extraordinario que se funde en alguno de los cuatro motivos del artículo 469. Se puede sostener que no procede el recurso extraordinario por infracción procesal cuando se denuncie la de normas relativas a la competencia territorial, aunque estas sean imperativas.
Agilización Procesal
El objeto de la ley es incorporar determinadas medidas de agilización procesal en los órdenes civil, penal y contencioso-administrativo que obedecen al propósito común de suministrar a nuestros tribunales instrumentos procesales óptimos para la gestión procesal. Tales medidas son de distinto signo. Unas están encaminadas a garantizar derechos fundamentales de los ciudadanos, otras a optimizar los procedimientos, a suprimir trámites procesales innecesarios o a sustituirlos por otros más breves, y otras en cambio están orientadas a limitar el uso abusivo de instancias judiciales.
Litispendencia
Pleito pendiente entre partes que, una vez interpuesta la demanda, tiene un conjunto de efectos procesales, en especial la excepción que pueda interponer el demandado por encontrarse la misma causa entre las mismas partes en trámite en otro procedimiento.
Presunciones Legales: Iuris Tantum e Iuris et de Iure
Las presunciones legales tienen su origen en una Ley y dispensan de la prueba del hecho presunto a la parte a la que este hecho favorezca. Tales presunciones solo serán admisibles cuando la certeza del hecho indicio del que parte la presunción haya quedado establecida mediante admisión o prueba. Estas presunciones pueden ser absolutas (iuris et de iure), que son las que no admiten prueba en contrario, y simples (iuris tantum), que pueden ser destruidas mediante prueba en contrario. Son bien un desplazamiento de la carga de la prueba o una dispensa de prueba a favor de una parte, acompañada de una denegación de la prueba respecto de la otra.
La Demanda
Acto por el que se ejercita el derecho de acción y se interpone la pretensión. Es el escrito en el que se contiene la solicitud de tutela que el actor dirige a los órganos jurisdiccionales y el acto procesal que inicia la sustancia del proceso. Abre el periodo de alegaciones.
Clases de Demanda:
- Completa: En ella el actor tiene la carga de proponer de modo completo la pretensión procesal y la de formular todas las alegaciones de hechos y de fundamentos jurídicos que pueden fundar la estimación de la pretensión.
- Suscinta: Propone la pretensión, define el objeto del proceso, pero no tiene la carga de formular las alegaciones de hechos y fundamentos de derecho.
- En impreso normalizado: Si se reclama una cantidad inferior a 2000 euros.