Conceptos Clave de la Jornada Laboral y Permisos en España

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La Jornada Laboral: Definición y Límites

La jornada laboral es el tiempo efectivo que el trabajador dedica al día, a la semana o al año para la realización de su actividad laboral. El límite general se establece en 40 horas semanales.

Tipos de Jornada Laboral

  • Jornada ordinaria o completa: El número de horas ordinarias de trabajo es de 40 horas semanales. No podrá superar las 9 horas diarias.
  • Jornada regular: Todas las semanas se realiza el mismo número de horas ordinarias, con un tope de 40 horas a la semana y 9 horas al día. Los trabajadores menores de edad tienen un límite de 8 horas de trabajo efectivo, incluyendo, en su caso, el tiempo dedicado a la formación.
  • Jornada irregular: No se cumple la misma cantidad de horas diarias a lo largo del año.
  • Jornada continua o intensiva: El tiempo diario de trabajo se organiza sin interrupciones y, de producirse alguna, su duración será inferior a una hora.
  • Jornada partida: El tiempo de trabajo se divide en dos o más fracciones, con una interrupción de una hora como mínimo entre una y otra.
  • Jornada a tiempo parcial: El trabajador realiza su actividad en un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.

Modalidades de Horario y Flexibilidad

  • Rígido: La hora de comienzo y fin del trabajo diario o de sus fracciones está preestablecida; por ejemplo, en una cadena de montaje.
  • Flexible: Cada trabajador puede iniciar y terminar la jornada dentro de unos márgenes, respetando la duración total de la jornada. Por ejemplo, puede entrar de 08:00 a 09:30 horas y salir de 17:00 a 18:30 horas.
  • Horario a turnos: Rotación entre mañana, tarde y noche (conocido comúnmente como MANOTA).
  • Horario nocturno: El realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana.

Reducción de la Jornada Laboral

Existen diversos supuestos legales para solicitar una reducción de la jornada laboral:

  • Por nacimiento de hijos prematuros.
  • Por cuidado de menores de 18 años afectados por cáncer o enfermedad grave.
  • Por guarda legal de un menor de 12 años.
  • Para las víctimas de violencia de género.
  • Para el cuidado de un lactante hasta que cumpla 9 meses.
  • Expediente de Regulación de Empleo (ERE).

Horas Extraordinarias

Tipos de Horas Extraordinarias

  • Estructurales: Están pactadas en el contrato o en el convenio colectivo. Son horas con las que la empresa pretende hacer frente a un aumento puntual de la actividad.
  • No estructurales: Son voluntarias para el trabajador.
  • De fuerza mayor: Son necesarias para prevenir o reparar un daño que puede producirse sobre las personas o sobre la empresa. Son obligatorias para el trabajador.

Prohibiciones

Se prohíbe la realización de horas extraordinarias (salvo las realizadas en caso de fuerza mayor o si se producen irregularidades en el relevo de turno por causas no imputables a la empresa) a:

  • Menores de 18 años.
  • Trabajadores en horario nocturno.
  • Trabajadores durante el permiso parcial por nacimiento o cuidado del menor.

Permisos Retribuidos

El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por los siguientes motivos:

  • Desplazamiento temporal fuera de su residencia.
  • Por matrimonio o inscripción como pareja de hecho: 15 días naturales.
  • Por exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto: el tiempo indispensable.
  • Para el cuidado del lactante menor de 9 meses.
  • Por exámenes para obtener un título académico o profesional.
  • Por deber inexcusable y personal.
  • Por enfermedad grave.
  • Durante el preaviso de un despido objetivo.
  • Los trabajadores con 1 año de antigüedad en la empresa.
  • Por realización de funciones sindicales.
  • Traslado de domicilio habitual.

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