Comprensión Integral del Salario: Componentes, Protección y Beneficios

Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 4,42 KB

Salario Integral: Componentes, Requisitos y Protección

El salario integral comprende diversos elementos que, en conjunto, constituyen la remuneración total que recibe un trabajador. A continuación, se detallan los componentes, requisitos y la protección legal que ampara este salario.

Componentes del Salario Integral

  1. Comisiones
  2. Primas
  3. Gratificaciones
  4. Participación en los Beneficios o Utilidades
  5. Bono Vacacional
  6. Sobresueldos
  7. Recargos por días feriados, horas extra y trabajo nocturno
  8. Alimentación y vivienda (eventualmente)
  9. Subsidios o facilidades: Los subsidios o facilidades que el patrono otorgue al trabajador para mejorar su calidad de vida y la de su familia tienen carácter salarial.

Requisitos del Salario

  1. Debe evaluarse en dinero (moneda de curso legal).
  2. Debe ser una remuneración, provecho o ventaja.
  3. Tiene que corresponder al trabajador como contraprestación de los servicios prestados.
  4. Esto comprende: Comisiones, primas, gratificaciones, utilidades, sobresueldos, bono vacacional, recargos por horas extra, días feriados, de descanso y horas nocturnas.

Nota:

  1. Art. 110 LOTTT: Cualquier pago que se le dé al trabajador por productividad se considerará como salario.
  2. No hay obligación legal de regalar lo que la empresa produce (alimentos u otros), y si se regalan estos productos, no serán considerados como salario, aunque eventualmente la amplitud del concepto de salario pudiera alcanzar a que sí.

Protección del Salario Frente al Patrono

  1. Nadie puede ganar menos que el salario mínimo (art. 129).
  2. Frecuencia del pago: Tiene que ser semanal o mensual, no se puede pasar más de un mes sin pagar (art. 126).
  3. Tiene que pagar un día laborable, de lo contrario se paga inmediatamente un día anterior (art. 127).
  4. El pago debe hacerse en dinero efectivo (art. 123).
  5. El salario es intransferible (art. 124).
  6. Principio de igual salario por igual trabajo (art. 109).
  7. Limitación de reducciones (art. 154): Cuando la relación de trabajo se termina, no se puede afectar más allá del 50% de lo que le corresponde al trabajador.

Principios y Límites Rectores que Caracterizan el Salario

  1. Conmutatividad y Enriquecimiento: No comporta conmutatividad:

Excepciones a la Conmutatividad

  • Reintegro de gastos de representación, reembolsos o viáticos (cuando los viáticos se pagan de forma permanente, pasan a ser salario).
  • Gratificaciones voluntarias o graciosas: Ganar un premio por mejor disfraz, por ejemplo.
  • Herramientas de trabajo: Dotación de equipos de seguridad, suministros de puestos de estacionamiento, uniformes, vehículos (cuando se use para ejercer o facilitar las funciones del trabajo), pago de celular para uso de trabajo y, en algunos casos, la vivienda.
  1. Racionalidad o Justificación: Salario cónsono con el servicio prestado.
  2. Observancia de Límites Legales: Son necesarios con la finalidad de no modificar la naturaleza salarial del beneficio.
  3. Proporcionalidad: Justa relación que debe existir entre el beneficio permitido por la ley que no tiene carácter salarial y el objeto o la necesidad a satisfacer.
  4. Irrenunciabilidad, Indisponibilidad e Inembargable.
  5. Libre Estipulación, Fijación y Suficiencia del Salario.
  6. Norma Más Favorable.
  7. Regularidad y Seguridad.

Características de los Beneficios Sociales No Remunerativos (Art. 50 RLOTT)

  • Revisten carácter excepcional.
  • Deben guardar proporcionalidad o adecuación con las necesidades que pretenden satisfacer.
  • Deben aprovechar al trabajador, su cónyuge, concubino o a sus familiares.
  • No revisten un carácter salarial, salvo se hubiere pactado lo contrario.

Beneficios que No Tienen Carácter Remunerativo

  • Centros de educación inicial.
  • Beneficios de alimentación.
  • Gastos médicos, farmacéuticos, odontológicos.
  • Provisiones de ropa de trabajo.
  • Útiles escolares y juguetes.
  • Becas, cursos de capacitación.
  • Incentivos de ahorros.
  • Pagos de gastos funerarios.

Entradas relacionadas: