Composición y Funciones de las Cortes Generales y el Defensor del Pueblo en España

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Órganos de las Cortes Generales

Presidente

El Presidente preside y relaciona la Cámara con otras instituciones. Dirige y ordena los debates, y es la máxima autoridad dentro de cada Cámara. El Presidente del Congreso preside las sesiones conjuntas, por ejemplo, al inicio de la legislatura. El Presidente es relevante por su papel en la elección del Presidente del Gobierno y en el refrendo de los actos del Rey. Requiere para ser elegido mayoría absoluta en primera votación o mayoría simple en segunda votación.

Mesa

La Mesa programa, dirige y ordena el trabajo parlamentario. Es un órgano colegiado de dirección interna. Se compone del Presidente, cuatro Vicepresidentes y cuatro Secretarios.

Junta de Portavoces

La Junta de Portavoces ordena el trabajo, prepara el orden del día e interpreta el reglamento. Se compone de los representantes de los grupos parlamentarios. Tienen voto ponderado; el voto de su portavoz vale el número de miembros que su grupo tiene en la Cámara. La preside el Presidente de la Cámara, y la integran un Vicepresidente y un Secretario.

Diputación Permanente

La Diputación Permanente es el órgano suplente cuando la Cámara no se encuentra en periodo de sesiones, por ejemplo, durante las vacaciones. Su función es la de velar por los poderes de las Cámaras y dar continuidad a la institución parlamentaria. Se compone de al menos 21 miembros que representan a los grupos parlamentarios.

Grupos Parlamentarios

Los Grupos Parlamentarios son agrupaciones de parlamentarios de afinidad política o ideológica, y constituyen una proyección de los partidos políticos en el Parlamento. Se exige un número mínimo de diputados para constituir grupo:

  • En el Senado: 10 Senadores.
  • En el Congreso: 15 o al menos 5 (con el 15% de los votos en las circunscripciones de la candidatura o el 5% de los votos emitidos por el conjunto de la nación).

Forman la Junta de Portavoces, la Diputación Permanente, las Comisiones, elaboran proposiciones de ley y tienen iniciativa legislativa.

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo es la figura que defiende los derechos de los ciudadanos. Le ayudan los defensores adjuntos. Lo eligen las Cortes Generales con el voto favorable de las tres cuartas partes del Congreso y del Senado. Puede ser elegido candidato cualquier ciudadano mayor de edad. Su mandato es de 5 años y no está sujeto a mandato imperativo. Presenta un informe anual a las Cortes que se recoge en una memoria. El procedimiento de actuación es informal y gratuito. Tramita las quejas de los ciudadanos, pero carece de competencia para anular y modificar por sí mismo los actos de las administraciones públicas. Sus informes no son vinculantes.

Prerrogativas del Defensor del Pueblo

  • Inviolabilidad: capacidad de expresión como garantía de su actuación.
  • Inmunidad: salvo en situación extrema, para ser juzgado necesita una autorización de la Cámara a la que pertenece. En caso de delito, su condena correspondería a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Incompatibilidades del Defensor del Pueblo

El cargo de Defensor del Pueblo es incompatible con la participación activa en un partido político y con cualquier otra profesión. Tiene capacidad para analizar cualquier ámbito de la administración pública. Puede reclamar leyes a las Cortes, así como proponer que se modifiquen las normas.

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