Comprensión Integral del Salario: Componentes, Protección y Beneficios
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Salario Integral: Componentes, Requisitos y Protección
El salario integral comprende diversos elementos que, en conjunto, constituyen la remuneración total que recibe un trabajador. A continuación, se detallan los componentes, requisitos y la protección legal que ampara este salario.
Componentes del Salario Integral
- Comisiones
- Primas
- Gratificaciones
- Participación en los Beneficios o Utilidades
- Bono Vacacional
- Sobresueldos
- Recargos por días feriados, horas extra y trabajo nocturno
- Alimentación y vivienda (eventualmente)
- Subsidios o facilidades: Los subsidios o facilidades que el patrono otorgue al trabajador para mejorar su calidad de vida y la de su familia tienen carácter salarial.
Requisitos del Salario
- Debe evaluarse en dinero (moneda de curso legal).
- Debe ser una remuneración, provecho o ventaja.
- Tiene que corresponder al trabajador como contraprestación de los servicios prestados.
- Esto comprende: Comisiones, primas, gratificaciones, utilidades, sobresueldos, bono vacacional, recargos por horas extra, días feriados, de descanso y horas nocturnas.
Nota:
- Art. 110 LOTTT: Cualquier pago que se le dé al trabajador por productividad se considerará como salario.
- No hay obligación legal de regalar lo que la empresa produce (alimentos u otros), y si se regalan estos productos, no serán considerados como salario, aunque eventualmente la amplitud del concepto de salario pudiera alcanzar a que sí.
Protección del Salario Frente al Patrono
- Nadie puede ganar menos que el salario mínimo (art. 129).
- Frecuencia del pago: Tiene que ser semanal o mensual, no se puede pasar más de un mes sin pagar (art. 126).
- Tiene que pagar un día laborable, de lo contrario se paga inmediatamente un día anterior (art. 127).
- El pago debe hacerse en dinero efectivo (art. 123).
- El salario es intransferible (art. 124).
- Principio de igual salario por igual trabajo (art. 109).
- Limitación de reducciones (art. 154): Cuando la relación de trabajo se termina, no se puede afectar más allá del 50% de lo que le corresponde al trabajador.
Principios y Límites Rectores que Caracterizan el Salario
- Conmutatividad y Enriquecimiento: No comporta conmutatividad:
Excepciones a la Conmutatividad
- Reintegro de gastos de representación, reembolsos o viáticos (cuando los viáticos se pagan de forma permanente, pasan a ser salario).
- Gratificaciones voluntarias o graciosas: Ganar un premio por mejor disfraz, por ejemplo.
- Herramientas de trabajo: Dotación de equipos de seguridad, suministros de puestos de estacionamiento, uniformes, vehículos (cuando se use para ejercer o facilitar las funciones del trabajo), pago de celular para uso de trabajo y, en algunos casos, la vivienda.
- Racionalidad o Justificación: Salario cónsono con el servicio prestado.
- Observancia de Límites Legales: Son necesarios con la finalidad de no modificar la naturaleza salarial del beneficio.
- Proporcionalidad: Justa relación que debe existir entre el beneficio permitido por la ley que no tiene carácter salarial y el objeto o la necesidad a satisfacer.
- Irrenunciabilidad, Indisponibilidad e Inembargable.
- Libre Estipulación, Fijación y Suficiencia del Salario.
- Norma Más Favorable.
- Regularidad y Seguridad.
Características de los Beneficios Sociales No Remunerativos (Art. 50 RLOTT)
- Revisten carácter excepcional.
- Deben guardar proporcionalidad o adecuación con las necesidades que pretenden satisfacer.
- Deben aprovechar al trabajador, su cónyuge, concubino o a sus familiares.
- No revisten un carácter salarial, salvo se hubiere pactado lo contrario.
Beneficios que No Tienen Carácter Remunerativo
- Centros de educación inicial.
- Beneficios de alimentación.
- Gastos médicos, farmacéuticos, odontológicos.
- Provisiones de ropa de trabajo.
- Útiles escolares y juguetes.
- Becas, cursos de capacitación.
- Incentivos de ahorros.
- Pagos de gastos funerarios.