Conceptos Clave de Prevención de Riesgos Laborales en España

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¿A qué legislación se aplica la Prevención de Riesgos Laborales?

  • Constitución Española: Los poderes públicos fomentan mediante la Constitución las políticas de protección y seguridad en el trabajo.
  • Estatuto de los Trabajadores (E.T.): Promueve el derecho a la seguridad en el trabajo.
  • Ley de Prevención de Riesgos Laborales (L.P.R.L.): Principal norma que regula la seguridad en las condiciones de trabajo.

¿A quién no se le aplica la L.P.R.L.?

  • Policía, seguridad y Vigilancia Aduanera.
  • Protección Civil.
  • Fuerzas Armadas y Guardia Civil.
  • Servicio del Hogar Familiar.

Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales:

  • Dar un uso adecuado a los equipos de trabajo.
  • Cumplir con las medidas de protección.

Responsabilidad civil del empresario por incumplimiento en materia de protección:

Es el daño derivado de los riesgos laborales debido a una conducta negligente.

  • Sanción: Indemnización por daños y perjuicios.

¿Cómo debe integrar el empresario la prevención?

  • A través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales.

Evaluación de riesgos laborales:

Proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no han podido evitarse.

Riesgo intolerable:

  • No se debe comenzar el trabajo ni realizar ninguna actuación hasta que se reduzca el riesgo.

¿A quién se le aplica la L.P.R.L.?

  • Trabajadores autónomos.
  • Trabajadores por cuenta ajena.
  • Personal civil de las Administraciones públicas.
  • Sociedades cooperativas.

Finalidad de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales:

  • La prevención, especialmente en pequeñas y medianas empresas, de actividades destinadas a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Técnicas de prevención:

  • Seguridad en el trabajo.
  • Higiene industrial.
  • Ergonomía.
  • Psicosociología.
  • Medicina del trabajo.

Derechos de los trabajadores en prevención de riesgos laborales:

  • Recibir información y formación.
  • Detener la actividad laboral si existe un riesgo grave e inminente.

Planificación de la acción preventiva:

  • Consiste en organizar las actividades necesarias para reducir, eliminar y controlar los riesgos.

Organización de la acción preventiva:

  • Decisión que debe tomar la empresa eligiendo entre las distintas modalidades organizativas.

¿Cuándo puede asumir el empresario la organización de la prevención?

  • Cuando la empresa tiene hasta 10 empleados o hasta 25 (si tiene un único centro de trabajo).
  • Las actividades no estén incluidas en el Anexo I.

Tipo de responsabilidad del trabajador por incumplimiento en materia de prevención:

  • Disciplina.

Casos donde la empresa no puede constituir un servicio de prevención propio:

  • Empresas con más de 500 trabajadores.
  • Empresas de 250 a 300 trabajadores que desarrollen actividades peligrosas (incluidas en el Anexo I).

Funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (I.T. y S.S.):

  • Responsabilizarse del servicio público de control y vigilancia y del cumplimiento de las normas de orden social.

Instrumentos básicos del plan de prevención:

  • Evaluación de los riesgos a los que están expuestos los trabajadores.
  • Planificación de la acción preventiva para eliminar o reducir riesgos.

Principios de la acción preventiva:

  • Evitar riesgos.
  • Adaptar el trabajo.
  • Planificación de la prevención.

Responsabilidad penal del empresario:

  • Peligro grave para la salud, integridad física o vida de los trabajadores (consecuencias: inhabilitación y prisión).

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