Conceptos Clave de la Jornada Laboral y Permisos en España
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La Jornada Laboral: Definición y Límites
La jornada laboral es el tiempo efectivo que el trabajador dedica al día, a la semana o al año para la realización de su actividad laboral. El límite general se establece en 40 horas semanales.
Tipos de Jornada Laboral
- Jornada ordinaria o completa: El número de horas ordinarias de trabajo es de 40 horas semanales. No podrá superar las 9 horas diarias.
- Jornada regular: Todas las semanas se realiza el mismo número de horas ordinarias, con un tope de 40 horas a la semana y 9 horas al día. Los trabajadores menores de edad tienen un límite de 8 horas de trabajo efectivo, incluyendo, en su caso, el tiempo dedicado a la formación.
- Jornada irregular: No se cumple la misma cantidad de horas diarias a lo largo del año.
- Jornada continua o intensiva: El tiempo diario de trabajo se organiza sin interrupciones y, de producirse alguna, su duración será inferior a una hora.
- Jornada partida: El tiempo de trabajo se divide en dos o más fracciones, con una interrupción de una hora como mínimo entre una y otra.
- Jornada a tiempo parcial: El trabajador realiza su actividad en un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
Modalidades de Horario y Flexibilidad
- Rígido: La hora de comienzo y fin del trabajo diario o de sus fracciones está preestablecida; por ejemplo, en una cadena de montaje.
- Flexible: Cada trabajador puede iniciar y terminar la jornada dentro de unos márgenes, respetando la duración total de la jornada. Por ejemplo, puede entrar de 08:00 a 09:30 horas y salir de 17:00 a 18:30 horas.
- Horario a turnos: Rotación entre mañana, tarde y noche (conocido comúnmente como MANOTA).
- Horario nocturno: El realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana.
Reducción de la Jornada Laboral
Existen diversos supuestos legales para solicitar una reducción de la jornada laboral:
- Por nacimiento de hijos prematuros.
- Por cuidado de menores de 18 años afectados por cáncer o enfermedad grave.
- Por guarda legal de un menor de 12 años.
- Para las víctimas de violencia de género.
- Para el cuidado de un lactante hasta que cumpla 9 meses.
- Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
Horas Extraordinarias
Tipos de Horas Extraordinarias
- Estructurales: Están pactadas en el contrato o en el convenio colectivo. Son horas con las que la empresa pretende hacer frente a un aumento puntual de la actividad.
- No estructurales: Son voluntarias para el trabajador.
- De fuerza mayor: Son necesarias para prevenir o reparar un daño que puede producirse sobre las personas o sobre la empresa. Son obligatorias para el trabajador.
Prohibiciones
Se prohíbe la realización de horas extraordinarias (salvo las realizadas en caso de fuerza mayor o si se producen irregularidades en el relevo de turno por causas no imputables a la empresa) a:
- Menores de 18 años.
- Trabajadores en horario nocturno.
- Trabajadores durante el permiso parcial por nacimiento o cuidado del menor.
Permisos Retribuidos
El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por los siguientes motivos:
- Desplazamiento temporal fuera de su residencia.
- Por matrimonio o inscripción como pareja de hecho: 15 días naturales.
- Por exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto: el tiempo indispensable.
- Para el cuidado del lactante menor de 9 meses.
- Por exámenes para obtener un título académico o profesional.
- Por deber inexcusable y personal.
- Por enfermedad grave.
- Durante el preaviso de un despido objetivo.
- Los trabajadores con 1 año de antigüedad en la empresa.
- Por realización de funciones sindicales.
- Traslado de domicilio habitual.