Compromisos de Pensiones Empresariales: Regulación y Seguros Colectivos

Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 4,3 KB

Plan de Pensiones Social Empresarial (PPSE)

Definición y Alcance de los Compromisos

El Plan de Pensiones Social Empresarial (PPSE) es aquel que contempla compromisos de pensiones asumidos por las empresas, incluyendo las prestaciones causadas a favor de los trabajadores.

Se entiende por compromisos los derivados de obligaciones legales o contractuales del empresario con el personal de la empresa, vinculadas a las contingencias de jubilación, incapacidad permanente total para la profesión habitual, incapacidad permanente absoluta para todo trabajo, gran invalidez y muerte.

Instrumentación de los Compromisos por Pensiones

Los compromisos por pensiones derivados de pactos o convenios, y también los privados, deberán instrumentarse desde el momento en que se inicie el devengo de su coste, mediante contrato de seguro (incluidos los PPSE a través de la formación de un plan de pensiones) o varios de estos instrumentos. Una vez instrumentados, la obligación y responsabilidad de las empresas se circunscribirán exclusivamente a las asumidas en dichos contratos de seguros y planes de pensiones.

Requisitos de los Planes de Pensiones Sociales Empresariales

Los PPSE deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Principio de no discriminación, capitalización, irrevocabilidad de las aportaciones y atribución de derechos.
  • La prima debe satisfacerla el tomador, las cuales serán objeto de imputación a los asegurados.
  • En el condicionado de la póliza se hará constar de forma expresa que se trata de un PPSE.
  • Las contingencias cubiertas son: jubilación, incapacidad permanente total para la profesión habitual, absoluta para todo el trabajo, gran invalidez, fallecimiento del partícipe o beneficiarios, y dependencia. Siendo la cobertura principal la de jubilación.
  • Este tipo de seguro tendrá obligatoriamente que ofrecer una garantía de interés y utilizar técnicas actuariales.

El Contrato de Seguros Colectivos de Vida

El contrato de seguros deberá formalizarse a través de una póliza de seguros colectivos sobre la vida, debiendo aparecer expresamente y de forma destacada que el contrato instrumenta compromisos por pensiones. Se caracterizan por agrupar en una misma póliza a un grupo de asegurados que comparten alguna característica en común, independientemente del propio seguro contratado.

Grupos Asegurables en Seguros Colectivos

Los grupos asegurables son:

  • Los formados por personas dependientes de una empresa o de un conjunto de ellas.
  • Los constituidos por personas que pertenezcan a cualquier colectivo de personas vinculadas por un interés común.
  • Los integrados por personas que guarden una relación de obligación derivada de un contrato de seguro, como los deudores.

Elementos Personales Clave del Seguro Colectivo de Vida

Otros elementos personales del seguro colectivo de vida son:

  • El tomador del seguro será solo la empresa que tenga asumidos los compromisos por pensiones con su personal y que esté obligada al pago de las primas.
  • Cuando existan compromisos por pensiones que contemplen la aportación de los trabajadores para financiar las primas, como tomador del seguro figurará la empresa por cuenta de los trabajadores en la parte correspondiente a las contribuciones de estos.
  • Las aportaciones serán a aquellas personas en cuyo favor se establecen las prestaciones. Son quienes tienen derecho a percibir las prestaciones previstas (los asegurados/beneficiarios).

Entradas relacionadas: