Conceptos clave de Derecho: jurisprudencia, hechos y actos jurídicos

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Jurisprudencia

Jurisprudencia: es la interpretación de la ley que hacen los tribunales federales.

Vicios del consentimiento

Dolo

Dolo: es cualquier sugestión o artificio que se emplea para inducir al error o para mantener a alguno de los contratantes en el error.

Violencia

Violencia: es el empleo de fuerza física o moral en contra de uno de los participantes en el acto jurídico para obtener su consentimiento.

Lesión

Lesión: consiste en explotar la suma ignorancia, la notoria inexperiencia o la extrema necesidad de una persona para obtener un lucro desproporcionado respecto a lo que la otra parte se obliga. (El lucro no aplica entre comerciantes.)

El uso

El uso: son prácticas generales o locales que concurren de un modo tácito en la formación de actos jurídicos.

Hechos

Hechos simples

Hechos simples: son acontecimientos de la vida cotidiana sin consecuencias en el campo del derecho.

Ejemplos:

  • Jugar
  • Dormir
  • Comer
  • Caminar
  • Platicar

Hechos jurídicos

Hechos jurídicos: son acontecimientos que se producen en un lugar y tiempo determinado y que, al acontecer, modifican una realidad sin que para ellos exista la voluntad humana.

Hechos positivos naturales

Hechos positivos naturales: son el resultado de fenómenos de la naturaleza que aportan algo a una persona.

Hechos positivos involuntarios

Hechos positivos involuntarios: son aquellos que, aunque no existe la voluntad humana (porque no fueron realizados para producir consecuencias jurídicas), se producen indirectamente por la intervención del ser humano y generan efectos; por ejemplo, el pago de una deuda.

Hechos jurídicos voluntarios

Hechos jurídicos voluntarios: son equivalentes al acto jurídico, que se verá más adelante.

Hechos jurídicos negativos naturales

Hechos jurídicos negativos naturales: son aquellos acontecimientos ajenos a la voluntad del ser humano que le impiden cumplir una determinada obligación; por ejemplo, una inundación o un terremoto.

Hechos jurídicos negativos involuntarios

Hechos jurídicos negativos involuntarios: son aquellos en que indirectamente hay una vinculación con la voluntad humana, pero sin que ésta esté perfectamente delineada, y que traen consecuencias jurídicas.

Hechos jurídicos negativos voluntarios

Hechos jurídicos negativos voluntarios: son aquellos que se conocen como hechos ilícitos; consisten en actos realizados voluntariamente por los seres humanos y que traen como consecuencia la responsabilidad por el hecho causado.

Actos jurídicos

Actos jurídicos: son acciones, ejecuciones o maneras de proceder en los que interviene la voluntad humana. Cuando a un hecho jurídico se le agrega el elemento voluntad, combinado con la intención y con un objeto, se pretende crear, modificar o transferir relaciones de derecho.

Clasificación de los actos jurídicos

  • Unilaterales

    Solo interviene en su realización la voluntad de una de las partes y solo esa parte se obliga.

  • Actos jurídicos bilaterales (sinalagmáticos)

    Son aquellos en donde intervienen dos o más voluntades, pudiéndose obligar ambas partes; por ejemplo: matrimonio, arrendamiento, compraventa.

  • Actos jurídicos onerosos

    Son aquellos actos jurídicos que imponen beneficios y obligaciones de manera recíproca.

  • Gratuitos

    Las cargas son para una sola de las partes y el beneficio para la otra.

  • Entre vivos

    Son aquellos actos que se realizan entre personas vivas y con capacidad.

  • Por causa de muerte

    Son aquellos actos jurídicos que, aunque se celebran en vida, tienen efectos posteriores a la muerte de quienes intervienen.

  • Conmutativos

    Son aquellos en los que, desde el momento de celebrarse, se conocen los derechos y obligaciones que se contraen; por ejemplo: matrimonio.

  • Aleatorios

    Cuyos derechos y obligaciones contraídos dependen de un acontecimiento futuro e incierto.

  • Momentáneos

    Sus efectos se producen de manera inmediata al momento de su celebración; por ejemplo: compraventa.

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