Conceptos Clave: Pago Aplazado, Letra de Cambio y Crédito Comercial en Negocios
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El Pago Aplazado: Modalidades y Plazos
El pago aplazado es una modalidad de financiación que permite a compradores y vendedores establecer un acuerdo para posponer el momento del abono de una deuda. Se divide principalmente en dos categorías:
1. Pago a Crédito
- A Corto Plazo (C/P): El plazo máximo para el abono es de un año.
- A Largo Plazo (L/P): El plazo de pago excede el año.
2. Aplazamiento de Pago
Se refiere a los plazos legales o acordados para el pago entre diferentes entidades:
- Entre empresas: El plazo máximo habitual es de 60 días.
- Entre empresa y la administración pública: El plazo máximo habitual es de 30 días.
La Letra de Cambio: Definición, Funciones y Partes
La letra de cambio es un documento mercantil fundamental en las transacciones comerciales, que sirve como instrumento de pago y crédito.
¿Qué es una Letra de Cambio?
Es un documento mercantil expedido por una persona física o jurídica (el librador), que ordena a otra (el librado) pagar una cierta cantidad de dinero en una fecha determinada a un tercero (el tomador).
Funciones de la Letra de Cambio
- Sirve como medio de pago.
- Permite aplazar el pago de una deuda.
- Facilita la obtención de liquidez mediante el descuento bancario.
Personas que Intervienen en una Letra de Cambio
- Librador (vendedor): Es quien emite la letra de cambio y ordena el pago.
- Librado y Aceptante (comprador): Es la persona a la cual se dirige la orden de pago y quien la acepta.
- Tomador: Es la persona a quien se transmite la letra de cambio y quien tiene derecho a cobrarla, a menudo una entidad financiera.
- Endosante: Es el poseedor de la letra que la transmite a otra persona mediante endoso.
- Endosatario: Es la persona que recibe la letra mediante endoso.
- Avalista: Persona que asegura el pago de la letra de cambio en caso de impago por parte del librado.
El Endoso de la Letra de Cambio
El endoso es el acto por el cual se transmite la propiedad de la letra de cambio a otra persona. Puede incluir varias cláusulas:
- “A la orden”: Significa que la letra puede ser endosada a terceros.
- “No a la orden”: Significa que la letra no puede ser endosada y solo puede ser cobrada por el tomador original.
El Vencimiento de la Letra de Cambio
El vencimiento determina la fecha en que la letra de cambio debe ser pagada. Existen diferentes modalidades:
- “Fecha fija”: La letra vence en el día exacto señalado en el documento.
- “Plazo contado desde la fecha”: El cobro puede realizarse hasta esta fecha. Si el plazo se cuenta en meses, se inicia desde el mismo día de emisión; si es en días, desde el día siguiente (se cuentan todos los días, pero el cobro se realiza en días hábiles).
- “A la vista”: La letra debe presentarse para su pago en el plazo de un año desde su emisión.
- “Plazo contado desde la vista”: El pago se realizará a partir de la fecha de aceptación de la letra o, en su defecto, desde la fecha del protesto.
El Impago de la Letra de Cambio: Acciones y Procedimientos
Cuando una letra de cambio no es pagada en su vencimiento, el tenedor puede ejercer diversas acciones para reclamar el importe adeudado.
Acciones en Caso de Impago
- Acción Directa: Permite al tenedor reclamar el pago directamente al librado y a sus avalistas, sin necesidad de protesto notarial.
- Acción de Regreso: Si la letra no ha sido pagada o aceptada, el tenedor puede ejercitar esta acción contra todos los obligados (librador, endosantes y sus avalistas) una vez vencida o incluso antes del vencimiento en ciertos casos.
Procedimientos para Acreditar el Impago
- Protesto Notarial: Cuando la letra no ha sido pagada, se puede acudir a un notario para que dé fe pública de su impago.
- Declaración Equivalente: Si se trata de una letra domiciliada, se puede utilizar una declaración sustitutiva escrita por el banco, donde se comunica que la letra no ha sido pagada.
- Declaración del Librado: Consiste en una declaración escrita por el librado en la que deniega el pago o la aceptación de la letra.
El Crédito Comercial: Una Herramienta de Financiación
El crédito comercial es una forma habitual y esencial de financiación a corto plazo en el ámbito empresarial.
La Letra de Cambio como Instrumento de Financiación
Las letras de cambio, además de ser un método de pago, también son un instrumento de crédito. Permiten a las empresas utilizar las mercancías o servicios mientras aún se están pagando, facilitando la gestión del flujo de caja.
Posibilidades para el Cobro de Letras de Cambio
Para el cobro de una letra de cambio, el tenedor dispone de varias opciones:
- Mantenerla en nuestro poder: Esperar al vencimiento de la letra para su cobro directo.
- Entregarla en Gestión de Cobro: La letra se entrega a una entidad financiera que se encarga de su gestión de cobro, aplicando las comisiones correspondientes.