Conceptos Clave en Planificación Urbana y Normativa de Edificación

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Conceptos Fundamentales en Planificación Urbana

Concepto de Texto Refundido

Si, como consecuencia del proceso de aprobación de un plan, se producen modificaciones al documento original que dificultan su interpretación unitaria, la resolución aprobatoria puede exigir la redacción de un texto refundido. Este debe incorporar adecuadamente las determinaciones aprobadas y vigentes.

Documentos Esenciales de un Plan Urbanístico

Un plan urbanístico generalmente incluye los siguientes documentos:

  • Memoria
  • Normas Urbanísticas (Ordenanzas)
  • Programa de Actuación
  • Estudio Económico-Financiero
  • Planos

Sistema de Equipamiento Urbano

El sistema de equipamiento puede clasificarse por su ámbito de cobertura (de barrio, sector, ciudad o territorial –equipamiento supramunicipal–), por su funcionalidad y por la variedad de servicios, en los siguientes tipos:

  • Equipamiento de interés público y social
  • Equipamiento cultural
  • Equipamiento deportivo
  • Equipamiento escolar: El sistema propuesto en la LOGSE contempla la creación de los siguientes tipos de centros:
    • Centros de enseñanzas de régimen general
    • Centros de enseñanzas en régimen especial
    • Centros de enseñanzas no regladas
  • Equipamiento sanitario
  • Equipamiento de servicios básicos

Densidad y Edificabilidad en Usos del Suelo

La densidad y edificabilidad son parámetros clave en la regulación urbanística, variando según el uso del suelo:

Uso residencial:
Densidad: 75 viviendas/ha
Edificabilidad: 1 m2t/m2s
Uso industrial y terciario:
Densidad: 75 viviendas/ha
Edificabilidad: 1 m2t/m2s
Uso turístico:
Densidad y Edificabilidad: 0.3 m2t/m2s
Áreas de reforma interior:
Densidad: 100 viviendas/ha
Edificabilidad: 1.3 m2t/m2s

Normativa sobre Aparcamientos

Los aparcamientos deberán cumplir las siguientes condiciones según la normativa urbanística:

  1. Del total de plazas de aparcamiento establecidas en un plan, el 98% serán válidas con una superficie rectangular mínima de 2.20 x 4.50 m, o lo que es lo mismo, 9.90 m².
  2. Del total de plazas de aparcamiento previstas en el plan, se reservará el 2% para personas con movilidad reducida (PMR), con una superficie mínima de 3.30 x 4.20 m.
  3. La superficie mínima de aparcamiento por plaza, incluyendo la parte proporcional de accesos, rampas de entrada, etc., no será inferior a 20 m² de superficie.
  4. Solo se admite en situación al aire libre, anejo a la red viaria, un máximo del 50% del número total de plazas de aparcamiento previstas en el plan.
  5. La Ley del Suelo de Andalucía exige un mínimo de una plaza de aparcamiento por vivienda o una plaza cada 100 m² de techo construido.
  6. Normalmente, en los planeamientos municipales, no es exigible un número mínimo de plazas de aparcamiento cuando se trate de un suelo reducido inferior a los 300 m², aunque hoy en día, como consecuencia de los precios existentes, en algunos casos se están utilizando ascensores para aprovechar al máximo estos suelos.

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