Concepto y dimensiones de los derechos humanos

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A Menudo identificamos sin más la justicia con los derechos humanos. La ideología de los derechos humanos cumple hoy una función análoga A la del cristianismo en la Europa medieval: marca los limites dentro De los cuales puede moverse la reflexión ética y política. La Critica de Bentham parte de su concepción positivista del Derecho, Según la cual, los derechos solo pueden proceder de las leyes Positivas; hablar por ello de “derechos naturales” del hombre” Constituía para él “un disparate de zancos” Pero Bentham y en General los autores utilitaristas defendieron las libertades publicas O la igualdad ante la ley en aplicación del principio de utilidad.- El rechazo de Marx a los derechos humanos deriva en esencia de la Idea de que los derechos humanos aparecían vinculados necesariamente A una etapa histórica (la de la sociedad capitalista) que era Necesaria superar. - La oposición de la iglesia católica tiene un sentido justamente inverso.- La negativa a aceptar la libertad Religiosa, la libertad de prensa o la igualdad ante la ley (pero no La propiedad privada de tipo capitalista), hasta fecha reciente se Explica por la vinculación de los derechos humanos con los valores De la modernidad y del liberalismo que venían a ser la antítesis Del catolicismo tradicional.- El consenso actual no significa que en Nuestra época hayan desaparecido ya las discrepancias en materia de ética. Significa más bien que las diferencias se han trasladado a Un plano distinto, y ahora conciernen a las distintas maneras de Entender y de fundamentar los derechos humanos.El concepto de Derechos humanos

DERECHOS MORALES Y DERECHOS JURÍDICOS

- “derechos humanos” tiene una fuerte carga emotiva de signo Positivo

- “derechos humanos” es ambigua en varios sentidos.

- En consecuencia, los derechos humanos son en ocasiones auténticos Derechos jurídicos, otras veces exigencias (derechos) morales, y Otras suponen un tipo de pretensión que se sitúa a mitad de camino Entre el Derecho y la moral.

- Es frecuente utilizar la expresión “derechos fundamentales” o “derechos institucionales” para referirse a los derechos humanos Incorporados a un determinado Derecho positivo, y emplear “derechos Humanos” cuando se hace abstracción de esta circunstancia.

DERECHO SUBJETIVO EN SENTIDO ESTRICTO, LIBERTAD, PODER E INMUNIDAD

- Entendidos como derechos jurídicos, cabria decir que los derechos Humanos pertenecen a la categoría de los derechos subjetivos. - Pero Este último concepto no es nada simple, y en el mismo parece que Pueden distinguirse varias dimensiones.- “tener un derecho” Significa, ocupar una posición favorable en el marco de una relación Jurídica. Sin embargo no existe un único tipo de relación Jurídica, sino que habría que hablar de cuatro tipos básicos.

- La idea genérica de “derecho subjetivo” se puede descomponer así En cuatro nociones distintas, para las cuales cabe usar también Términos diferentes: “derecho subjetivo en sentido estricto”, “libertad”, “poder”, e “inmunidad”.- Las dos primeras son Posiciones que se tienen como consecuencia de la existencia de normas Regulativas o deónticas y suponen que en el otro polo de la relación Alguien tiene un deber o no tiene un derecho.- Las otras dos derivan De normas constitutivas, de reglas que confieren poder, y se Caracterizan porque en el otro polo de la relación alguien esta en Una posición de sujeción o de no poder.

DIMENSIÓN VALORATIVA DE LOS DERECHOS HUMANOS

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Los derechos humanos no pueden entenderse en términos estrictamente Normativos.- La dimensión valorativa de los derechos humanos ha sido Explicada por Laporta.

- Él sostiene que debe distinguirse entre el valor (o los valores) que Constituyen el núcleo de un derecho humano y las técnicas de Protección habilitadas para su salvaguarda.


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