Conceptos Clave de Centralización y Desconcentración Administrativa: Poderes y Diferencias

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Poderes Distintivos de la Centralización Administrativa

Poder de Nombramiento

Facultad atribuida al titular del órgano superior para designar discrecionalmente a sus colaboradores.

Poder de Mando

Facultad del superior jerárquico de dirigir e impulsar la actividad de los subordinados por medio de órdenes o instrucciones verbales o escritas.

Poder de Decisión

El superior puede optar entre varias alternativas de resolución y adoptar la que a su juicio sea más conveniente, la cual habrá de ser acatada por el inferior.

Poder de Vigilancia

El superior tiene la posibilidad de conocer a detalle los actos realizados por los inferiores, lo cual le permite detectar cuándo estos últimos incumplen sus obligaciones, así como determinar las responsabilidades administrativas, civiles o penales en que incurran por su incumplimiento.

Centralización Política y Centralización Administrativa

  • La centralización administrativa es una derivación conceptual de la centralización política.
  • La centralización política no admite la existencia de organizaciones locales autónomas.
  • La centralización administrativa es una fórmula organizativa donde todo el conjunto de órganos administrativos está enlazado bajo la dirección de un órgano central único, jerarca de la Administración.

Desconcentración Administrativa

Es la fórmula organizativa que consiste en trasladar competencias (titularidad y ejercicio) con carácter permanente, mediante un instrumento normativo, de un órgano superior a uno inferior. Este puede ser del mismo nivel territorial o de la misma jurisdicción, o de un nivel territorial o jurisdicción inferior.

  • Ambos órganos deben pertenecer a la misma persona jurídica.
  • El objetivo es optimizar el funcionamiento de la Administración.
  • La transferencia está fundamentada en un instrumento normativo que puede ser de rango legal o sublegal.
  • Tiene carácter permanente.
  • Se transfiere tanto la titularidad como el ejercicio de la competencia.
  • Solo procede la desconcentración cuando la competencia se transfiere entre órganos de la misma persona jurídica o del mismo órgano complejo.

Características y Efectos de la Desconcentración Administrativa

Características

  1. Debe reasignarse una competencia en forma exclusiva y permanente. Para que la reasuma el órgano delegante se requiere una nueva disposición legal.
  2. Debe hacerse la reasignación de la competencia a un órgano subordinado encuadrado en la correspondiente estructura organizativa.
  3. Debe corresponderle al órgano desconcentrado una específica jurisdicción territorial en la cual ejerza la competencia que le ha sido reasignada, la cual tiene que ser decisoria y exclusiva, pudiendo ser excluyente.
  4. Debe fundamentarse en un instrumento normativo, cuyo rango variará según las situaciones y los ordenamientos jurídicos.

Efectos

  1. Produce una reasignación de competencias en el órgano inferior; por lo tanto, este, a partir de ese momento, ostenta tanto la titularidad como el ejercicio de la competencia transferida, con carácter exclusivo.
  2. Los actos del órgano desconcentrado tienen carácter definitivo, pero pueden ser impugnados por vía de recurso jerárquico.

Diferencias entre Desconcentración y Delegación

Desconcentración

  • Transferencia de competencia de manera permanente.
  • Originada por disposición normativa, o sea, de efectos generales, ya sea de rango constitucional, legal o sublegal.
  • Puede ser revocada por otra disposición normativa.

Delegación

  • La transferencia es temporal.
  • Puede ser revocada en cualquier momento por el delegante.
  • Opera sobre un acto de efectos particulares emanado por un jerarca.

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