Conceptos Clave de Derecho Administrativo y Empleo Público: Recursos, Vías y Selección de Personal
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Procedimiento Administrativo y Recursos
Recursos Administrativos
Los recursos administrativos permiten a los interesados impugnar los actos administrativos ante la propia Administración Pública.
Recurso de Alzada
- Se presenta ante el órgano jerárquicamente superior a aquel que dictó el acto administrativo impugnado.
- Si no existe un órgano jerárquicamente superior, se entiende agotada la vía administrativa, lo que impide la interposición de este recurso.
- Su interposición es obligatoria antes de acudir a la vía judicial en ciertos supuestos (por ejemplo, en actos expresos y presuntos, según la normativa específica).
Recurso de Reposición
- Se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto administrativo.
- Su interposición es potestativa, salvo que la ley disponga lo contrario, y agota la vía administrativa.
- No es obligatoria su interposición para iniciar la vía judicial, si bien su plazo de presentación suele ser de un mes.
Causas del Recurso Extraordinario de Revisión
Las causas que pueden dar lugar a la interposición de un recurso extraordinario de revisión son:
- Que al dictarse el acto, se haya incurrido en un error de hecho, evidente y trascendente, que conste en los documentos incorporados al expediente.
- Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución recurrida que, aunque existentes, no pudieron aportarse en su momento.
- Que en la resolución hayan influido documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a dicha resolución.
- Que la resolución se hubiera dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia u otra conducta punible, y así se haya declarado en virtud de sentencia judicial firme.
Distinción entre Vía Administrativa y Vía Judicial
La vía administrativa se tramita ante la Administración Pública, mientras que la vía judicial se sustancia ante la jurisdicción contencioso-administrativa correspondiente.
La relación entre ambas es que, para acceder a la vía judicial, es requisito indispensable haber agotado previamente la vía administrativa.
Órganos y Resoluciones en la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
Son los órganos judiciales competentes para conocer de los recursos contra actos y disposiciones de la Administración Pública.
- Inadmisibilidad
- Se produce cuando el órgano judicial no admite a trámite el recurso, impidiendo el enjuiciamiento del fondo del asunto por concurrir algún defecto procesal insubsanable.
- Estimación
- El órgano judicial otorga la razón al demandante, anulando o modificando el acto administrativo impugnado.
- Desestimación
- El órgano judicial confirma la legalidad del acto administrativo impugnado, dando la razón a la Administración demandada.
Marco Normativo del Procedimiento Administrativo
La normativa principal que rige el procedimiento administrativo es la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), actualmente derogada y sustituida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Empleo Público y Función Pública
Concepto de Empleado Público
Son empleados públicos aquellos que, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a la Administración Pública para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.
Causas para el Nombramiento de Funcionarios Interinos
Las principales causas que justifican el nombramiento de funcionarios interinos son:
- La existencia de vacantes cuando no es posible su cobertura por funcionarios de carrera.
- La sustitución transitoria de los titulares.
- La ejecución de programas de carácter temporal.
- Exceso o acumulación de tareas por un plazo máximo de seis meses dentro de un periodo de doce meses.
Sistemas de Selección de Personal Público
- Oposición
- Se valoran los conocimientos y aptitudes de los aspirantes a través de la superación de una o varias pruebas, clasificándose según la puntuación obtenida. Es el sistema más utilizado.
- Concurso
- Se valoran únicamente los méritos de los candidatos (formación, experiencia, etc.) en relación con un perfil preestablecido. Su uso es excepcional y debe estar justificado.
- Concurso-Oposición
- Combina las dos fases anteriores. Se valora tanto el resultado obtenido en las pruebas de la fase de oposición como los méritos del candidato para el perfil establecido.
Marco Normativo del Empleado Público
- Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
- Estatuto de los Trabajadores (para el personal laboral).
Principios Rectores del Acceso al Empleo Público
- Igualdad.
- Mérito.
- Capacidad.
La Oferta de Empleo Público (OEP)
El Gobierno, anualmente, realiza una previsión de las necesidades de personal de las Administraciones Públicas, que se materializa en la Oferta de Empleo Público (OEP).
Esta oferta suele aprobarse en el último trimestre del año, y las convocatorias específicas para cubrir las plazas pueden publicarse, por ejemplo, entre enero y febrero del año siguiente.