Conceptos Clave del Impuesto sobre la Renta en Venezuela: Contribuyentes, Ingresos y Deducciones

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¿Quiénes son los Contribuyentes?

En el contexto del Impuesto sobre la Renta (ISLR) en Venezuela, se consideran contribuyentes a:

  • Toda persona jurídica constituida en Venezuela es considerada residente fiscal y debe cumplir con la Declaración Definitiva y Pago del ISLR de acuerdo con su condición de contribuyente ordinario hasta el 31 de marzo de cada año, o como contribuyente especial de acuerdo con un calendario específico.
  • Las personas jurídicas que se encuentren residenciadas en Venezuela deben declarar y pagar el ISLR, sea que la fuente de ingresos esté situada dentro del país o fuera de él.
  • Todas las personas jurídicas no residentes o no domiciliadas en Venezuela están sujetas al ISLR, siempre que la fuente de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro de Venezuela, aun cuando no tengan establecimiento permanente en nuestro país.
  • Ingresos de fuente extranjera: Todas las personas jurídicas domiciliadas en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o una base fija en Venezuela, tributarán exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extranjera atribuibles a dicho establecimiento permanente o base fija.
  • Las compañías anónimas, de responsabilidad limitada, las asociaciones, fundaciones, corporaciones y demás entidades jurídicas o económicas.

Ingresos Brutos y Renta Bruta: Conceptos Clave

Los ingresos brutos son todo lo que le entra a la empresa o contribuyente.

La renta bruta es la resultante del total de las ventas o ingresos menos los costos de ventas o prestación de servicios.

Por ejemplo: Si se vendió a Bs. 5.000, pero el costo fue de Bs. 1.500.

La ganancia o renta bruta obtenida es de Bs. 3.500.

Una vez deducidos todos los gastos (adicionales a los costos), se obtiene la ganancia neta o enriquecimiento neto.

Costos de Producción, Venta y Prestación de Servicios

De acuerdo con los artículos 21 al 26 de la LISLR, esto incluye los costos de adquisición de mercancías y bienes destinados a ser revendidos o transformados, así como los materiales y bienes destinados a la producción de la renta.

Estos costos pueden ser:

  • Costos de mercancías.
  • Costos de inmuebles vendidos.
  • Costos de parcelas vendidas.
  • Costos de compañías de seguros.
  • Costos en empresas que no mueven inventarios.

Los costos están íntimamente relacionados con la actividad mercantil de la empresa (manufacturera, de servicios o comercial), así como con el objeto principal de la empresa según su documento constitutivo.

Es importante recordar que el costo de venta se calcula como: Inventario Inicial + Compras – Inventario Final.

Deducciones Permitidas según el Artículo 27 de la LISLR

Para obtener el enriquecimiento neto global, se realizarán de la renta bruta las deducciones que se indican a continuación. Estas deben corresponder a egresos causados no imputables al costo, que sean normales y necesarios, y que hayan sido realizados en el país con el objeto de producir la renta y el enriquecimiento.

Algunas de las deducciones permitidas incluyen:

  • Sueldos, gastos y honorarios profesionales.
  • Intereses de capitales tomados en préstamos.
  • Impuestos pagados (salvo el de la renta).
  • Indemnizaciones laborales.
  • Pérdidas de bienes no compensadas por seguros.
  • Pérdidas de deudas incobrables.
  • Gastos de administración.
  • Alquileres de inmuebles.
  • Gastos de transporte.
  • Reparaciones.
  • Primas de seguros.
  • Publicidad y mercadeo.
  • Gastos de representación.
  • Depreciación de propiedades y equipos utilizados en la generación de la renta.
  • Cualquier otro gasto normal y necesario.

Es importante destacar que los impuestos pagados del 1,00% por cada una de las transacciones financieras que efectúan los contribuyentes especiales, si bien constituyen un GASTO, de acuerdo con el Decreto Ley, son NO DEDUCIBLES del Impuesto sobre la Renta.

Renta Neta y Enriquecimiento Neto: Definición y Composición

Se denomina ganancia o renta neta o enriquecimiento neto al resultado de restar de la renta bruta todos los gastos incurridos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (LISLR):

Los enriquecimientos netos son los incrementos de patrimonio que resultan de restar de los ingresos brutos los costos y gastos (las deducciones permitidas por la Ley de acuerdo con el artículo 27), sin perjuicio, respecto del enriquecimiento neto de fuente territorial, del ajuste por inflación.

Determinación del Enriquecimiento Neto

Para la determinación del enriquecimiento neto, se consideran los siguientes elementos, regulados por la LISLR:

  • Ingresos: Artículos 15 al 20.
  • Costos: Artículos 21 al 26.
  • Gastos: Artículo 27.

La fórmula para calcular el enriquecimiento neto es la siguiente:

Ingresos – Costos = Renta Bruta

Renta Bruta – Gastos = Renta Neta (Enriquecimiento Neto)

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